Presidente Petro no puede ordenar allanamientos, dice Fiscalía: 'Es importante tener en claro las competencias'

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Mientras que las entradas de los dispensarios están abarrotadas de personas haciendo fila para pedir medicamentos esenciales que desde hace meses han sido negados por supuesta falta de inventario, el presidente Gustavo Petro aseguró que las farmacéuticas están "acaparando la insulina". Por esta razón, le pidió al superintendente de salud que "donde se detecten bodegas llenas de medicamentos que no entregan a la población (...) se allanen. El Ejército y la Policía tienen que estar disponibles".

El jefe de Estado agregó que probablemente por esta orden se señale a su Gobierno que "es una dictadura". Sin embargo, dijo que "es la ley de la República. Lo que pasa es que no se ha usado". 

El Audifarma de CAF Nova es uno de los 17 puntos exclusivos de Compensar en Bogotá.

Pacientes a la espera de medicamentos en Audifarma. Foto:Paula Valentina Rodríguez - EL TIEMPO

Estas afirmaciones generaron controversia por lo que efectivamente es señalado por algunos juristas -como Iván Cancino o Francisco Bernate- como una extralimitación del mandatario.

La fiscal general, Luz Adriana Camargo, deslegitimó estas facultades del Presidente y, durante un evento de rendición de cuentas de la entidad, afirmó que desde hace años tienen abierta una línea de investigación sobre el sector salud.

Según el Código de Procedimiento Penal, el allanamiento solo puede ser tramitado por la Fiscalía y ordenado por un juez de la República para dos fines: obtener pruebas o capturar a un indiciado.

"El Presidente no puede en ninguna ocasión hablar de allanar. Ni con Ejército ni con Policía puede irrumpir en ninguna propiedad pública o privada. Los allanamientos únicamente los puede ordenar un juez de la República a petición de un fiscal por una investigación que tenga motivos serios e infundados. Sería gravísimo y daría para una investigación penal o disciplinaria", aseguró el penalista Cancino. 

De acuerdo con los artículos 220 y 222, se puede dictar un allanamiento "si hay motivos razonables para pensar que el propietario o tenedor del lugar es el autor de un delito" o si se presume que en el sitio hay objetos relacionados con una acción penal.

La orden, firmada por un juez, debe especificar con precisión los lugares que serán registrados. Si no es posible describirlos con exactitud, la autoridad judicial debe justificar detalladamente los motivos para proceder. En la práctica, el Presidente no puede pedirles a la policía o al Ejército irrumpir en las farmacias de las EPS para revisar sus bodegas y verificar si están "acaparando" medicinas.

Sin embargo, el Ejecutivo sí puede delegar a la Superintendencia de Salud realizar inspecciones en los dispensarios. Estas no tienen un carácter judicial y, contrario al allanamiento, no pueden tomar objetos del lugar. Se limitan exclusivamente a hacer el registro de posibles irregularidades. 

"A través del Ministerio de Salud y la Superintendencia, Petro puede disponer una inspección para verificar que se cumplan las medidas de sanidad, el abastecimiento de medicamentos o la correcta prestación del servicio, así como realizar un control de precios", precisó Cancino.

supersalud

La Superintendencia de salud ordenó una inspección a Audifarma de Bucaramanga en agosto de 2024. Foto:Archivo particular/iStock.

En agosto pasado, esta entidad, dirigida en ese entonces por el exsuperintendente Luis Carlos Leal, realizó personalmente una de estas visitas a una sede de Audifarma en Bucaramanga y aseguró que "no es que haya desabastecimiento de algunos medicamentos e insumos, es que no se quieren entregar". 

Las responsabilidades

Sin embargo, en enero pasado la Procuraduría responsabilizó al ministro de Salud, Guillermo Alfonso Jaramillo, sobre esta crisis que lleva meses cocinándose. En octubre de 2024, fueron los pacientes con enfermedades huérfanas los que protestaron, al frente de la sede de la entidad, por la falta de medicamentos esenciales para sus condiciones. También lo hicieron los pacientes con VIH e incluso cáncer, quienes se han quedado sin recibir tratamientos vitales.

El Ministerio Público formuló pliego de cargos en contra de Jaramillo, a título de culpa grave, por la omisión o retardo injustificado de sus funciones que derivaron en la crisis de medicamentos. 

En primer lugar, recae sobre el Ministerio de Salud y el Invima la responsabilidad de garantizar la disponibilidad de medicamentos en el mercado y, ante una contingencia por desabastecimiento, adoptar las medidas necesarias para regular el flujo, de cara a la atención que deben brindar las EPS a sus pacientes.

Esta fue la regla que rompió, según la Procuraduría, generando un riesgo de "incremento de la morbimortalidad de la población perjudicada por la escasez, afectando sus derechos fundamentales a la salud y a la vida".

La grave situación fue advertida por el gremio Acemi desde mediados de 2022. Sin embargo, durante los meses siguientes no se contemplaron planes de mejora y la crisis empeoró. Según los registros del gremio citados por la Procuraduría, "los problemas de abastecimiento permanecieron desde entonces y solo se controló en un 15 % de los casos".

 Defensa de Uribe contrainterroga a exministro Velásquez

Defensa de Uribe contrainterroga a exministro Velásquez Foto:

"El doctor Jaramillo Martínez, en su calidad de ministro de salud y protección social, solo planeo y ejecutó acciones concretas orientadas a prevenir y superar el desabastecimiento de medicamentos, mediando una orden de un tercero, cuando debió hacerlo por el simple cumplimiento de sus funciones", se lee en la decisión de la Procuraduría. 

Sara Valentina Quevedo 

Redacción Justicia

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