Reforma pensional: Abecé de cómo funcionará el fondo de ahorro administrado por el Banco de la República

hace 1 día 61

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios un nuevo proyecto de decreto que busca establecer cómo funcionará el fondo de ahorro del pilar contributivo que se creó en la reforma pensional y que entrará en vigor en julio de este año. 

Leonardo Villar gerente del Banco de la República, plantea la posibilidad de acelerar el recortye de la tasa de interés del mercado.

Leonardo Villar, gerente del Banco de la República. Foto:Banco de la República

La idea es que las cotizaciones de todos los trabajadores hasta 2,3 salarios mínimos vayan a un fondo de ahorro que administrará el Banco de la República. Esta será una bolsa de dinero que se irá llenando con las diferentes cotizaciones y de la que irán sacando para pagar a la gente que se vaya pensionando con el nuevo esquema que estableció la reforma.

Hay que recordar que con los nuevos cambios que empezarán a regir a mediados de año si una persona gana 2,3 salarios mínimos o menos tendrá toda su cotización en Colpensiones; sin embargo, si su salario es mayor el excedente será gestionado por los fondos privados que ahora se llamarán administradoras del componente complementario de ahorro individual (Accai). Estos son algunos como Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia.

Esto quiere decir que si una persona gana 5 salarios mínimos (alrededor de 7,1 millones de pesos al 2025), los 2,3 primeros los tendrá en Colpensiones y los restantes 2,7 los meterá al fondo que seleccione.

Además, para las personas que hayan cotizado al sistema pero que no les den las cuentas, la reforma plantea que los hombres de 65 años y las mujeres de 60 años que tienen entre 300 y 1.000 semanas cotizadas en Colpensiones o en los fondos privados pero que no lograron jubilarse estarían en el pilar semicontributivo. Para este grupo de personas, el beneficio consistiría en una renta vitalicia.

Llanos

La reforma pensional entrará en vigor en julio.  Foto:Óscar Fabián Bernal Trujillo

“El fondo servirá como mecanismo de ahorro para contribuir con la financiación del pago de las obligaciones prestacionales derivadas del nuevo esquema de pilares a cargo del Componente de Prima Media del Pilar Contributivo de Colpensiones y del Pilar Semicontributivo para aquellos afiliados al sistema que no hayan cumplido los requisitos para acceder a la pensión integral de vejez, dice el proyecto de decreto.

Los recursos del fondo serán invertidos para obtener rentabilidades. Por ello, el Banco de la República contratará a terceros para la administración e inversión de los recursos que conformarán las subcuentas y portafolios. Adicional a ello, podrá invertir directamente en forma temporal cuando se presenten situaciones excepcionales.

¿Cómo funcionará el fondo?

Según el proyecto de decreto, los recursos del fondo, descontando los costos de administración, solo se podrán destinar al pago de mesadas pensionales y/o a las prestaciones económicas a que haya lugar. Además, se asegura que los recursos serán inembargables y no podrán formar parte de las reservas internacionales.

Respecto al contrato de administración del Banco de la República, el proyecto indica que este tendrá que ser previa celebración de un contrato con el Ministerio de Hacienda en el que se establecerán los costos por los servicios prestados, los cuales serán pagados con cargo a los rendimientos de los recursos administrados.

En concreto, se indica que se considerarán costos de administración: la contratación de terceros para la gestión del portafolio, las labores pertinentes para su administración, la gestión de la inversión, la administración de los riesgos asociados al fondo y los honorarios devengados por los miembros expertos del Comité Directivo.

También se dice que el Banco de la República administrará los recursos del fondo a través de patrimonios autónomos o encargos fiduciarios que constituirá en las entidades establecidas en el artículo 24 de la Ley 2381 de 2024, de acuerdo con las políticas definidas por el Comité Directivo.

Igualmente, que para la contratación de terceros se considerará, como mínimo y sin limitarse, los siguientes aspectos: la idoneidad de los administradores, las comisiones que las entidades presenten al momento de manifestar su intención de administrar los recursos del fondo incorporando el cumplimiento de medidas de desempeño y la concentración de los activos administrados por entidad o entidades pertenecientes al mismo conglomerado financiero.

Los giros de Ingreso Solidario irán hasta junio del 2021.

El Banco de la República podrá invertir los recursos del fondo. Foto:iStock

Por último, en el documento se recalca que la administración y el manejo de los recursos deberán responder a los principios de prudencia y diligencia.

“Las decisiones de inversión y de administración deberán ser evaluadas por el desempeño conjunto de las inversiones que componen el portafolio, como parte de una estrategia global de inversión, de acuerdo con los riesgos y la rentabilidad determinados por el régimen de inversión y la política de administración y de inversiones del fondo, y no por el desempeño de una inversión individual”, se puede leer.

¿Cómo funcionará el comité directivo del fondo?

El proyecto de decreto indica que el Comité Directivo del fondo de ahorro estará conformado por el ministro de Hacienda o su delegado, el ministro de Trabajo o su delegado, el director del Departamento Nacional de Planeación y cuatro personas expertas seleccionadas por el Banco de la República. Además, se indica que el presidente de Colpensiones será invitado con voz, pero no tendrá voto.

Sanción de la reforma pensional en la plaza de Bolívar

Sanción de la reforma pensional en la plaza de Bolívar de Bogotá.  Foto:Presidencia

El Consejo podrá sesionar, deliberar y decidir con la asistencia de por lo menos cinco de sus miembros, uno de los cuales deberá ser el presidente. Adicional a ello, las decisiones podrán tomarse con el voto favorable de mínimo cuatro personas.

Entre sus funciones, estará la de emitir concepto vinculante para el adecuado cubrimiento de las obligaciones pensionales, aprobar una política de inversión de los recursos y aprobar las clases de instrumentos financieros y de operaciones elegibles para el fondo.

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