Son muchos los supermercados que distribuyen productos de panadería y pastelería que tienen muy poco tiempo de caducidad. En algunas ocasiones es imposible vender estas preparaciones y generalmente terminan en los desechos; sin embargo, esta ocasión una galleta le costó 40.000 euros a una cadena de supermercados.
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En los últimos días, se conoció la historia de un hombre que fue despedido de su trabajo por haber consumido una galleta que al no ser vendida iba a ser desechada.
Se sabe que la historia ocurrió el 8 de julio de 2023, cuando los empleados de dicho establecimiento comercial se encontraban organizando todo para el cierre. Sin embargo, uno de los empleados pasó por la zona de platos preparados y agarró una galleta que se encontraba en el carro donde se almacenan los alimentos que no son vendidos y que posteriormente serían desechados, el sujeto agarró la galleta y se la comió.
El lunes siguiente, cuando retornó a su trabajo su jefe le preguntó por la galleta que se había comido y el empleado confesó que de forma voluntaria la cogió y se la comió, puesto que se encontraba en el carro que la llevaría al contenedor de la basura, por lo que su coordinadora le reclamó por no haberla pagado.
El joven contó que su supervisora le recordó la prohibición de los empleados y le recalcó que tenían prohibido consumir algún producto sin previo pago, así estos se encuentren en el último proceso antes de ser arrojados a la basura.
Se conoce que ese mismo día, la cadena de supermercados le informó de su despido disciplinario por considerar haber cometido “una falta muy grave” y le entregó 944,38 euros, aproximadamente 4.389.694 de pesos por conceptos de liquidación.
La cadena de supermercados argumentó que la sanción al empleado se dio por una regla que él conocía perfectamente, pues en el reglamento interno de trabajo se establece la ‘prohibición de consumir cualquier tipo de producto previo pago’, y acusó al empleado de comerse un paquete entero, no una galleta, el precio del paquete era de 4.20 euros, aproximadamente 19.500 pesos colombianos.
El supermercado alegó que el comportamiento del hombre era una “conducta fraudulenta, desleal y un abuso de confianza”, asimismo, en la carta de despido la empresa lo acusó de “robo, hurto o malversación cometidos tanto a la empresa como a los/as compañeros/as de trabajo”.
También se conoció que la empresa acudió al artículo 54.2d del Estatuto de los Trabajadores de España, que especifica “La transgresión de la buena fe contractual, así como el abuso de confianza en el desempeño del trabajo”, como causal de despido disciplinario.
Sin embargo, el hombre no se quedó con la insatisfacción de ser despedido y apeló la orden en el Tribunal Superior. Al estudiar el caso, la entidad judicial no dio procedencia al despido disciplinario y lo calificó como despido improcedente por considerarlo desproporcionado, dándole la razón al empleado.
Los jueces del Tribunal Superior de Castilla-La Mancha no consideran que el incidente de la galleta sea considerado como una falta grave o merecedora de la “sanción más grave del mundo laboral como es el despido del trabajador”.
El Tribunal Superior considera que al tratarse de un producto destinado su desecho y que no iba a ser puesto nuevamente a la venta, no se trata de una conducta fraudulenta, desleal o un abuso de confianza, tampoco un robo, hurto o malversación, ya que iba a ser desechado.
Asimismo, con la declaración de despido improcedente declarado por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, el supermercado se vio obligado a volver a incorporar al empleado o al pago de una indemnización de 40.000 euros, 186 millones de pesos colombianos.
El diario ‘El País’ de España, asegura que el supermercado informó no haber empezado una mediación y está dispuesto a pagar la indemnización fijada por el Tribunal por despido improcedente.
ALEJANDRA HERNÁNDEZ TORRES
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO