Este viernes se conoció el decreto con el que el gobierno de Gustavo Petro busca recolectar recursos para atender la situación humanitaria en el Catatumbo, Cúcuta y dos municipios del Cesar afectados por la acción del Eln de comienzos de año en la región. El decreto busca recoger los recursos suficientes para "implementar el plan de acción del Gobierno para conjurar la situación de orden público en la región del Catatumbo".
La vigencia del decreto de los impuestos por la conmoción comienza cinco días hábiles después del 14 de febrero, es decir hasta dentro de una semana, y se prolongará hasta el 31 de diciembre de este año.
El principal impuesto que incluye el decreto es el IVA a los juegos de azar "operados exclusivamente por internet en el territorio nacional o desde el exterior". Sobre estos últimos se deja especificado que los juegos de suerte en el exterior tendrán las mismas responsabilidades que las plataformas nacionales en la recolección de ese impuesto.
El decreto en cuestión ordena que "los juegos de suerte y azar operados exclusivamente por internet, en el territorio nacional o desde el exterior, estarán gravados con el impuesto sobre las ventas".
En el decreto se específica que el IVA se aplicará al depósito en dinero, "entendido como el pago en efectivo o as transferencias de dinero o criptoactivos realizado por cada usuario apostador". El cobro será del 19 por ciento, y se aplicará con la fórmula de valor del depósito dividido por 1,19.
En el decreto se especifica que los dineros recolectados por este artículo se destinarán a "atender los gastos del presupuestos general de la nación necesarios para conjurar las causas de la perturbación que dieron lugar a la declaración de la conmoción interior en la región del Catatumbo".
Impuesto para el carbón e hidrocarburos
El segundo impuesto que ordena el decreto es uno temporal para gravar "la extracción en el territorio nacional de hidrocarburos y carbón de las partidas arancelarias". En este caso se gravará "la primera venta dentro o desde el territorio nacional" y "la presentación y aceptación de la solicitud de autorización de embarque al resto del mundo" de los productos en cuestión.
En este caso las tarifas serán de uno por ciento para hullas, briquetas, ovoides, combustibles sólidos obtenidos de la hulla, aceites crudos de petróleo o de mineral bituminoso. Los responsables de este impuesto serán las personas naturales o jurídicas que realicen las exportaciones definitivas o que hagan la venta.
Al igual que en el caso del IVA para los juegos de azar electrónicos, se deja claro que los "recursos obtenidos en virtud de lo dispuesto en este artículo se destinarán exclusivamente a atender los gastos del presupuesto general de la nación necesarios para conjurar las casas de la perturbación que dieron lugar a la declaración del estado de conmoción interior".
Impuesto de timbre nacional
El decreto también revive el impuesto del timbre establecido en el artículo 519 del estatuto tributario. Se cobrará el uno por ciento sobre aquellos instrumetos públicos o documentos privados que se tramiten por notaría y que superen las 6.000 unidad de valor tributario. Como los otros casos, se establece que esos dineros solo serán para atender la contingencia.