Ya se acerca el plazo para que los empleadores paguen los intereses de las cesantías a los trabajadores que tienen un contrato a término fijo o indefinido. Este valor debe reflejarse a través de la consignación de la nómina.
De acuerdo con la Superintendencia Financiera de Colombia, el valor de los intereses equivale al 12 % anual sobre el valor total de las cesantías.
Teniendo en cuenta lo anterior, recuerde que la consignación de los intereses debe ser realizado hasta este próximo 31 de enero, como plazo máximo.
Tenga en cuenta que si se retiró antes del 31 de diciembre de 2024, los interés deben ser proporcionados a los días laborados y pagados hasta la fecha de su retiro. Este monto deberá verse reflejado en el pago de la liquidación.
¿Qué pasa si el empleador no paga los intereses o las cesantías a tiempo?
Si el empleador incumple con el pago de los interés de las cesantías, "deberá cancelar al asalariado, a titulo de indemnización y por una sola vez, el valor adicional igual al de los intereses causados", según lo establecido en el numeral 3 de la Ley 52 de 1975.
Lo anterior quiere decir que, si el trabajador debió recibir el 12 % del pago, con la sanción deberá recibir el doble (24 %).
Según el Ministerio de Justicia, si su empleador no le paga las cesantías es recomendable que trate de llegar a un acuerdo antes de acudir ante las autoridades competentes.
Si no lo logra, señala la entidad, “usted puede acudir al inspector del trabajo, con el fin de recibir asesoría, presentar una queja por el incumplimiento de las obligaciones o en ciertos casos, intentar una conciliación sólo sobre los derechos que el trabajador puede negociar".
Si quiere conciliar y no hay un inspector de trabajo, puede acudir a instancias como la Defensoría del Pueblo o el Personero municipal.
¿Qué sucede si no se realiza el pago de las cesantías antes del plazo máximo?
El 14 de febrero es la fecha final para el pago de las cesantías en los fondos privados (AFP) o en el Fondo Nacional de Ahorro (FNA). Por lo tanto, si el empleador no realiza el pago en la fecha estipulada, "deberá pagar un día de salario por cada día de retardo".
Por ejemplo, si usted gana un salario de $ 1.423.500 mensuales, su salario diario es de $ 54.116.
¿Cómo calcular los intereses de cesantías?
Las cesantías se calculan multiplicando el salario por los días trabajados en el año, y este resultado se divide entre 360. De este modo, la fórmula para calcular los intereses de las cesantías está definida así: (Cesantías x Días trabajados x 0,12)/360.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS