El presidente Gustavo Petro anunció a los colombianos su intención de someter a una consulta popular las reformas sociales de su Gobierno, que se han hundido en el Congreso. Este mecanismo está contemplado en la Constitución Política, pero hacerla hoy tiene un costo significativo.
El Jefe de Estado 'partió cobijas' con el Legislativo en reacción al apoyo mayoritario a la ponencia de archivo de la reforma laboral que le dio la Comisión Séptima del Senado.
El proceso de la consulta popular está contemplado en la Constitución Política del país, en la cual se establece el procedimiento para realizarlo. Su objetivo es que el constituyente primario decida si acoge o no lo que el gobierno de turno le pregunta. Para esto se necesita que participe un mínimo de ciudadanos, lo que se conoce como umbral, y también que haya un mínimo de votos por el Sí.
El presidente Petro habló en alocución sobre la consulta popular. Foto:Joel Gonzalez. Presidencia
La consulta popular es un mecanismo de participación de la población civil que está consagrado en el artículo 103 de la Carta Magna y se desarrolla en el Título V de la ley 134 de 1994.
El mínimo de votos que se deben obtener para que la pregunta que se le haga a la población sea vinculante está previsto en el artículo 55 de esa ley.
"La decisión tomada por el pueblo en la consulta, será obligatoria. Se entenderá que ha habido una decisión obligatoria del pueblo, cuando la pregunta que le ha sido sometida ha obtenido el voto afirmativo de la mitad más uno de los sufragios válidos, siempre y cuando haya participado no menos de la tercera parte de los electores que componen el respectivo censo electoral", dice el artículo 55 de la ley 134 de 1994.
Consulta popular en Cali. Foto:Juan Pablo Rueda / EL TIEMPO
La ley 134 también establece que el Senado debe dar un concepto positivo para convocar a la ciudadanía a una consulta. Este primer paso sería azaroso para el presidente Petro debido a que en la llamada cámara alta el Gobierno no tiene la mayoría.
Las cuentas para que las preguntas de la consulta popular sea aprobada son claras. El censo electoral en Colombia está en 40'963.370 hombres y mujeres, lo cual establece que cada pregunta debe tener una participación de 13'654.457 personas y deben votar sí al menos 6'827.229. De no lograrse ese mínimo, el resultado de la consulta no será vinculante, así sea el sí el que consiga una mayoría en la votación.
¿Cuánto costaría la consulta popular?
El antecedente más reciente de una consulta popular data del 2018, cuando se puso a consideración, con el liderazgo de la exalcaldesa de Bogotá, Claudia López, la llamada consulta anticorrupción.
Consulta popular en Valle y Cauca. Foto:Juan Pablo Rueda / EL TIEMPO
El censo electoral del país en ese momento era de 36'421.026 colombianos, de los cuales participaron 11'671.420. La consulta no superó el umbral por menos de 500.000 votos, pero contó con un buen respaldo ciudadano.
La realización de la consulta popular del 2018 tuvo un costo de 310.479 millones de pesos. Ahora, la consulta que quiere hacer el presidente Petro costaría mucho más debido a la inflación y el aumento en casi 5 millones del censo electoral.
Así la participación no supere un tercio del censo electoral, el Gobierno debe garantizar el material electoral para todos los posibles votantes y esto hace imposible reducir el valor de hacer la consulta.
El exregistrador nacional Alfredo Portela estima que el costo de la consulta popular del presidente Petro costaría, mínimo, de 400.000 a 500.000 millones de pesos.
¿Qué implica la consulta popular anunciada por Petro Foto:
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS