Se viene la discusión más importante en el sector económico para Colombia: la negociación entre empresarios, trabajadores y el gobierno para definir el aumento salarial del próximo año.
Conforme a los criterios de
Aunque no hay propuestas oficiales, algunos gremios han dado pistas sobre la cifra que plantearían para la negociación. Varios coinciden en que el porcentaje del incremento estaría entre el 5 %, el 6 % y el 7 %, ya que consideran que debería ser de un solo dígito.
Sin embargo, los trabajadores le apostarían a un aumento más alto, de mínimo un 10 %, al hablar de dos dígitos. El ministro Bonilla reiteró -en los últimos días- que la inflación ya está en un dígito, por lo que el aumento tendría que ser acorde a esa realidad.
A la conversación, se unió Luis Fernando Mejía, director de Fedesarrollo, quien dijo que la cifra más razonable sería del 6 por ciento.
“Este porcentaje permitiría mantener el poder adquisitivo de los trabajadores formales sin comprometer la generación de empleo. No podemos olvidar que nuestra economía sigue lejos de alcanzar el ritmo de crecimiento necesario para absorber la demanda laboral”, enfatizó.
¿En cuánto quedaría el salario mínimo con el 6 %?
Si el aumento del salario fuera del 6 %, esta es la fórmula para saber en cuanto quedaría el mínimo.
- Incremento: 1.300.000 × 0,06 = 78.000
- Nuevo salario: 1.300.000 + 78.000 = 1.378.000
Recuerde que, para realizar el cálculo, debe pasar el porcentaje a números decimales. En conclusión, el salario mínimo para Fedesarrollo debería quedar máximo en 1.378.000 pesos colombianos.
Esta cifra está muy alineada con la que sería el porcentaje que llevaría el gobierno y los empresarios debido a las proyecciones como cerraría la inflación.
¿Personas que ganan más del salario mínimo también tendrían aumento el próximo 2025?
Según los expertos, no hay una ley que hable de esto ni mucho menos que obligue a las empresas a realizarlo.
De hecho, Daniela Caicedo, directora del equipo Laboral de la firma de abogados Brigard Urrutia, afirmó, en diálogo con el portal especializado Asuntos Legales, que no es obligatorio realizar algún tipo de aumento de salario.
"Existen varios pronunciamientos de la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia en los que se ha establecido que los trabajadores con salarios superiores al salario mínimo legal no tienen un derecho automático al aumento de salario, ya que no existe ninguna norma que establezca esta obligación y que, en cualquier caso, este debiera ser convenido con el empleador", argumentó.
Sin embargo, a quienes ganen más del salario mínimo, los empleadores podrían realizarles ajustes a sus salarios, basados en el principio de equidad.
Considerando, en este sentido, el artículo 53 de la Constitución Política de Colombia, en donde se señala que debe existir igualdad de oportunidades entre los trabajadores y una remuneración mínima vital y móvil que sea proporcional a la cantidad y calidad de trabajo.
Calendario salario mínimo
Estas son las fechas claves que informó el Ministerio de Trabajo sobre el salario mínimo:
- Martes 3 de diciembre: se realizará la instalación de la Subcomisión de Productividad y se discutirán cifras de productividad que entregará el Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane).
- Miércoles 4 de diciembre: comienzo formal de la Comisión Permanente y hablará sobre las cuentas nacionales y se discuten cifras del PIB.
- Lunes 9 de diciembre: habrá presentaciones macroeconómicas y se conocerá la proyección de la inflación.
- Miércoles 11 de diciembre: se reciben, oficialmente, las propuestas para el aumento del salario mínimo para el 2025.
- Jueves 12 y viernes 13 de diciembre: se darán las discusiones para llegar a un acuerdo.
- Domingo 15 de diciembre: primer vencimiento legal para la concertación del mínimo.
- Lunes 16 de diciembre: presentación de escritos de salvedades de cada parte involucrada en la negociación (sindicatos, representantes de empresas).
- Jueves 19 de diciembre: sesión para estudiar las salvedades.
- Martes 24, miércoles 25, jueves 26 y viernes 27 de diciembre: jornadas de concertación del mínimo extraordinarias.
- Lunes 30 de diciembre: fecha límite de expedición del salario mínimo
GERALDINE BAJONERO VÁSQUEZ
Periodista Últimas Noticias EL TIEMPO