Queda poco tiempo para que el mundo dé la bienvenida a la Semana Santa. Entre el domingo 13 de abril y el sábado 20, los fieles de la Iglesia conmemorarán los últimos días de Cristo: la cena con sus discípulos, el viacrucis hacia su cruz, la pasión de su muerte y la resurrección.
Si bien estos días son de profunda reflexión para quienes son creyentes; para otras personas, las fechas de esta festividad cuentan como días de descanso.
Para algunas personas, la Semana Santa es una oportunidad para tomar vacaciones. Foto:iStock
Durante esa semana, aprovechan para viajar o tomar un respiro del colegio o el trabajo. No obstante, otra buena parte de la población no tiene este privilegio y deberá trabajar durante la Semana Santa.
Si este es su caso, tome nota de lo que deberían pagarle en caso de tener que estar laborando durante estos días si recibe un salario mínimo en Colombia.
Quienes trabajen durante las festividades de Semana Santa, tendrán un recargo en su remuneración. Foto:iStock
Recargo de días festivos y dominicales
Tanto el Jueves y Viernes de la Semana Santa son festivos oficiales en el país. Quienes trabajen en estos dos días, según el Código Sustantivo del Trabajo, los empleados deberán ser remunerados con un recargo del 75 % sobre "el valor del salario ordinario en proporción a las horas laboradas".
Recuerde que el costo de la hora ordinaria en Colombia es de $ 7.737, teniendo en cuenta que la jornada laboral actualmente es de 46 horas.
Si va a trabajar durante la Semana Santa, su empleador deberá pagarle el recargo por festivos Foto:iStock
Para calcular las horas de recargo que deberían pagarle en un día festivo, puede utilizar la siguiente fórmula:
- $ 7.737 + $ 5.802 (75 % de $ 7.737) = $ 13.539
Si usted es un trabajador que laborará 8 horas durante alguna de las fechas mencionadas, el correspondiente pago resultará de la cuenta:
- $ 13.539 x 8 horas = $ 108.312
- Pago total del trabajo del Jueves y Viernes Santo: $ 108.312 x 2 = $ 216.624
Realice los cálculos de acuerdo a las horas que laborará y el valor de la hora ordinaria. Foto:iStock
Estos valores pueden cambiar de acuerdo con las horas que labore en el día, la aplicación de horas extras, si es que existen, y otras variables.
Próximas festividades
Aunque queda un poco más de un mes para la llegada de la Semana Santa, el mes de marzo no se queda atrás y ofrece al menos un festivo como descanso luego de una larga temporada.
El último festivo registrado fue el 6 de enero, el Día de Reyes. Tras dos meses sin descanso, este 24 de marzo, los colombianos podrán disfrutar de un merecido respiro.
Este 24 de marzo, los colombianos tendrán un festivo para poder descansar de sus jornadas. Foto:iStock
La celebración del Día de San José será el último festivo antes del Jueves y Viernes Santo. Si bien se conmemora oficialmente el 19 de marzo de cada año, por no caer el día lunes, la festividad termina corriéndose al lunes siguiente, según lo establece la Ley 51 de 1983.
Ya para el mes de abril, se tendrán los festivos tradicionalmente establecidos: el Jueves Santo, el 17 de abril, el Viernes Santo, el 18 de abril y el Domingo de Resurrección, el 20 de abril.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
MARÍA JULIANA CRUZ MARROQUÍN