La Gobernación del Atlántico declaró la alerta amarilla hospitalaria con el objetivo de garantizar la adecuada prestación de los servicios de salud y adoptar medidas necesarias ante posibles eventualidades.
Lo anterior, con motivo de la alta afluencia de personas a destinos turísticos y religiosos durante la Semana Santa, y en cumplimiento de los principios de precaución y protección.
La declaratoria se oficializó mediante la Resolución 02828 de abril de 2025, firmada por el secretario de Salud del departamento, Luis Carlos Fajardo Jordán, y aplica a todas las entidades públicas y privadas que prestan servicios hospitalarios.
Dichas entidades son: clínicas, centros y puestos de salud, así como a los prestadores del servicio de ambulancias.
Crued habilitó canales de atención. Foto:Prensa Gobernación del Atlántico
La Secretaría de Salud del Atlántico reiteró a todos los actores del Sistema General de Seguridad Social en Salud la obligación de garantizar la continuidad y disponibilidad de todos los servicios ofrecidos.
La medida está vigente en el período comprendido entre las 6:00 a. m. del jueves 17 de abril y las 6:00 p. m. del domingo 20 de abril, día de Resurrección, tiempo en el cual se define la Alerta Amarilla Hospitalaria.
Exigen planes de contingencia
Cada Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPS) deberá contar con planes de contingencia actualizados, que contemplen respuestas inmediatas, oportunas, adecuadas e integrales ante cualquier situación de emergencia.
Estos planes deberán ser enviados a la Secretaría de Salud del Atlántico y al Centro Regulador de Urgencias, Emergencias y Desastres (Crued) del departamento.
La autoridad sanitaria del departamento solicitó a las IPS el cumplimiento estricto de las condiciones estipuladas en la alerta, incluyendo la disponibilidad operativa en niveles básico y máximo.
El departamento se alista para esta temporada. Foto:Prensa Gobernación del Atlántico
Esto implica garantizar personal asistencial suficiente (médicos y enfermeros), así como insumos médico-quirúrgicos, unidades de sangre, sueros antiofídicos (ante posibles mordeduras de serpiente), entre otros elementos necesarios.
Igualmente, las entidades de salud deberán reportar de forma inmediata al Crued todos los casos relacionados con:
- Lesionados por accidentes de tránsito, inmersión (ahogamientos) o accidentes náuticos.
- Heridos por proyectil de arma de fuego, arma blanca u objetos contundentes.
- Intoxicaciones por alcohol adulterado, alimentos o sustancias exógenas.
- Cualquier otro evento que ingrese por servicios de urgencias y requiera o no de remisión a otra entidad de la red hospitalaria.
Disponibilidad para atención
El Crued, bajo la coordinación de la Subsecretaría de Asesoría y Asistencia en Seguridad Social de la Gobernación del Atlántico, garantizará el funcionamiento del sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes, coordinando con la red hospitalaria la prestación de servicios durante las 24 horas del día.
Asimismo, las entidades prestadoras del servicio de ambulancia deberán estar disponibles para atender de manera oportuna cualquier requerimiento del Crued de entes de control.
Las medidas incluyen puestos de salud del departamento. Foto:Archivo Particular
Lo anterior, con el fin de salvaguardar el bienestar de la comunidad ante alteraciones del orden público, emergencias, desastres u otras situaciones que así lo demanden.
Canales de contacto del Crued
Las instituciones pertenecientes a la Red Pública y Privada Hospitalaria del departamento deberán reportar cualquier eventualidad de forma inmediata a los siguientes canales de contacto del Crued:
- Teléfono fijo: (605) 3580777 Ext. 5131.
- Celular / WhatsApp Crued: 317 702 6478.
- Línea de Salud Mental ‘Habla y Te Sanas’ 24 horas: 317 621 8394.
- Correos electrónicos: cruedop01@atlantico.gov.co | saludmental@atlantico.gov.co.
- Otros medios: comunicación por radio frecuencia u otros medios disponibles.
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Deivis López Ortega
Corresponsal de EL TIEMPO
Barranquilla