Luego de que el presidente de Estados Unidos, Donald Trump firmara una orden ejecutiva que impide la entrada al país a ciudadanos de 12 países considerados una amenaza a la seguridad nacional, y la restringe las visas a ciudadanos de otras siete naciones, un abogado de inmigración respondió qué va a pasar con los venezolanos y cubanos que ya están dentro del territorio norteamericano.
Entrevistado por el medio Univisión, el defensor de extranjeros Armando Olmedo opinó que la medida del mandatario estadounidense "va a afectar específicamente a un grupo particular de visas de no inmigrante" y a otras personas. "La suspensión de emisión de visas tipo B-1, B-2, es decir, las de negocios y turismo, y las visas de estudiante, F, J, M, van a ser interrumpidas para nacionales de Cuba y de Venezuela", advirtió.
Asimismo, agregó que la disposición también abarca la emisión de visas de inmigrante, las que son de residencia. "Van a ser suspendidas en todos los puestos consulares a nacionales de esos dos países", sostuvo.
En tanto, de acuerdo a la administración Trump, el motivo principal por el que establecen esta iniciativa es porque el gobierno de EE.UU. no tiene cómo investigar los antecedentes de quienes solicitan visado.
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¿Cuáles son las excepciones de la orden ejecutiva de Trump?
Olmedo aclaró que existen algunas excepciones para los ciudadanos venezolanos y cubanos. "Si estas personas están fuera de EE. UU. en la fecha de la emisión de esta orden y no tienen una visa válida en el día de la proclamación, y tienen una visa de turista tipo B-1 o B-2, J-1, F, M, no deberían ser impactados".
Por otra parte, el abogado explicó que las demás visas de negocios, tipo O, H, L, aún las pueden recibir nacionales de Cuba y de Venezuela. "Las van a restringir como sea permitido por ley, todavía no sabemos si eso es que las van a limitar el periodo de validez, o si le van a limitar el número de ingresos al país", alertó.
Además, mencionó que los inmigrantes residentes tendrán una excepción importante y es que la medida "no le aplica a los que cuentan con una visa de familiar inmediato". Y aclaró: "Es decir, si un esposo pide a una esposa que sea cubana o venezolana, hay una excepción para esas personas".
Por último, sobre los extranjeros que tienen una visa de inmigrante a través de un empleador, y son de Cuba o Venezuela, comentó que no le van a emitir una visa de inmigrante en un consulado o una embajada. "Lo que son las EB-1, EB-2 o EB-3, por ahora está suspendido", concluyó.