La estación de Policía ubicada en La Candelaria, centro de Medellín, ha estado últimamente en el medio de la polémica por una serie de situaciones complejas que ocurren en su interior.
La más reciente es la muerte de un hombre de 28 años identificado como Santiago Morales Echavarria, quien habría ingresado a este lugar el pasado 11 de enero por el delito de violencia intrafamiliar y quien falleció una semana después tras una golpiza.
La familia de la víctima aseguró que solo fue informada del hecho 12 días después, es decir, el 29 de enero, cuando les pidieron reconocer el cuerpo en el Instituto de Medicina Legal.
Las críticas al lugar
Jorge Carmona, defensor de DD. HH. de la población privada de la libertad, denunció que en esta estación de Policía se presentan diferentes situaciones de violación de derechos a esta población.
“Estos hechos ya no deben seguir ocurriendo al interior de una estación de policía ni de La Candelaria ni de ninguna estación de policía de la ciudad de Medellín. El caso de Santiago Morales es la cereza del pastel”, aseveró el hombre.
Es por lo anterior, que radicó una tutela para que dicho espacio sea clausurado.
Estación de Policía La Candelaria, en Medellín Foto:Archivo particular
Sin embargo, este jueves 6 de febrero se dio a conocer que dicha tutela fue declarada improcedente.
Si bien la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín indicó que la acción de tutela presentada por el veedor cumple con el
requisito de inmediatez, ya que aporta pruebas documentales relevantes en los cuales se documentan las condiciones críticas e insostenibles de la estación en cuestión.
"Las fotos y videos muestran de manera clara y contundente el hacinamiento en las instalaciones, un problema que, según la denuncia, persiste de manera continua y no ha sido resuelto hasta el momento", dice el documento.
También dice la Sala que la tutela cumple con la legitimación por pasiva argumentando que las entidades demandadas, como la Estación de Policía La Candelaria, la Policía Metropolitana, la Alcaldía de Medellín, el INPEC y otras autoridades involucradas,
"son responsables directa o indirectamente de la situación que ha generado la vulneración de los derechos fundamentales de los detenidos".
La muerte ocurrida allí es una pequeña muestra del sistemático trato cruel, inhumano y degradante, que según la Corte Interamericana de Derechos Humanos equivale a física 'tortura'
Jorge CarmonaDefensor de los DDHH de la población privada de la libertad
¿Por qué fue declarada improcedente?
De auerdi con la Sala no se identificó la presencia de un perjuicio
irremediable que impidiera a la parte demandante acudir a la jurisdicción de lo contencioso administrativo. Es decir, que se cuestiona que haya sido Carmona quien haya interpuesto la tutela en nombre de la población privada de la libertad.
"Esto se debe a que no se lograron verificar circunstancias específicas o pruebas materiales que demostraran la existencia
de un hecho concreto e inmediato que requiriera la adopción de medidas (...) la Sala se abstendrá de pronunciarse sobre la posible vulneración del derecho fundamental de petición, dado que no
se ha demostrado la existencia de la solicitud mencionada ni se ha aportado prueba que acredite que dicha petición haya sido presentada formalmente ante la autoridad correspondiente", dice el documento.
Hacinamiento en estaciones de Medellín Foto:Personería Medellín
Impugnarán fallo
Carmona anunció que, en su calidad de veedor al sistema penitenciario y carcelario del Distrito de Medellín y de defensor de DDHH de la población privada de la libertad, impugnará el fallo de la Sala.
"Se impugnó en el día de hoy 6 de febrero de 2025 en 20 folios su negativa decisión del tribunal superior de Medellín en dónde declaró improcedente la tutela que radiqué, en dónde dejé plasmado y totalmente claro la necesidad del cierre de esa sala de paso para la población privada de la libertad", afirmó el defensor de DD. HH.
Sobre las razones para declarar improcedente la tutela, el hombre dijo: "En su decisión, los Magistrados de la Sala Penal del Tribunal Superior de Medellín aseveran que en mi calidad de veedor no podía actuar en nombre de los privados de la libertad de la estación de policía Candelaria, porque en su entender cada privado de la libertad puede presentar su acción de tutela de manera directa. Esto evidencia que ni siquiera un Alto Tribunal conoce la realidad carcelaria en esa estación de Policía para llegar a tan descabellada conclusión".
La decisión ahora está en la Corte Suprema de Justicia, quien deberá fallar en segunda instancia y cuya decisión se espera que ocurra entre 20 días y un mes.
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Arriba Bogotá 7 de febrero | El Tiempo Foto: