Últimos días para reclamar el subsidio de Colombia Mayor 2025: hasta qué día tiene plazo

hace 1 mes 18

El Gobierno Nacional inició el primer ciclo de pagos del programa Colombia Mayor el pasado 21 de febrero de 2025. Aquellos beneficiarios que aún no han retirado el subsidio correspondiente, deberán hacerlo antes del 6 de marzo de 2025.

Colombia Mayor es un subsidio que tiene el objetivo de disminuir la desigualdad y proteger a los adultos mayores que estén en condición de pobreza extrema. Este año, el programa tendrá algunos cambios relevantes en el número de beneficiarios y en la cantidad de dinero de los subsidios.

Según el Departamento de Prosperidad Social (DPS) más de 1.6 millones de adultos mayores en situación de vulnerabilidad se verán beneficiados. La inversión total para este 2025 supera los $213.000 millones.

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Colombia Mayor es un subsidio que busca disminuir la desigualdad y proteger a los adultos mayores Foto:Prosperidad Social

Fechas para pagar Colombia Mayor 2025

Gustavo Bolívar, director de Prosperidad Social, expresó que se mantendrán los pagos y se extenderá la cobertura a más beneficiarios.

El primer ciclo de los pagos del Programa en 2025 comenzó el 21 de febrero y se extendió hasta el 6 de marzo. La inversión total que el Gobierno asignó para este pago supera los $ 213.000 millones para buscar el beneficio de más de 1.6 millones de adultos mayores de Colombia.

¿Qué pasa si no se reclama a tiempo el subsidio?

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Le contamos quienes pueden aplicar a este subsidio Foto:Prosperidad Social

El Departamento de Prosperidad Social (DPS), en el portal Noticias Caracol, anunció que si los acreedores no retiran el dinero dentro de las fechas establecidas pueden ser suspendidos en los futuros ciclos de pago. Y si se da el caso de que un acreedor no cobra el subsidio por cuatro ciclos continuos, puede ser expulsado del programa.

Según la página oficial de prosperidad social, el beneficiario que haya sido aceptado en el programa, perderá el subsidio asignado cuando no cumpla con las exigencias que se demandan debido a la ocurrencia de las siguientes causas de la pérdida del auxilio:

  • Fallecimiento del beneficiario.
  • Verificación de falsedad en la información dada o intento de obtener fraudulentamente el subsidio.
  • Recepción de una pensión.
  • La acogida de una renta que provenga de una actividad o bien, y que superé el monto estipulado en el numeral 3 del artículo 30 del Decreto 3771 de 2007 modificado por el Decreto 4943 de 2009.
  • Recibimiento de otro subsidio de vejez, cuyo dinero al combinarse con el del Programa de Protección Social al Adulto Mayor superé la cantidad de ½ SMMLV otorgado por una entidad pública.
  • La mendicidad verificada como actividad productiva.
  • El traslado a otro municipio o distrito.
  • No haber cobrado de manera consecutiva los subsidios programados en cuatro giros (dos giros para los municipios de pagos bimestrales).

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La ejecución de pagos estará a cargo de SuperGIROS y su respectiva red de aliados Foto:Prosperidad Social

¿Cómo se realizan los pagos?

La ejecución de pagos estará a cargo de SuperGIROS y su respectiva red de aliados, quienes escriben un mensaje de texto a cada acreedor, con los datos sobre la fecha, la disponibilidad del dinero y la cantidad exacta a recibir. Adicionalmente, los pagos están permitidos en puntos de entidades bancarias correspondientes y puntos como Efecty.

Recuerde que si es receptor del programa social Colombia Mayor se debe presentar con su documento vigente e identificarse a sí mismo como beneficiarios.

¿Quiénes pueden aplicar a Colombia Mayor?

  • Tener la ciudadanía colombiana.
  • Haber vivido los últimos 10 años en el país.
  • Tener como mínimo 3 años menos de la edad estipulada para pensionarse (hoy en día 54 años para las mujeres y 59 años para los hombres).
  • Tener falta de rentas o ingresos adecuados para sobrevivir. Según el Sisbén IV, se consideran todos los niveles de los grupos A, B y C hasta el subgrupo C1.

REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

ESTEFANÍA MAYORGA RINCÓN

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