Hay angustia entre miles de extranjeros con visado de residente permanente en Colombia, pues el próximo 21 de octubre de 2024 muchos podrían quedar indocumentados. Con la entrada en vigor de la Resolución 5477 de 2022 se introdujeron una serie de modificaciones a las modalidades de visa en el país y su alcance, entre los cuales se determina el trámite obligatorio del traspaso de visa residente vigente y otorgada bajo regulaciones anteriores.
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La situación ha prendido las alarmas en varias embajadas y consulados de Bogotá. Durante los últimos meses han estado alertando a sus connacionales para proceder con la actualización del documento y evitar así inconvenientes con su permanencia en el país. Y es que el gobierno colombiano estableció que todos los titulares deberán completar el traspaso dentro de los dos años posteriores a la entrada en vigencia de la mencionada resolución (21 de octubre de 2022).
Es decir, quedan 22 días, lo cual es un hecho no menor, ya que el traspaso de visa está atado a la expedición de una nueva cédula de extranjería, por lo que se deben añadir los costos y el tiempo de este trámite, que debe ser solicitado ante Migración Colombia. Y se suma que actualmente, el contrato suscrito por la autoridad migratoria con la Imprenta Nacional para la elaboración de estos documentos de identificación ha resultado en fallas significativas y retrasos de hasta 6.000 cédulas hasta la fecha.
“Recordatorio importante para todos los titulares de Visa de Residente Permanente (R): Todos los extranjeros deberán transferir su visa antes del 21 de octubre de 2024. Los documentos emitidos en el extranjero deberán estar apostillados y traducidos al español”, fue uno de los mensajes que emitió, por ejemplo, la Embajada británica.
Hasta la Resolución 6045 de 2017 la visa de residente tenía una vigencia y permanencia indefinida. Esto a pesar de que el periodo de validez de la etiqueta era de 5 años. Sobre esto último, los titulares podían definir voluntariamente si actualizarla mediante un traspaso, por lo que en la mayoría de los casos se limitaban a renovar sus cédulas de extranjería. Ahora el Ministerio exige el traspaso de visa cada 5 años y con al menos un mes de anticipación a la fecha de expiración del documento.
La Cancillería argumentó estos cambios en razón a “la necesidad de responder a las prioridades de política exterior y a las dinámicas migratorias que se constatan en el territorio colombiano, se hace imprescindible actualizar la reglamentación migratoria en lo concerniente a los requisitos para el traspaso de visa, las obligaciones de registro y trámite de cédula de extranjería, así como ampliar el plazo para que los titulares de visa de Residente Permanente vigente y otorgada bajo regulaciones anteriores, realicen el traspaso de su visa que les permita permanecer en debida regularidad migratoria”.
En el último semestre, el abogado Rodrigo Tannus, socio de Tannus y Asociados, ha asistido más de 220 personas para este tema en particular. “Todavía hay muchos extranjeros con visas de residente que no conocen esta obligación o que no la han tramitado”, dice.
Ampliación del plazo
Ahora bien, EL TIEMPO pudo conocer que la Cancillería tiene lista una resolución que amplía el plazo para realizar el traspaso de visas de residente que están bajo anteriores regulaciones hasta el 31 de octubre de 2026. Una decisión que, sin duda, tranquilizaría a la comunidad extranjera. El borrador fue colgado en SUCOP para consulta ciudadana hasta el 18 de septiembre y no recibió comentarios.
“Se hace imprescindible ampliar el plazo otorgado en el artículo 123 de la Resolución 5477 de 2022 para los titulares de visas tipo Residente Permanente (R) vigentes y otorgadas bajo regulaciones anteriores, por un término adicional de dos (2) años, teniendo en cuenta que actualmente el GIT Visas e Inmigración ha visto un aumento significativo en las solicitudes de traspaso de visa puesto que el término concedido inicialmente vence el siguiente mes”, señala el Ministerio de Relaciones Exteriores.
