El Consejo de Estado anuló la elección de los senadores John Jairo Roldán Avendaño (Partido Liberal) y Alirio Barrera Rodríguez (Centro Democrático) como primer y segundo vicepresidente del Senado para el periodo legislativo 2024-2025. La decisión, conocida la noche del 8 de mayo, se tomó al considerar que en ambos casos se incumplieron normas relacionadas con la participación de las minorías políticas y la alternancia de género, situación que dejó vacante dos puestos claves de la mesa directiva de esa corporación.
Según la Sección Quinta del alto tribunal, la elección del senador Roldán no respetó la disposición legal que reserva la primera vicepresidencia del Senado para representantes de partidos minoritarios. El Partido Liberal, al que pertenece Roldán, tiene 13 curules en el Senado de la República, lo que lo convierte en la tercera colectividad con mayor representación. “No puede considerarse minoritario”, concluyó el Consejo de Estado.
El alto tribunal anuló la elección de los senadores John Roldán y Alirio Barrera Rodríguez.
Foto: Jesús Blanquicet. EL TIEMPO
Durante el proceso, el senador Roldán, a través de su apoderado, argumentó que su elección no vulneró los derechos de las minorías debido a que estas no presentaron candidatos. Señaló que partidos como Mira y Comunes optaron por no postular nombres, lo cual está consignado en las actas de la sesión del 20 de julio de 2024. Sin embargo, el Consejo de Estado respondió que la ausencia de postulaciones no habilita a una fuerza mayoritaria para ocupar una posición reservada para minorías.
En cuanto a la elección de Alirio Barrera, el Consejo de Estado determinó que se incumplió el principio de alternancia de género contemplado en la Ley 1909 de 2018. El fallo indicó que “por tercera vez consecutiva en el cuatrienio 2022-2026, un senador hombre representa a la oposición en la segunda vicepresidencia”, a pesar de que el Centro Democrático, partido al que pertenece el congresista, cuenta con cuatro senadoras mujeres elegibles. “La alternancia no es una posibilidad, es una obligación legal”, subrayó el tribunal.
Como resultado de esta decisión, quedó sin efecto el acta de la sesión del 20 de julio de 2024 en la que se eligieron ambos vicepresidentes. Ahora, la presidencia del Senado deberá convocar una nueva plenaria para realizar otra elección, en la que se cumpla con los requisitos que están establecidos en la Ley 5.ᵃ de 1992 y la Ley 1909 de 2018.
La nueva elección deberá garantizar la participación de minorías en la primera vicepresidencia, tal como lo establece el artículo 40 de la Ley 5.ᵃ de 1992. Asimismo, se deberá respetar el principio de alternancia de género en la designación del segundo vicepresidente. Ambas elecciones deben realizarse y el ganador será elegido con mayoría simple, según el reglamento interno del Congreso. Cabe mencionar que contra este fallo no procede recurso alguno.
Plenaria del Senado de la República. Foto:Gobernación
De acuerdo con el procedimiento, el presidente del Senado debe incluir en el orden del día de una próxima sesión plenaria la convocatoria para la elección de los nuevos vicepresidentes. En esa votación podrán participar todos los senadores, y las candidaturas deberán ser presentadas oficialmente durante la misma sesión.
Se espera que los partidos minoritarios, como Mira, Comunes o agrupaciones indígenas, presenten aspirantes para la primera vicepresidencia. En cuanto a la segunda vicepresidencia, el partido de oposición que proponga la candidatura deberá postular sí o sí a una mujer, en cumplimiento de la Ley 1909.
Advertencias previas
Durante la sesión del 20 de julio de 2024, día en que fueron elegidos Roldán y Barrera, algunos congresistas expresaron preocupaciones sobre las postulaciones. Carlos Fernando Motoa, senador de Cambio Radical, señaló que el Centro Democrático debía postular a una mujer para la segunda vicepresidencia, en cumplimiento de la paridad de género.
“Por lo tanto, le correspondería en este tercer inicio de legislatura ocupar la Segunda Vicepresidencia por la oposición a una mujer; el partido Centro Democrático tiene tal vez cinco, todas muy capaces con trayectoria, con reconocimiento y le correspondería también en la última legislatura al partido Cambio Radical postular a una mujer para que ocupe esa dignidad. Lo contrario, lo contrario en mi criterio sería desconocer una ley de mayor jerarquía”, afirmó durante la plenaria.
Carlos Fernando Motoa, senador de Cambio Radical. Foto:Prensa Senado
La discusión en ese momento abrió espacio para otras inconformidades, como la del senador Carlos Guevara, del partido Mira, quien pidió reconocer a las minorías en la primera vicepresidencia.
La senadora Carolina Espitia también se pronunció este miércoles y recordó que ya había advertido sobre el riesgo legal de elegir a Barrera. “En su momento lo advertimos: era necesario elegir a una mujer para la mesa directiva, en cumplimiento de la norma sobre alternancia de género. En ese caso, le correspondía a una mujer del mismo partido del senador Alirio Barrera asumir esa responsabilidad”, dijo.
Antecedentes similares
La anulación de estas designaciones no es un hecho sin precedentes. El 7 de marzo del 2024, el Consejo de Estado anuló la elección de la senadora María José Pizarro como primera vicepresidenta del Senado. En ese caso, la decisión se basó en que Pizarro, aunque fue postulada por el partido Mais, actuaba como integrante del Pacto Histórico, coalición con el mayor número de curules en el Senado.
“La elección de María José Pizarro Rodríguez como primera vicepresidente de la cámara alta del Congreso desconoce lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 5.ᵃ de 1992, por cuanto pertenece a la agrupación que más curules ostenta en esa corporación pública”, indicó el fallo.
La elección de la senadora María José Pizarro como vicepresidenta también fue anulada. Foto:Prensa Senado
En ese momento, el presidente Gustavo Petro expresó su desacuerdo con la decisión del Consejo de Estado, cuestionando los criterios utilizados por el alto tribunal. “¿Por qué cuando éramos minorías y oposición nunca se falló a favor de estar en la primera vicepresidencia del Senado, y ni siquiera en las mesas directivas? ¿Por qué para quitarnos de las mesas directivas del Congreso sí somos del Pacto Histórico y no de sus partidos constitutivos, pero para quitarnos las curules sí somos de los partidos constitutivos y no del Pacto Histórico?”, escribió en su cuenta de X.
CAMILO A. CASTILLO
Redacción Política
X: (@camiloandres894)