La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) menciona que, de acuerdo con la Ley 2277 de 2022, las personas naturales que declaren sus ingresos y demuestren la adquisición de bienes o servicios por medio de la facturación electrónica, podrán acceder a la deducción del 1 % en su impuesto sobre la renta y complementarios.
Este descuento aplica para el valor de las adquisiciones que no superen los 240 UVT (Unidad de Valor Tributario) del respectivo año gravable, "independientemente de que tenga o no relación de causalidad con su actividad productora de renta".
Las personas naturales podrán tener una deducción del 1 % en el impuesto de la renta. Foto:Foto: Diego Caucayo/Archivo EL TIEMPO
Vale mencionar que el valor de la UVT para este 2025, creada por la Dian, es de $49.799.
La declaración de la renta permite el registro de los ingresos, gastos y propiedades que ha tenido una persona durante el año inmediatamente anterior. Para el año gravable de 2024, que es declarado en 2025, la Dian es la encargada de establecer los rangos y requisitos.
Las personas que están obligadas a la declaración de este impuesto son aquellas que tengan ingresos brutos mínimos anuales de 1.400 UVT. Otros topes que establece la Dian son:
- Patrimonio bruto mínimo (4.500 UVT): $ 224.095.500 pesos.
- Consumo de tarjetas de crédito mínimas (1.400 UVT): $ 69.718.600 pesos.
- Compras y consumo (1.400 UVT): $ 69.718.600 pesos.
- Consignaciones bancarias (1.400 UVT): $ 69.718.600 pesos.
La declaración de la renta deberán hacer las personas que tengan ingresos anuales de 1.400 UVT. Foto:iStock/Dian
Estas son las personas que pueden acceder a la deducción del 1 % del impuesto sobre la renta
La Dian estipula que solo las personas naturales que tengan la calidad de declarantes podrán ser las beneficiarias del descuento sobre la renta y sus complementarios.
La deducción que podrá realizarse sobre gravamen será del 1 %, correspondiente al valor de las adquisiciones que se hicieron en el año a declarar. Estas no pueden exceder las 240 UVT (11'295.600 pesos para el año 2025).
Quienes hayan hecho compras de bienes y/o servicios con factura electrónica, tendrán descuento. Foto:Dian / iStock
Para acceder a este beneficio, la Dian establece que:
- La adquisición del bien y/o servicio no puede haberse solicitado como costo o deducción sobre el impuesto sobre la renta y complementarios, impuesto descontable en el Impuesto sobre las Ventas (IVA), ingreso no constitutivo de renta ni ganancia ocasional, renta exenta, descuento tributario u otro tipo de beneficio o crédito fiscal.
- Las adquisiciones de los bienes y/o servicios deben estar soportadas con la factura electrónica de venta con validación previa. El recibo deberá contener el nombre y apellido de la persona y su número de identificación tributaria, sea Nit o documento de identificación.
- La factura electrónica debe haber sido paga a través de tarjeta de débito, crédito u otro medio electrónico en el que intervenga una entidad vigilada por la Superintendencia Financiera.
- La factura tuvo que ser expedida por los sujetos obligados a tramitarla.
La facturación electrónica es la clave para conseguir la deducción en el impuesto sobre la renta. Foto:Jaime Moreno/El Tiempo
Quien solicite el descuento, deberá tener todos los documentos necesarios que respalden sus compras y gastos del año gravable como facturas y comprobantes de transacciones.
Los bienes y servicios que fueron comprados con factura electrónica, aplicarán en el descuento. Foto:Alcaldía de Bogotá
¿Qué beneficios representa la deducción en el impuesto sobre la renta?
De acuerdo con la Dian, esta medida incentiva a las personas naturales a realizar compras de bienes y/o servicios por medio de la facturación electrónica; pues si el contribuyente realizó compras que no exceden las 240 UVT, podrá reducir su impuesto hasta $ 112.956 pesos, dependiendo del monto de las adquisiciones.
Además, la entidad también resalta que esto ayuda a crear una cultura de expedición y solicitud de este documento y, adicional a ello, incentiva la bancarización.
Si las compras no exceden las 240 UVT, la persona podrá reducir su impuesto hasta $ 112.956 pesos. Foto:EL TIEMPO
Recuerde que las personas naturales deberán hacer su declaración de renta desde el 12 de agosto hasta el 24 de octubre de este año, dependiendo de la terminación de su número de Nit o documento de identidad.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
MARÍA JULIANA CRUZ MARROQUÍN