En aras de descentralizar el servicio de expedición y entrega del pasaporte en línea para mayores de edad, el Ministerio de Relaciones Exteriores tiene listo el proyecto de resolución que modifica aspectos de este trámite.
Conforme a los criterios de
"Se hace necesario modificar los artículos 11 y 12 de la Resolución 6888 de 2021, en aras de precisar que la autorización del pasaporte en línea la confiere el Ministerio de Relaciones Exteriores por medios electrónicos, así como permitir que la entrega de los pasaportes ordinario electrónico y ejecutivo electrónico para mayores de edad solicitados en línea se pueda realizar en las gobernaciones con las cuales se tenga convenio interadministrativo suscrito para la expedición de pasaportes", indica el documento justificativo de la Cancillería.
Asimismo, en todos los consulados de Colombia en el exterior se podrán entregar no solo los pasaportes solicitados en sus oficinas sino también los que sean solicitados en línea para ser entregados en el exterior.
Expedición
El pasaporte en línea se expedirá en las siguientes circunstancias:
- Por cambio voluntario.
- Por deterioro.
- Cuando se hayan agotado las páginas del pasaporte actual.
- Por hurto o pérdida
En este punto el proyecto indica que la solicitud del pasaporte en línea será realizada personalmente por el titular del pasaporte, siguiendo el procedimiento disponible en la página web oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores o, ante el medio oficial que se informe oportunamente al público.
En ese sentido, la solicitud del pasaporte en línea se podrá hacer desde cualquier lugar del mundo y su autorización es potestad exclusiva del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Aquí se explica que el pasaporte solicitado en línea conservará los mismos datos biográficos del pasaporte reemplazado. El pasaporte que sea solicitado en línea tendrá vigencia de diez (10) años.
Fotografía
La fotografía para la expedición del pasaporte en línea deberá ser digitalizada durante la solicitud. La fotografía deberá cumplir como mínimo con los siguientes requisitos establecidos por la OACI:
a. Tamaño de cuatro por cinco centímetros (4.0 cm x 5.0 cm) a color.
b. Tomada máximo seis (6) meses antes de la solicitud.
c. El rostro debe quedar en primer plano
d. Tomada en pose frontal y mirando directamente a la cámara con expresión
neutra.
e. Si el solicitante usa gafas, la fotografía deberá mostrar los ojos claramente
sin reflejos luminosos.
f. Fondo blanco.
g. No se permite ningún tipo de accesorios o adornos faciales que oculten el
rostro.
Si el pasaporte anterior fue expedido en los seis (6) meses anteriores a la solicitud
podrá conservar la misma fotografía. El Ministerio de Relaciones Exteriores se reserva el derecho de verificación de la fotografía, de conformidad con las actualizaciones de la Guía para el Ciudadano.
Entrega
En lo que refiere a la entrega, los pasaportes ordinario electrónico y ejecutivo electrónico solicitados en línea, se entregarán de forma presencial al titular, mediante validación biométrica en la oficina seleccionada por el titular al momento de diligenciar la solicitud.
En los casos en que no sea posible la validación biométrica, la oficina que hace entrega del pasaporte tendrá la facultad de solicitar los documentos adicionales que permitan validar la identidad del titular.
Los funcionarios de las oficinas expedidoras de Bogotá, consulados o secciones consulares en las embajadas de Colombia en el exterior conservarán la facultad de consultar en la base de datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil la información del solicitante.”
JUAN PABLO PENAGOS RAMÍREZ
Periodista de Política