Tribunal Administrativo del Magdalena anula elección por doble militancia de diputado para el periodo 2024-2027

hace 4 horas 40

En las últimas horas, se conoció que el Tribunal Administrativo del Magdalena anuló la elección de Alberto Mario Gutiérrez Uribe como diputado de ese departamento para el periodo 2024 - 2027, al parecer, por doble militancia.

Hay que recordar que el asambleísta estaba avalado por la coalición ‘Magdalena Grande’, conformada por el Partido Demócrata Colombiano, el Centro Democrático y Colombia Justa y Libre.

Según la sentencia, que se basó en pruebas como videos, fotografías y testimonios, se comprobó que el entonces candidato participó activamente en campañas de, al menos, cuatro aspirantes ajenos a su colectividad.

Entre ellos, están: Luz Helena Andrade, quien era candidata a la alcaldía municipal de Fundación (Magdalena) por el movimiento En Marcha; Héctor Fabio Zuleta Rovira, candidato a la alcaldía de Ciénaga por el movimiento Ven Trabajemos; Carlos Pinedo Cuello, candidato a la alcaldía de Santa Marta por Santa Marta Sí Puede; y Luis Arturo de la Ossa Angulo, candidato al Concejo de Fundación por Salvación Nacional.

La demanda fue impulsada por José Jorge Polo Vásquez y Dávinson Pedrozo Guerra, señalando nulidad electoral por doble militancia en la modalidad de apoyo, sustentándose en el artículo 2 de la Ley 1475 de 2011.

Esto respondió el demandado en el proceso

Según quedó consignado en el documento del Tribunal, el diputado del Magdalena, Alberto Mario Gutiérrez Uribe, contestó a través de su apoderado judicial oponiéndose a las pretensiones, porque a su juicio estas “carecen de fundamentos legales y probatorios, debido a que las certificaciones aportadas en la contestación evidencian que la información anexada por los demandantes carece de veracidad”.

Redes sociales

Alberto Mario Gutiérrez Uribe. Foto:Redes sociales

Agregó que los videos aportados a través de links “fueron eliminados, incurriendo con ello en la violación de las normas sobre cadena de custodia y conservación de la evidencia”.

Sostuvo que “es imposible obtener un estudio concluyente de la participación del demandado en conductas que deriven en doble militancia, cuando los medios de pruebas no existen o fueron adulterados o eliminados, sin tener acceso a su contenido para realizar el estudio de contradicción respecto de los hechos narrados por la parte demandante”.

En ese sentido, solicitó que sean negadas las peticiones de la demanda por las razones de orden legal con base en las pruebas aportadas al proceso y se ordene declarar probada la objeción por error grave al contenido del dictamen pericial.

El análisis de la Sala

Con fundamento en los testimonios practicados en audiencia y obrantes en el expediente, la Sala encontró que las declaraciones rendidas permiten acreditar, con un “alto grado de credibilidad”, la ocurrencia de actos de apoyo político por parte de Alberto Mario Gutiérrez Uribe a candidaturas distintas de aquellas avaladas por la coalición ‘Magdalena Grande’ a la cual pertenecía al momento de su inscripción como candidato a la Asamblea Departamental del Magdalena.

Los testigos no solo relataron haber presenciado expresiones verbales de respaldo, sino que detallaron circunstancias de tiempo, modo y lugar que permiten tener por demostrada la conducta atribuida al demandado.

“Los actos aquí reseñados no pueden interpretarse como gestos protocolarios o de cortesía política, sino que representan apoyos concretos y efectivos, con potencial persuasivo sobre el electorado. Por tanto, la Sala considera satisfecho el elemento objetivo”, indicó el Tribunal.

En este punto, advierte que la eliminación posterior de las piezas audiovisuales que se habían aportado al proceso no desvirtúa la eficacia probatoria del conjunto de testimonios.

Redes sociales

Alberto Mario Gutiérrez Uribe durante su campaña política. Foto:Redes sociales

Adicionalmente, el perito identificó y documentó eventos en los que se evidencia la participación conjunta del entonces candidato a la Asamblea del Magdalena, Alberto Mario Gutiérrez Uribe, con otros candidatos pertenecientes a organizaciones políticas distintas a la coalición que lo avaló.

Entre las conclusiones del Tribunal, sostiene que la conducta atribuida a Gutiérrez Uribe “excede el marco de la tolerancia política” al representar “un respaldo efectivo, público y reiterado a campañas rivales, en perjuicio de los compromisos de lealtad con su coalición de origen”.

En ese sentido, falló: “Declárese la nulidad de la elección del señor Alberto Mario Gutiérrez Uribe como diputado del departamento del Magdalena, para el periodo 2024-2027, contenida en el formulario E-26 ASA del 26 de noviembre de 2023”.

Asimismo, ordenó cancelar su credencial de diputado y que la curul vacante sea ocupada por quien legalmente corresponda.

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