En estos momentos, uno de los temas de conversación no solo para los trabajadores colombianos, sino para los universitarios que están por insertarse en este mundo y para los empresarios es la Reforma Laboral.
Esta propuesta ha avanzado considerablemente, de hecho, ya fue aprobada en el primer debate en la Cámara de Representantes. Una de las áreas que más se comprometerá es el tema de la contratación, pues surgirán muchos límites para las vinculaciones temporales y se priorizarán los contratos a término indefinido.
Para los trabajadores existe un periodo de prueba. De acuerdo con el Ministerio de Justicia, este trámite laboral busca que el empleador pueda analizar cómo será el trabajo del nuevo colaborador y definir si es la persona ideal para las labores asignadas.
Si no sabe qué es posible observar al aplicar esta medida, entérese que funciona como una herramienta clave para medir competencias, desempeño y afinidad con la cultura organizacional.
Hay límites para este la extensión de este tiempo. Foto:iStock
“Pactar un periodo de prueba al inicio del contrato tiene como fin que las partes involucradas decidan si ese trabajo se ajusta a lo que cada una está buscando”, apunta el Ministerio.
¿Cómo se fija la temporalidad de este lapso probatorio?
Es importante que sepa que se debe constar por escrito cuál será el tiempo específico de la prueba. Esta condición aplica sin importar si el contrato es escrito o verbal.
Según lo establecido en el Artículo 9 de la ley 6 de 1945, un periodo de prueba fijado en un contrato de trabajo a término indefinido, tiene una duración máxima contemplada, dependiendo de cada caso.
Cuando se trata de un trabajador calificado, el periodo de prueba no podrá exceder de dos meses. Mientras que el tope máximo será de 15 días en los demás casos, según indica el artículo 78 del Código Sustantivo del Trabajo.
Durante el periodo de prueba sus labores estarán siendo revisadas a detalle. Foto:iStock
Tenga en cuenta que si usted es un técnico titulado, su periodo de prueba puede variar. En vez de ser por 60 días, existe la posibilidad de que sea hasta de seis meses.
¿Qué pasa si no supera el periodo de prueba?
Si el trabajador no pasa esta etapa, su contrato laboral puede ser rescindido sin necesidad de preaviso ni indemnización por parte de la empresa, es decir, que la compañía no deberá dar explicaciones de la decisión tomada.
De acuerdo con el portal de ‘Conceptos Jurídicos’, el período de prueba hace parte de la relación laboral para efectos de la liquidación de las prestaciones e indemnizaciones de la seguridad social. Lo anterior, quiere decir que debe liquidarse desde el inicio del período de prueba hasta el día en que se firma el contrato de trabajo terminado.
MARIANA SIERRA ESCOBAR
EQUIPO ALCANCE DIGITAL
EL TIEMPO