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Noticia
El Servicio de Impuestos Internos ofrece un reembolso que pueden reclamar los contribuyentes. Foto: Istock

10.04.2025 10:00 Actualizado: 10.04.2025 10:51
En medio de la recta final para presentar la declaración de impuestos, con fecha hasta el próximo martes 15 de abril, el Servicio de Impuestos Internos (IRS, según sus siglas en inglés) le recordó a todos los contribuyentes de Estados Unidos que pueden reclamar un reembolso de US$1.600 si cumplen con los requisitos.
Se trata del Crédito Tributario Adicional por Hijos, o ACTC por sus iniciales en inglés. Este beneficio es reembolsable, incluso si la persona no debe ningún impuesto, según informó la agencia en su sitio web. En algunos casos se pueden reclamar hasta US$1.700 por cada hijo en relación de dependencia calificable.
Los pagos comenzaron a emitirse el 15 de febrero, pudiendo acceder a uno si el contribuyente presentó su declaración electrónicamente, eligió depósito directo como método de pago y no tuvo ningún problema en la presentación de impuestos.
En esa sintonía, las personas que lo soliciten deben tener un menor de edad a su cargo que:
- Sea menor a los 17 años al 31 de diciembre de 2024.
- Sea su hijo biológico, adoptivo, hijastro, hermano o dependiente calificado.
- No aporte más de la mitad de su apoyo financiero durante el año tributario.
- Viva con el contribuyente por más de la mitad del año.
- Sea reclamado como dependiente en la declaración.
- Sea ciudadano estadounidense, nacional o extranjero residente.
- Tenga un número de Seguro Social válido.
Además, los solicitantes no deberán superar los límites establecidos por la agencia federal para reclamar la devolución completa.
Los contribuyentes con menores dependientes a su cargo pueden solicitar el reembolso. Foto:iStock
¿Cómo reclamar el Crédito Tributario Adicional por Hijos en Estados Unidos? Debe presentar esto
Para reclamar el reembolso, el IRS explicó que se deben entregar:
- La Hoja de Trabajo del Crédito Tributario por Hijos completa.
- El Anexo 8812, Créditos por hijos calificados y otros dependientes.
La fecha del pago dependerá de cada caso, aunque la mayoría se emiten en menos de 21 días calendario después de presentar la declaración. Suele variar, pero nunca superan las tres semanas. Pasado ese tiempo, es probable que la declaración esté inexacta o tenga algún error.
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