Trump exigirá nuevos requisitos para extranjeros en EE. UU.: multas, prisión y hasta deportación por incumplir

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A partir del próximo viernes 11 de abril entran en vigor nuevos requisitos de “registro, porte de papeles y cambio de dirección” ordenados por la administración del presidente de Estados Unidos, Donald Trump, y que aplicará a todos los extranjeros (incluidos los que tienen green card) que se encuentren en territorio estadounidense.

La gran novedad dentro de los requisitos, como está articulado en la Regla Final Interina (IFR por su sigla en inglés) radicada por el Departamento para la Seguridad Interna (DHS) en Registro Federal, son las multas de hasta 5.000 dólares, prisión por 6 meses y hasta posible deportación para todos lo que incumplan.

Las medidas emanan de la orden ejecutiva 14159 firmada por el presidente Trump el 20 de enero para “proteger a los estadounidenses de una invasión”.

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Filas en oficinas de USCIS aumentan tras el anuncio de nuevos cambios en la normativa migratoria Foto:rerencia/ Milton Díaz / EL TIEMPO

El 25 de febrero, dando seguimiento a la Orden, el Servicio para la Ciudadanía y Migración (USCIS por su sigla en inglés) anunció la obligación de registro para los extranjeros, cuyos términos fueron desarrollados en la IFR del pasado 12 de marzo y que comenzarán a aplicarse a partir del 11 de abril.

Muchos de los requisitos no son nuevos y emanan de dos leyes previas: el Acto para la Inmigración y la Nacionalidad de 1942 y el Sistema de Registro para el Ingreso por Seguridad Nacional del año 2002, que exigían la documentación de extranjeros pero que no se aplicaban en su integridad y, aun cuando se hacía, las sanciones no eran severas.

Lo diferente ahora es la interpretación que hace Trump de estas normas, su aplicación con todo el rigor de ley, y las graves consecuencias por no cumplirlas.

En líneas generales, la IFR establece criterios para el registro de extranjeros, el porte de documentos en espacios públicos y cualquier cambio en el domicilio. Para comprender a fondo lo que le exigirán, EL TIEMPO se las explica.

Registro de extranjeros en Estados Unidos

Todo extranjero mayor de 14 años que permanezca más de 30 días en Estados Unidos está obligado a registrarse con el USCIS y llenar el formulario G-325R que exige la toma de huellas dactilares tanto de la persona como de sus dependientes menores de 14 años.

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La mayoría de personas que se encuentran legalmente en EE. UU., ya están registrados. Foto:Istock

Tenga en cuenta que, la mayoría de los individuos que se encuentran en Estados Unidos legalmente ya están registrados y cumplieron con el requisito de las huellas cuando ingresaron y se les expidió el documento I-94, o durante el proceso para obtener un permiso de residencia (green card). Así mismo, se consideran “registrados”, a los que se le concedió un permiso humanitario o parole y los que ya tienen permiso de trabajo, como los que tiene un Estatus de Protección Temporal (TPS), beneficiarios de Daca (personas que llegaron a EE. UU. siendo niños), y los que están en trámite de refugio o asilo.   

Estas personas, según el USCIS, no tienen que volver a registrarse. En otras palabras, la nueva solicitud de registro aplica, sobre todo, para los indocumentados y para ciudadanos de Canadá que pueden entrar a EE. UU. por menos de 30 días sin ningún trámite migratorio.

Quien incumpla con esta exigencia de registro tendrá que pagar una multa de 5.000 dólares, cárcel de hasta 6 meses y someterse a una probable deportación.

Este último aspecto es el más controvertido de todos. Si bien EE. UU. -o cualquier país del mundo- está en su derecho a exigir el registro, imponer una multa a quien incumpla y deportarlo, otra cosa es ordenar un arresto de seis meses, pues, bajo las leyes actuales de Estados Unidos, la ilegalidad en el país es un delito y no un crimen, y que por lo general se castiga con una sanción económica o con la expulsión dependiendo de las circunstancias.

Porte obligatorio de papeles para extranjeros en Estados Unidos

De acuerdo con las leyes vigentes bajo el Acto para la Inmigración y la Nacionalidad de 1942 y el Sistema de Registro para el Ingreso por Seguridad Nacional del 2002, todos los extranjeros deben portar el documento específico que demuestre su permanencia legal en el país.

Pese a ello, durante décadas, las autoridades del país han considerado como prueba valida de identificación otro tipo de “papeles”, como la licencia de conducción, las tarjetas de identidad, pasaportes y otros. Muchas personas, de hecho, suelen no cargar con sus green cards o pasaportes, en el caso de turistas, por temor a perderlos y por lo engorroso que puede ser conseguir copia.

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Extranjeros en EE. UU. deberán portar sus documentos para evitar multas y posibles detenciones. Foto:Archivo

Pero, bajo la nueva norma de Trump ninguno de esos documentos será considerado como válido ante las autoridades y quien no porte su documento oficial será multado también con 5.000 dólares y cárcel hasta por 30 días.

Según USCIS, a partir del 11 de abril las autoridades solo aceptarán como prueba válida de registro los siguientes documentos:

  • I-155, Green Card (permiso de residencia)
  • I-94, Registro de Llegada y Salida, electrónico o en pasaporte.
  • I-766, Documento de Autorización de Empleo (“EAD”).
  • I-95, Permiso de Desembarque de Tripulantes.
  • I-184, Permiso de Desembarque y Tarjeta de Identificación de Tripulante Extranjero.
  • I-185, Tarjeta de Cruce Fronterizo Canadiense para Extranjero No Residente.
  • I-186, Tarjeta de Cruce Fronterizo Mexicano para Extranjero No Residente
  • I-221, Orden para Mostrar Causa y Notificación de Audiencia
  • I-221S, Orden para Mostrar Causa, Notificación de Audiencia y Orden de Arresto de Extranjero.
  • Formulario I-862, Notificación de Comparecencia
  • Formulario I-863, Notificación de Remisión al Juez de Inmigración

Las autoridades han advertido que no se harán excepciones, ni siquiera para los residentes permanentes y que quien sea detenido sin alguno de estos documentos podría terminar arrestado varios días, mientras los allegados presentan el documento oficial y se procesa el pago de multas.

El plazo para reportar un cambio de dirección

El otro ajuste sustancial bajo las nuevas normas de Trump es relacionado con un cambio de domicilio.

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Todos los extranjeros tienen  10 días para reportar al USCIS un cambio de residencia. Foto:iStock

De ahora en adelante, cualquier ciudadano extranjero (incluidos los residentes permanentes) tiene 10 días para reportar al USCIS un cambio de residencia. La notificación debe ser “por escrito” e incluir la dirección y otros datos del nuevo domicilio. No cumplir con la exigencia se considerará un delito castigado con una multa de 5.000 dólares y prisión de hasta un mes.

Adicionalmente, dice la nueva norma, “cualquier extranjero que no haya cumplido con los requisitos de notificación de cambio de dirección del Título 8 del Código de Estados Unidos, Sección 1305, es deportable a menos que el extranjero demuestre que dicho incumplimiento fue razonablemente excusable o no fue intencional”.

Los únicos extranjeros viviendo legalmente en Estados Unidos que están exentos de reportar un cambio de dirección o de sanciones por no portar documentos son los diplomáticos y empleados de instituciones internacionales como la ONU, el Banco Mundial o el BID que cuentan con visas A o G.

Pero, incluso a estos se les recomienda cargar en todo momento con su pasaporte para evitar un mal rato con las autoridades estadounidenses.

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