Desde 2015, el procedimiento para adquirir la nacionalidad española por residencia requiere que los aspirantes superen dos exámenes: el CCSE (Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España) y, en algunos casos, el DELE (Diploma de Español como Lengua Extranjera), el cual mide el dominio del español de quienes no lo tienen como lengua nativa.
A pesar de lo anterior, la legislación exceptúa de estos exámenes en determinadas circunstancias. Estas excepciones están reguladas por la Orden JUS/1018/2022, de 24 de octubre, que establece las condiciones bajo las cuales algunos extranjeros pueden quedar exentos de realizarlos.
Como norma esencial, cualquier persona extranjera que desee obtener la nacionalidad española debe superar el CCSE y, si es necesario, el DELE. La meta de este principio es establecer un sistema uniforme para valorar la integración sociocultural y lingüística de los aspirantes, eliminando la discrecionalidad de los procesos previos gestionados localmente en los Registros Civiles.
¿Quiénes hacen parte de la exoneración?
Conforme a la normativa actual, pueden solicitar la exención de uno o de los dos exámenes para la nacionalidad:
- Personas con dificultades de aprendizaje o analfabetismo: Los solicitantes que no sepan leer ni escribir, o que presenten dificultades de aprendizaje documentadas. Esto debe ser acreditado ante el Ministerio de Justicia.
- Escolarizados en España con la ESO aprobada: Los extranjeros que hayan realizado estudios en España y aprobado la Educación Secundaria Obligatoria (ESO) están exentos de presentar los exámenes CCSE y DELE. En este caso solo debe adjuntar los documentos académicos al expediente de nacionalidad.
Es importante que las personas cumplan con los requisitos. Foto:iStock
¿Cómo solicitarla?
- Es importante que cumplan con los requisitos.
- El interesado debe presentar una solicitud formal al Ministerio de Justicia antes de iniciar el trámite de nacionalidad.
- Hacer la solicitud bajo el modelo oficial: puede hacerlo por correo postal, registro electrónico del Ministerio o por cualquier registro público de las delegaciones o subdelegaciones del gobierno.
- Guarde el resguardo para hacer seguimiento al proceso.
Para tener en cuenta:
El tiempo límite para resolver las solicitudes de exención es de seis meses a partir de su presentación. Si no se recibe respuesta en ese plazo, se entiende que la solicitud ha sido denegada. Durante este período, no se puede iniciar ni evaluar la solicitud de nacionalidad, salvo en los casos de personas que hayan cursado estudios en España y tengan la ESO aprobada.
Si se ha solicitado la nacionalidad y la exención al mismo tiempo, las autoridades archivarán la solicitud de nacionalidad, lo que resultará en una resolución administrativa que dará por terminada la gestión.
MARIANA SIERRA ESCOBAR
EQUIPO ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO