Nota interpretativa del TLC de Colombia con EE. UU. viola la legislación: Amcham

hace 13 horas 10

De acuerdo con la Cámara de Comercio Colombo Americana (AmCham Colombia) existe una preocupación por la posible  extralimitación de ambas naciones en la implementación de una nota interpretativa del capítulo 10 del tratado de libre comercio (TLC) entre ambos países.

Para la presidenta de la Cámara Colombo Americana, María Claudia Lacouture, “los cambios en las definiciones del Capítulo 10 del TLC representan modificaciones sustanciales al texto del acuerdo y debieron haber seguido el procedimiento establecido tanto en el acuerdo comercial como en la Sentencia C-252 de 2019 de la Corte Constitucional de Colombia", explicó.

Así que para la Cámara, la nota a la que llegaron los dos gobiernos limita el derecho de los inversionistas extranjeros a impugnar decisiones judiciales locales que podrían ser injustas o inconsistentes con el TLC, además que no va en concordancia de lo establecido en la Sentencia C-252 de 2019 de la Corte Constitucional, que da control de constitucionalidad a este acuerdo de este acuerdo comercial.

Entre las preocupaciones, figura que al restringir el acceso al arbitraje internacional, se limita el derecho de los inversionistas extranjeros a impugnar decisiones judiciales locales que podrían ser injustas o inconsistentes con el TLC.

Además AmCham agrega que se "eliminan expectativas legítimas como criterio de trato justo y equitativo. Pues esto reduce la seguridad jurídica y permite que los Gobiernos cambien reglas sin otorgar garantías previas a los inversionistas. También la modificación de la protección frente a regulaciones ambientales sin compensación  reafirma el derecho de los Gobiernos a adoptar regulaciones ambientales que puedan afectar el valor de una inversión, limitando la posibilidad de que los inversionistas demanden al Estado".

María Claudia Lacouture, directora ejecutiva de AmCham, en el foro de El TIEMPO.

María Claudia Lacouture, directora ejecutiva de AmCham, en el foro de El TIEMPO. Foto:Sergio Acero/El Tiempo

En cuanto a los impactos que tendrá para Colombia, la Cámara señala que se tendrá una mayor incertidumbre para inversionistas extranjeros, quienes podrían percibir una disminución en la seguridad jurídica de sus inversiones.

"Decisiones judiciales y tutelas relacionadas con inversiones ya no podrían ser impugnadas en tribunales internacionales, salvo en casos extremos", explicó Lacouture.

La directiva enfatizó que también se daría una posible afectación a la llegada de inversión extranjera, "en un momento en que el país necesitan recursos para impulsar el crecimiento, generar empleo formal y aumentar ingresos para los colombianos".

Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Carlos Reyes.

Ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Carlos Reyes. Foto:Ministerio de Comercio Industria y Turismo.

Que dice la sentencia sobre los cambios

En la Sentencia C-252 de 2019, la Corte Constitucional de Colombia ha sido clara en que cualquier modificación a acuerdos internacionales debe respetar los siguientes principios:

• Participación del Congreso: Toda modificación sustancial debe ser aprobada por el Congreso y sometida a control constitucional.

• Respeto a los derechos fundamentales: Las notas interpretativas no pueden vulnerar derechos protegidos ni afectar la soberanía del Estado.

• Consulta a las partes interesadas: Inversionistas, gremios y comunidades locales deben ser incluidos en la evaluación de interpretaciones propuestas.

• Conformidad con el bloque de constitucionalidad: Las interpretaciones deben alinearse con los derechos fundamentales y tratados internacionales ratificados por Colombia.

De acuerdo con Amcham esto no se cumplió y por tanto ahora, corresponderá a los Congresos de Colombia y Estados Unidos pronunciarse sobre esta nota interpretativa, "que no fue consultada con ellos, y a la Corte Constitucional evaluar tanto el procedimiento como el fondo de esta decisión", apuntó Lacouture.

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