En las últimas horas, la Corporación Lonja de Administración de Propiedad Horizontal de Colombia, seccional Atlántico, rechazó el anuncio realizado por la Dian recientemente.
La Dirección indicó que las propiedades horizontales deberán pagar el impuesto sobre el valor agregado (IVA) por el uso de las zonas comunes, en particular por el cobro a visitantes en parqueaderos.
Por lo anterior, el gremio se pronunció recientemente, dando a conocer los reparos a esta medida. En diálogo con EL TIEMPO, Silvia Padilla, presidenta de la Corporación en esta seccional, expresó los motivos.
“Nosotros como gremio hemos estado ante todo denunciando que, a pesar de que en la Dian este pronunciamiento y esta normatividad de la explotación económica existe, no se puede dirigir al sector residencial como una explotación económica el simple hecho de una donación voluntaria que hace un propietario cuando usa un bien que es del disfrute dentro de la copropiedad”, señala la vocera.
Temen efectos negativos en el sector por esta medida. Foto:Vanexa Romero/ El Tiempo
Padilla no ve en el uso de piscinas o salón social una explotación económica, ya que los pagos van a la limpieza o mantenimiento del área, teniendo en cuenta que la misma se utiliza para fiestas.
De acuerdo con cifras de la Corporación, son más de 6 mil edificaciones bajo el régimen de propiedad horizontal.
“A diferencia cuando explotas económicamente las azoteas y la empresa te manda la factura con IVA, porque estás explotando económicamente precisamente la azotea. O si tienes un salón y lo van a alquilar ahí sí hay explotación económica. Lo que no vemos bien es que la Dian ha mirado ahora este tipo de prácticas, que son para mantenimiento de las áreas comunes, para cobrar IVA. Ahora, si el sector comercial explota un garaje, un parqueadero, claro que va IVA”, manifiesta.
Cuestiona observación sobre los beneficios
La presidenta de la Lonja en el Atlántico cuestiona la observación que se hace del concepto sobre este tipo de beneficios que tienen los propietarios en el sector residencial.
“Yo me mudo en un edificio de estos precisamente, porque quiero ahorrarme no tener que alquilar una piscina en un hotel para ir a bañarme con mis hijos, que no quiero salir de mi casa por la gasolina”, sostiene.
Padilla añade: “Como gremio estamos manifestando que, en la Costa Caribe, con el asunto de la energía eléctrica, ha sido muy tocado el bolsillo de la gente en la propiedad horizontal. Entonces, añádele la ‘cereza del pastel’ que es que ahora nos van a poner el IVA en este tipo de servicios que no son explotación económica”.
Piden que se corrijan los términos de explotación económica
La Corporación Lonja de Barranquilla hizo una serie de propuestas. Foto:Vanexa Romero/ El Tiempo
Ante estas consideraciones, la Corporación Lonja de Administración de Propiedad Horizontal de Colombia, seccional Atlántico, pide que se corrija el concepto de explotación económica.
“Ellos dicen que se debe incluir eso en las expensas ordinarias. Eso no se puede hacer, porque de lo contrario los presupuestos de gastos se convertirían en algo no real. ¿Cuántas veces sabe uno que va a ir una persona a usar una piscina? ¿O cuántas veces sabe uno que va a hacer una fiesta en el salón social? Eso no aplica ni presupuestalmente”, dice Silvia Padilla.
La vocera del gremio se declara preocupada por los efectos negativos que podría ocasionar esta medida de la Dian, teniendo en cuenta que, según señala, ya hay un déficit fiscal en los edificios de la Costa Caribe por las tarifas de energía.
Posibles efectos negativos, según la Corporación
Panorámica de Barranquilla. Foto:Prensa Alcaldía Barranquilla
Asimismo, añade que podría haber una disminución de compradores de proyectos de vivienda en conjuntos residenciales, al inclinarse por otro tipo de espacios residenciales.
“Debe ser estudiada, debe analizarse en unas mesas de trabajo con expertos, porque lo están manifestando de una manera que está causando pánico. Las áreas comunes van a perder su valor”, señala Padilla.
A su turno, el copropietario de un conjunto residencial en el norte de Barranquilla, que prefirió no revelar su nombre, comentó: “Es un IVA que antes no se pagaba y ahora la van a pagar las personas que queramos utilizar el salón social y demás”.
Las explicaciones de la Dian
La Dian explicó que, según el descriptor 1.5 del Concepto Unificado 001 de 2003, el IVA se aplica a bienes y servicios sin considerar la identidad de las personas que intervienen en la operación. En este sentido, la imposición del impuesto no depende del tipo de usuario, sino de la naturaleza de la actividad económica.
El uso de espacios como el salón social o comunal, parqueaderos comunales o visitantes o la piscina no representan ningún lucro para los conjuntos residenciales y, por consiguiente, no deberían ser gravados con IVA.
Sin embargo, si un conjunto residencial es hallado responsable de omitir el pago del IVA por ese servicio, podrá ser sujeto de las sanciones impuestas por la Dian, las cuales pueden incluir multas económicas y otras medidas administrativas.
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Deivis López Ortega
Corresponsal de EL TIEMPO
Barranquilla