Las claves de la ponencia para segundo debate de la reforma política: ¿Incluirán el voto obligatorio?

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Ya está lista la ponencia para segundo debate de la reforma política luego de que la Comisión Primera de la Cámara de Representantes la aprobara en el primero de ocho debates.

Conforme a los criterios de

La reforma, que radicó el gobierno del presidente Gustavo Petro hace un mes, se prepara para ser discutida en la plenaria de la Cámara y en principio no tiene muchos cambios.

Los detalles que cambiaron

Esta iniciativa plantea algunos puntos sensibles dentro de los que se destaca la financiación 100 por ciento estatal de las campañas, la obligatoriedad de las listas cerradas paritarias desde el 2030 y la modificación en la elección de los magistrados del Consejo Nacional Electoral (CNE).

“Un paso clave para fortalecer la transparencia y consolidar una democracia que responda a las necesidades de todos los colombianos”, aseveró el ministro del Interior, Juan Fernando Cristo.

Los ponentes ajustaron algunos detalles de la ponencia para presentarla en su segundo debate.

Sorprendentemente uno de los artículos que más ha llamado la atención de la reforma no tuvo modificaciones. Se trata del número 6 que plantea modificar el Consejo Nacional Electoral (CNE).

Consejo Nacional Electoral.

Consejo Nacional Electoral.

Foto:CNE

Sin embargo, en el artículo 7 que pretende modificar el artículo 265 de la Constitución el cuál dice que el CNE “regulará, inspeccionará, vigilará y controlará toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos, de sus representantes legales, directivos y candidatos, garantizando el cumplimiento de los principios y deberes que a ellos corresponden”, sí tuvo algunos ajustes.

Dentro de las facultades que platearon los ponentes que debía tener el CNE se modificó la primera que inicialmente señalaba “Ejercer la suprema inspección, vigilancia y control de la organización electoral, así como de los procesos electorales en condiciones de inspección vigilancia y plenas garantías”.

La última parte sobre los procesos electorales se eliminó y también la que habla sobre ejercer el control y revisión de las actuaciones y decisiones adoptadas por la Registraduría Nacional.

En esa misma línea decidieron eliminar la función que pretende “ejercer el control y depuración del censo electoral de conformidad con la ley” por ser una responsabilidad de la Registraduría.

Además, acogieron una proposición que dejaron como constancia en primer debate: “El Consejo Nacional Electoral contará con una Unidad Técnica de Investigación encargada de investigar irregularidades en la financiación de campañas y publicidad electoral”.

Financiación de campañas y el reconocimiento de las organizaciones política

Roy Barreras pidió sesiones extraordinarias pues prevé que proyectos claves no tendrán sus últimos debates

Roy Barreras pidió sesiones extraordinarias pues prevé que proyectos claves no tendrán sus últimos debates

Foto:César Melgarejo. EL TIEMPO

El artículo dos de esta reforma pretende modificar el artículo 108 de la Constitución el cual establece bajo qué postulados el Consejo Nacional Electoral reconocerá personería jurídica a las organizaciones políticas.

Los movimientos políticos solo tendrán derecho a postulación de listas y candidatos, de conformidad con las siguientes reglas:

  • En las elecciones en circunscripciones territoriales, siempre que hayan demostrado un número mínimo de afiliados del 3% del respectivo censo electoral territorial.
  • En las elecciones de carácter nacional, siempre que la base de afiliados supere el 1,5% de los votos emitidos válidamente en el territorio nacional en las últimas elecciones de Senado.

Este último punto se ajustó porque inicialmente la base de afiliados debía ser del 15 por ciento.

Además, se estableció la obligación de actualizar la lista de afiliados a las organizaciones políticas cada dos años de conformidad a la proposición radicada por parte de la representante Piedad Correal.

Carlos Felipe Quintero, representante a la Cámara por el Partido Liberal

Carlos Felipe Quintero, representante a la Cámara por el Partido Liberal

Foto:X: @CarlosFelipeQ

Y agregaron: “Será causal de pérdida de la Personería Jurídica de los partidos y movimientos políticos si estos no celebran por lo menos durante cada dos años convenciones que posibiliten a sus miembros influir en la toma de las decisiones más importantes de la organización política”.

En el caso del artículo que propone que el Estado financie el 100 por ciento de las campañas ajustaron la redacción para que según ellos se garantice la armonía constitucional. Por lo tanto, se cambió el término organizaciones política a partidos y movimientos políticos.

La obligatoriedad de las listas cerradas y bloqueadas entrará a regir a partir de las elecciones del año 2030 y no 2027 como lo habían planteado al principio.

El voto obligatorio no quedó plasmado en el informe de ponencia para segundo debate por lo que se espera la discusión en la plenaria para incluirlo.

Uno de los que insiste en incluirlo es el representante del Partido Liberal Carlos Felipe Quintero quien aseguró: “Yo soy un fiel creyente de que el voto obligatorio en Colombia tiene que darse. El abstencionismo es muy grande y por eso nosotros, con el voto obligatorio, lo que buscamos es una mayor cultura política y mayor participación por parte de las personas”.

MARÍA ALEJANDRA GONZÁLEZ DUARTE

Redacción Política

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