¿Qué tipo de cuentas no se pueden embargar en Colombia, según Superintendencia Financiera de Colombia?

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En Colombia, según la Superintendencia Financiera, las cuentas de ahorro gozan de una protección legal que impiden que sean embargadas en algunos casos; es decir, que estas sean congeladas o utilizadas para pagar deudas. 

En su circular 061 de 2024, la entidad mencionó cuales son los montos actualizados para el beneficio de inembargabilidad.

De acuerdo con el documento, el límite de inembargabilidad de las cuentas de ahorro es de $ 52.385.727, valor vigente que entró en rigor el 1°. de octubre de 2024 y estará hasta el 30 de septiembre de 2025.

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El límite de inembargabilidad de las cuentas de ahorro es de $ 52.385.727 Foto:iStock

Esto significa que si tiene una deuda y le intentan embargar su cuenta, solo se podrá retener el dinero que exceda este límite. El monto inembargable se refiere al salario que está disponible en la cuenta y no a los movimientos realizados en el mes o año. 

En ese sentido, aunque la cuenta registre movimientos de millones de pesos, si el saldo final en la cuenta es menor al valor inembargable, la cuenta no podrá ser embargada. 

Ahora, en el caso en que la cuantía esté dentro del rango inembargable, la Superintendencia deberá informar al juez sobre la situación de la cuenta protegida y será él quien decida si se debe ajustar la cuenta de embargo o si se mantiene. 

Lo relacionado con embargos lo puede encontrar en el Código General del Proceso.

Si el saldo final en la cuenta es menor al valor inembargable, la cuenta no podrá ser embargada. Foto:iStock

Estos montos de inembargabilidad se ajustan teniendo en cuenta el índice promedio anual de precios de los empleados, por lo que solo se podrá embargar el dinero que exceda la cifra anteriormente mencionada. 

Estas son algunas cuentas que entran en las excepciones de inembargabilidad

Aunque esta herramienta permite una protección especial, existen algunas excepciones como las demandas por cuotas de alimentación, que pueden embargar las cuentas de ahorro. Usualmente, estas deudas se relacionan con la manutención de los hijos o cónyuges. 

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Personas que tengan demandas por manutención podrán tener su cuenta embargada. Foto:iStock

Entidades como la Dian, autoridades de tránsito y secretarías de hacienda también pueden superar el límite. Otros casos en los que se puede embargar son por deudas con el Gobierno. Si la dueña de la cuenta es una persona jurídica, la cuenta será embargable desde cualquier monto.

Este es el edificio de la Dian, ubicado frente a Casa de Nariño.

La Dian, autoridades de tránsito y secretarías de hacienda también pueden embargar cuentas. Foto:Google Maps

¿Qué pasa si se tienen varias cuentas de ahorro?

Si la persona tiene múltiples cuentas, la Superintendencia Financiera estipula que la inembargabilidad no puede aplicarse de manera individual. 

En tales circunstancias, los saldos de las cuentas de ahorro son sumados: si el total excede el monto, el excedente podrá ser objeto de embargado. Esto significa que la inembargabilidad se aplica al total de los depósitos y no a cada una de las cuentas.  

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Si el total de los saldos supera el límite establecido, el excedente podrá ser embargado. Foto:iStock

Por lo tanto, se deberá calcular el total de los fondos depositados en todas las cuentas para conocer cuál será el valor que puede ser embargado en caso de exceder el límite establecido por la ley. 

REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

MARÍA JULIANA CRUZ MARROQUÍN

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