Si este año presentó su declaración de renta ante la Dian y le dio un saldo a favor, es decir, que pagó más de lo que le tocaba por cuenta de la retención en la fuente del año anterior y ahora la entidad es la que le debe a usted, debe saber que puede pedir que se lo devuelvan.
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En total, según las cifras reveladas por la entidad, 6,15 millones de personas cumplieron con su obligación este año y el recaudo llegó a 21,77 billones de pesos.
Tener un saldo a favor es más común de lo que se creería entre los contribuyentes debido a que las retenciones en la fuente aplicadas pueden superar en algunos casos el impuesto realmente a pagar.
Este es un mecanismo que tiene la Dian para quitarle de manera anticipada mes a mes a los trabajadores un porcentaje de sus ingresos que se va sumando para el pago anual del impuesto sobre la renta.
Por ejemplo, en este 2024 la retención es obligatoria sobre los pagos mensuales de 6,5 millones de pesos. Sin embargo, esta cifra puede variar dependiendo de si el trabajador opta o no por hacer uso de ciertos conceptos que le permiten disminuir su base gravable.
Entre otros, se le puede disminuir la base si tiene medicina prepagada o planes de salud, si está pagando un crédito de vivienda, si tiene a su cargo dependientes o si ahorra de manera voluntaria en los fondos de pensión.
¿Cómo reclamar el saldo a favor?
Las personas que deseen pueden solicitar la devolución de su saldo a favor o, por el contrario, usarlo para pagar su impuesto del próximo año.
Si decide solicitarlo debe saber que puede presentar la solicitud ante la Dian al día siguiente de la presentación de la declaración de renta y a más tardar dos años después del vencimiento del término para declarar.
La entidad asegura que se puede demorar en devolverle el dinero hasta 50 días después de la fecha de la solicitud en la mayoría de los casos. Sin embargo, cuando el solicitante cumpla con los requisitos para acceder a la devolución automática pueden ser 15 días y cuando el responsable presente una garantía a favor de la Nación unos 20 días.
Para ello, debe demostrar una relación de las retenciones o autorretenciones en la fuente que originaron el saldo a favor del periodo solicitado y de los que componen el arrastre de dicho saldo.
¿Conviene pedir el saldo a favor?
Cuando una declaración tributaria arroje un saldo a favor, el contribuyente tiene dos posibilidades: imputar el saldo a favor al periodo siguiente del mismo impuesto para acumularlo y disminuir el valor a pagar del siguiente periodo o solicitarlo en compensación y devolución.
En este último caso, Andrés Bermúdez, director de Derecho Tributario de Godoy Córdoba, cuenta que la devolución opera únicamente cuando se hayan compensado todas las deudas y obligaciones de plazo vencido que el contribuyente tenga con la Dian.
“Antes de devolver cualquier suma de dinero, la Dian está en la obligación de extinguir cualquier deuda tributaria que el contribuyente tenga, por cualquier concepto. Una vez extinguidas esas deudas, se procede con la devolución”, aseguró.
Además, dijo que es importante destacar que la Dian realiza la devolución del saldo a favor mediante consignación a la cuenta corriente o de ahorros que el contribuyente indique cuando el saldo a devolver sea inferior a 1.000 Unidades de Valor Tributario (UVT). Para este 2024 esto equivale a 47 millones de pesos.
“Cuando la devolución sea por un monto superior, el pago se realizará a través de títulos de devolución de impuestos (Tidis) los cuales pueden ser utilizados para pagar otros impuestos o ser negociados en el mercado financiero”, contó.
Ángela González, associate partner People Advisory Services de EY Colombia, opinó que desde una perspectiva financiera convendría solicitar la devolución del saldo a favor bien sea por necesidades de flujo de caja o porque se trata de recursos que perteneciendo al contribuyente no obtendrán rendimiento con el paso del tiempo. Ahora bien, asegura que la solicitud de devolución implica adelantar el respectivo trámite y en muchas ocasiones, atender la respectiva auditoría que se realiza con motivo de la solicitud.
“Es importante revisar la planeación del impuesto de renta, de tal manera que las retenciones en la fuente que se descuentan a la persona a lo largo del año, sean lo más cercanas posible al que será el impuesto final determinado a través de la declaración de renta”, manifestó.