Según Cancillería, se suma a esta decisión un factor relacionado con las solicitudes de visa que la entidad debe adelantar de los diferentes eventos internacionales que se realizarán en el país entre el 31 de agosto al 15 de noviembre de 2024 sobre los que se calculan aproximadamente 5.400 visas, algunas de las cuales se expidieron y expedirán con una vigencia superior a tres meses dada la planeación y logística y evaluación de los mismos.
Se incluye en este punto la realización de la COP 16, el V Foro Mundial sobre datos de las Naciones Unidas, la 122ª reunión del Consejo Ejecutivo de ONU Turismo, la primera Conferencia Ministerial Mundial para poner fin a la Violencia contra la Niñez y la visita del director de la UPU a Colombia dentro de estos eventos.
“Se concluye que tal volumen de solicitudes de las visas para eventos, el flujo normal de trabajo y la multitud de traspasos superan la capacidad laboral del GIT”, se lee en la memoria justificativa.
Además, el borrador de resolución elimina la obligatoriedad de aportar un salvoconducto a los titulares principales y beneficiarios que no solicitaren su traspaso antes de su expiración. Por otro lado, en el texto del artículo 106 de la Resolución 5477 de 2022 se considera necesario incluir un parágrafo en el que se establezcan las condiciones aplicables a los extranjeros titulares de visas de residente expedidas antes del año 2000 y que por algún motivo no cuenten con copia de la visa otorgada con el fin de facilitar que el extranjero compruebe su permanencia continua e ininterrumpida en Colombia.
“Los titulares de visa de residente que hayan obtenido sus visas antes del año 2000, y manifiesten no poder aportar dicho documento deberán adjuntar a la solicitud de traspaso una carta mediante la cual, bajo gravedad de juramento justifiquen las razones por las cuales no les es posible su presentación, así como también el certificado de movimientos migratorios ampliado con vigencia al año en el que les fue expedida la visa y la última cédula de extranjería que se le haya expedido durante su estadía en Colombia”, dice el borrador de la resolución.
Migración Colombia y el Ministerio de Relaciones Exteriores no actúan de forma armónica, dejando más dudas que respuestas a aquellos extranjeros que llevan varios años en Colombia
Requisitos, multas y dudas
Para el procedimiento de traspaso, el Ministerio exige al solicitante una copia de la visa que desea traspasar y de la cédula de extranjería (cuando aplique), un certificado de movimientos migratorios expedido por Migración Colombia, y una carta en la que se manifieste el motivo del traspaso. Todos los documentos deben estar traducidos al español y debidamente apostillados.
La Embajada chilena ha realizado videoconferencias para explicar la situación a su comunidad y pesar de contar en ocasiones con delegados de Cancillería y Migración Colombia, han salido con más dudas que certezas.
“Migración Colombia y el Ministerio de Relaciones Exteriores no actúan de forma armónica, dejando más dudas que respuestas a aquellos extranjeros que llevan varios años en Colombia, quienes tienen compañeros, conyugues e hijos colombianos, han invertido y creído en Colombia, así como creado empresa y generado beneficios al país. El tiempo ha pasado y los miles de extranjeros que se encuentran en esta situación siguen buscando respuestas sobre cómo deben proceder para mantenerse regulares y al día con sus documentos migratorios en el país”, señaló el abogado Tannus.
En sus consultas, el experto ha tenido que resolver dudas relacionadas excepciones, costos asociados, tiempos de procesamiento de los trámites, entre otros.
De acuerdo con el artículo 111 de la resolución 5477 de 2022, una vez terminada la vigencia de la visa, el extranjero tendrá 30 días calendario para salir del territorio nacional o solicitar una nueva visa. En caso de no realizar ninguna de las dos en el plazo especificado se exponen a sanciones económicas desde 1.300.000 pesos colombianos.
Si el ministro Luis Gilberto Murillo firma la resolución que amplía el plazo, los ciudadanos extranjeros con estadía permanente en Colombia tendrán dos años más para resolver su situación regular. No obstante, muchas preguntas individuales siguen en el aire.
JUAN PABLO PENAGOS RAMÍREZ
Periodista de Política