Se agota el plazo para elegir fondo que administre el excedente del ahorro pensional que no irá a Colpensiones; conozca la fecha límite y las opciones que existen para ello

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Si usted hace parte de ese inmenso grupo de personas que no está incluida en el llamado régimen de transición establecido en la Ley 2381 del 2024, que fijó en Colombia nuevas reglas de juego en materia pensional, tome atenta nota porque la norma incluye varios ajustes que sin duda cambian la manera en que los colombianos cotizan para su jubilación, pues a partir del 1.° de julio del 2025, si sus ingresos base de cotización exceden los 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes (unos 3,25 millones de pesos), tendrá la posibilidad de acumular los recursos que excedan ese tope no solo en Colpensiones sino también en una entidad privada (artículo 76 de dicha Ley). 

Conforme a los criterios de

Con la reforma se crean las Administradoras del Componente Complementario dentro Ahorro Individual (Accai) a donde pueden ir esos excedentes que no administre Colpensiones, si así lo decide el cotizante. De ese grupo pueden hacer parte las actuales administradoras privadas (AFP), pero además, las sociedades fiduciarias, las compañías de seguros de vida, las comisionistas de bolsa, Colpensiones y entidades sin ánimo de lucro autorizadas por la Superintendencia Financiera.

Según Andrés Velasco, presidente de Asofondos, el nuevo esquema no afecta a quienes están cobijados por el régimen de transición: mujeres con 750 o más semanas y hombres con 900 o más semanas al momento de entrada en vigencia de la nueva ley. Este grupo, que incluye a más de 1,1 millón de afiliados, seguirá con las reglas actuales. Sin embargo, advierte que “es crucial que todos los afiliados revisen sus historias laborales y, si faltan periodos de cotización, contacten a su administradora para que se tomen las medidas necesarias”.

Pero para quienes no están cobijados por ese régimen la Ley establece un plazo máximo para elegir la Accai a donde irán los excedentes de su ahorro pensional, es decir los que superen los 2,3 salarios mínimos, que son los que administrará  Colpensiones, el cual vence el próximo 16 de enero, que de no cumplirse, dicha elección se hará de manera aleatoria por parte del Gobierno. "Serán asignados aleatoriamente, a través del mecanismo que establezca el Gobierno Nacional”, advierte la norma. 

Cifras de la Superfinanciera con corte a septiembre del presente año indican que cerca de 88.600 afiliados a las AFP se han trasladado  a Colpensiones. El año pasado, sin que se hubiese aprobado la reforma pensional esos traslados ascendieron a cerca de 101.300.

No obstante, que dicho volumen de personas haya decidido trasladarse desde las AFP a Colpensiones no es un indicativo de que ese mismo número ya haya elegido la administradora que les manejará sus excedentes del ahorro pensional, en caso de que su aporte esté por encima de los 2,3 salarios mínimos establecidos en la reforma aprobada a mediados del 2024.

Dado que la reforma pensional entra en vigencia a partir de este 1° de julio  de 2025, son varias las dudas que tienen los trabajadores.

Dado que la reforma pensional entra en vigencia a partir de este 1° de julio de 2025, son varias las dudas que tienen los trabajadores.

Foto:iStock

Las condiciones

El problema es que, desde el pasado 16 de julio, fecha en la que se expidió el decreto reglamentario de la reforma pensional, han transcurrido cuatro meses y medio, por lo que solo restan mes y medio para que quienes ahorran para su pensión elijan la Accai que manejará parte de esos aportes, una vez quede en forme la Ley 2381 del 2024.

Según cifras de la Superfinanciera cerca de 3,1 millones de cotizantes a pensión, tanto en el actual régimen público (Colpensiones) como en el privado (AFP) lo hacen sobre la base de unos ingresos superiores a los 2 salarios mínimos. De esos, alrededor de 1,1 millones cotizan para su pensión en el régimen de prima media (Colpensiones).

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