Declaración de renta 2025: personas naturales deben anticiparse a obligaciones tributarias desde mayo

hace 3 horas 38

En Colombia, el calendario fiscal para personas naturales no comienza en agosto, como tradicionalmente se cree. Desde mayo, inician otros reportes que pueden implicar sanciones si no se cumplen a tiempo. Entre ellos se encuentran el impuesto al patrimonio y la presentación de la información exógena, ambos con plazos que vencen entre mayo y junio de 2025.

De acuerdo con el cronograma de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), la declaración del impuesto al patrimonio debe presentarse desde el 12 de mayo. Dos días después, el 14 de mayo, se abre el plazo para la entrega del reporte de información exógena. La declaración de renta, por su parte, se mantiene entre el 12 de agosto y el 24 de octubre.

“Es fundamental identificar con anticipación las obligaciones tributarias, con el fin de preparar adecuadamente las declaraciones, cumplir oportunamente con los plazos establecidos y reducir el riesgo de sanciones o intereses por presentación extemporánea”, afirmó Ángela González, Asociada para los consejos de personas de EY Colombia.

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La Dian logró recaudar $ 72.14 billones de pesos en el primer trimestre de 2025. Foto:iStock / Dian

Declaración del impuesto al patrimonio

Las personas naturales que al 1 de enero de 2025 tuvieran un patrimonio líquido de aproximadamente 3.585 millones de pesos deben presentar la declaración del impuesto al patrimonio. Este patrimonio se calcula restando las deudas del total de bienes poseídos y debe estar valorado conforme a las normas fiscales vigentes.

La primera cuota del impuesto, correspondiente al 50 por ciento  del total, debe pagarse entre el 12 y el 23 de mayo de acuerdo con el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT). La segunda cuota tiene como fecha única de pago el 12 de septiembre.

La Dian ha reiterado que el cumplimiento de esta obligación no está condicionado a que la persona haya recibido notificación previa. “Es deber del contribuyente verificar si cumple con las condiciones para declarar y presentar los formularios respectivos en las fechas establecidas”, indicó la entidad.

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El cambio afectaría a diversos sectores de la economía colombiana. Foto:FOTOMONTAJE A PARTIR DE IMÁGENES DE ISTOCK, DIAN

Información exógena: doble condición para declarar

La obligación de presentar información exógena —también conocida como reporte en medios magnéticos— no aplica para todas las personas naturales. Se activa solo si se cumplen dos condiciones simultáneamente.

En primer lugar, la persona debió haber tenido ingresos brutos iguales o superiores a 555 millones de pesos en 2023 o 2024. En segundo lugar, debe haber recibido durante 2024 ingresos iguales o mayores a 113 millones de pesos por rentas de capital o no laborales, según la legislación tributaria.

“Estas condiciones buscan focalizar el cumplimiento en contribuyentes con capacidad económica significativa y con múltiples fuentes de ingreso”, explicó González. La no presentación del reporte dentro del plazo puede derivar en sanciones proporcionales al monto de la información no reportada o reportada de forma incorrecta.

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Impuestos. Foto:iStock

Declaración de renta: claves para prepararse desde ya

Aunque el periodo para presentar la declaración de renta inicia en agosto, expertos recomiendan que las personas naturales comiencen la preparación con antelación. Desde el 31 de marzo de 2025, las entidades financieras y otras instituciones tienen disponibles los certificados tributarios que respaldan la información necesaria para el formulario.

Además, se debe verificar que el Registro Único Tributario (RUT) esté completamente actualizado. La Dian puede suspender de oficio registros con información desactualizada, lo que puede generar dificultades para declarar a tiempo.

“El hecho de que el RUT esté suspendido no exime al contribuyente de cumplir con sus deberes fiscales. Por el contrario, puede generar mayores riesgos de sanción si no se declara dentro del plazo correspondiente”, indicó EY.

Documentación y certificados: primer paso para cumplir

El punto de partida para cumplir con las obligaciones tributarias del año es la recolección de los documentos y certificados requeridos. Estos incluyen certificados de ingresos y retenciones, estados financieros, certificaciones de cuentas bancarias, inversiones y declaraciones anteriores.

“Reunir los soportes con tiempo permite que el proceso sea más ordenado y menos propenso a errores”, señaló Ángela González. “Un error común es esperar a último momento, cuando ya es difícil corregir o completar información”.

Según EY Colombia, una adecuada preparación incluye revisar los formularios oficiales, validar las cifras reportadas por terceros, y contar con asesoría si hay dudas sobre la aplicación de beneficios o deducciones tributarias.

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