¿Cuánto tarda Uscis en aprobar un caso I-130 de 2024?

hace 3 meses 17

Uno de los formularios más solicitados por los migrantes al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (Uscis, por sus siglas en inglés) es el I-130, conocido como Petición de Familiar Extranjero. En el cual un familiar que reside en el país, podrá solicitar que tiene un familiar elegible para vivir con él.

Conforme a los criterios de

Sin embargo, el tiempo de espera varía mucho dependiendo cada caso. Si bien Uscis no brinda el tiempo estimado, algunos sitios especializados en migración aseguran que “los tiempos de proceso del formulario I-130 actualmente varían entre 5 y 37 meses”. Aunque advierten que dependerá del caso específico.

La información fue brindada por el sitio Boundless, que explican que el tiempo de espera también varía según el lugar de residencia: “Por ejemplo, el Centro de Servicio de Nebraska solo tarda entre 5 y 7 meses en tramitar el formulario I-130. Mientras que el Centro de Servicios de Texas actualmente se tarda entre 17 y 23 meses”.

Otro sitio web especializado como inmigrationhelp.org coincide en la misma información: “El tiempo de procesamiento para los ciudadanos estadounidenses que presentan el Formulario I-130 para un cónyuge o familiar beneficiario oscila entre 13 y 54.5 meses”. Para residentes permanentes legales, oscila entre “32 y 68 meses”.

Uscis trámites es la entidad encargada de los trámites migratorios.

Uscis trámites es la entidad encargada de los trámites migratorios.

Foto:iStock

¿Cómo traigo a mi pareja a Estados Unidos y con green card?

Como entenderá, el tiempo de procesamiento es largo, por lo que cuanto antes comience el trámite, antes obtendrá el resultado. Con el Formulario I-130, podrá patrocinar a un familiar directo o a su cónyuge para residir en el país. La condición fundamental para realizar esto, es que usted sea residente permanente de Estados Unidos, es decir, poseer la green card o ser ciudadano estadounidense.

Hay 4 formas de hacer esto, dependiendo de la particularidad de cada caso:

  • Si usted es ciudadano del país y su cónyuge está dentro del mismo, se debe presentar: el Formulario I-130 y el Formulario I-485 (la solicitud de residencia permanente o ajuste de estatus).
  • Si su pareja se encuentra fuera de Estados Unidos, deberá presentar tan solo el Formulario I-130.
  • Si usted es residente permanente, los procesos son distintos, aunque también dependerá de la locación de su cónyuge. Presentar el Formulario I-130 y el I-485.
  • Si se encuentra fuera de Estados Unidos, el proceso es similar al de un ciudadano estadounidense, ya que deberá presentar el Formulario I-130, esperar turno para una visa y la notificación de la embajada o consulado.
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