Ya casi llega el mes de diciembre, por lo que los empleados públicos también esperan su remuneración por la prima. Sin embargo, en el Decreto 0282 de 2024 se estipulan una serie de pagos a los que estos trabajadores tienen derecho a partir de este año.
Conforme a los criterios de
En dicho Decreto, se dictan unas disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar.
En el artículo 2, de remuneraciones especiales, indican que a partir de enero de 2024, los Magistrados del Consejo Superior de la Judicatura, de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia, del Consejo de Estado y de la Comisión Nacional de Disciplina Judicial tendrán derecho a una remuneración mensual de $ 10.144.032 moneda corriente, distribuidos así: por concepto de asignación básica mensual $ 3.651.855 moneda corriente, y por concepto de gastos de representación mensual $ 6.492.177 moneda corriente.
En dicho decreto también señalan que estos empleados tendrán derecho a una prima técnica de $ 6.086.423 y a una prima especial de servicios a la que se refiere el artículo 15 de la Ley 4ª de 1992. "Es aquella que sumada a los demás ingresos laborales iguales a los percibidos en su totalidad por los miembros del Congreso, sin que en ningún caso los supere".
También, recalcan que la prima especial de servicios también se reconocerá cuando el empleado se encuentra disfrutando de su período de vacaciones y solo constituye factor salarial para efectos del ingreso base de cotización del Sistema General de Pensiones y Seguridad Social en Salud.
Cabe señalar que, según el decreto, los funcionarios continuarán disfrutando las primas de servicios, navidad y vacaciones y el régimen prestacional, de acuerdo a la normativa vigente.
En el decreto precisan los funcionarios que tendrán derecho a la prima especial la podrán percibir a partir del 1º de enero de 2024, sin carácter salarial y es equivalente al treinta por ciento del salario básico.
Estas primas se pagan dentro de los primeros 15 días del mes de diciembre, como a los demás servidores públicos.
En dicho decreto también se detallan otros beneficios para los empleados de la Rama Judicial, como el auxilio de transporte, subsidio de alimentación, prima de antigüedad, primas ascensionales y de capacitación y prima de capacitación para los Jueces Territoriales y del Distrito Penal Aduanero.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS