En un reciente comunicado, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) aclaró que las medidas tributarias del Decreto 175 de 2025 establecidas por la conmoción interior en la región del Catatumbo continuarán vigentes hasta el 31 de diciembre.
"El Decreto 467 de 2025 levantó el Estado de Conmoción Interior en el Catatumbo, y prorrogó por 90 días calendario los decretos 106, 107, 108, 117, 118, 120, 121, 134, 137, 180 y 433 de 2025", inició el comunicado la entidad.
Sin embargo, "el Decreto 175 de 2025 no requiere prórroga, ya que su artículo 10 dispone que las medidas tributarias allí contenidas “serán aplicables una vez culmine el quinto día hábil siguiente a su publicación y hasta el 31 de diciembre de 2025".
El defensor de derechos humanos asegura que algunas víctimas estarían siendo maltratadas. Foto:Alcaldía de Cúcuta
"Lo anterior, en concordancia con el literal 'l' del artículo 38 de la Ley Estatutaria 137 de 1994, que establece que durante los estados de conmoción interior el Gobierno nacional puede imponer contribuciones fiscales o parafiscales para una sola vigencia fiscal o durante la vigencia de la conmoción. En este caso, las medidas adoptadas en el Decreto 175 fueron diseñadas para aplicarse a lo largo del año 2025", explica la Dian.
Por lo tanto, los colombianos deberán seguir pagando los impuestos que se diseñaron para buscar recursos y atender la situación social en la región del Catatumbo.
En la sede de la Dian no habrá atención por daños causados por el temblor. Foto:El Tiempo / Archivo El Tiempo
Estos son los impuestos que seguirán vigentes
Según el decreto 0175 del 14 de febrero de 2025, los impuestos seguirán afectando a los juegos de azar, la extracción de hidrocarburos y el impuesto timbre nacional.
- El Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los juegos de suerte y azar operados, exclusivamente por internet, en el territorio nacional o desde el exterior.
- Impuesto especial para el Catatumbo que grava con 1 % la extracción de hidrocarburos y carbón, al momento de su primera venta o de su exportación.
- "Aumenta a 1 % –hoy está en 0 %- el impuesto de timbre nacional para aquellos instrumentos públicos y documentos privados (escrituras, títulos valores, avales o garantías, etc.), que se otorguen o acepten en el país, o que se otorguen en el exterior y que se ejecuten en Colombia en cuantía superior a $298 millones 794.000 pesos, es decir, 6.000 unidades de valor constante", informó en su momento Presidencia.
Los impuestos seguirán afectando a los juegos de azar y la extracción de hidrocarburos. Foto:iStock
¿Cuál era la meta con los impuestos?
En un principio, Presidencia esperaba recaudar "$1 billón en los primeros 90 días del estado de conmoción, que podría extenderse hasta por dos períodos similares, previa autorización del Senado de la República".
Según cálculos del Ministerio de Hacienda, el "recaudo con estas medidas de excepción podría llegar a $3 billones", explicó en su momento Presidencia.
Presidencia esperaba recaudar $1 billón en los primeros 90 días del estado de conmoción. Foto:iStock.
GERALDINE BAJONERO VÁSQUEZ
Periodista Últimas Noticias de EL TIEMPO