En medio de la controversia política y jurídica que ha generado su propuesta de consulta popular, el presidente Gustavo Petro defendió con vehemencia su iniciativa y denunció lo que calificó como “una dictadura de la oligarquía” que impide la libre expresión del pueblo colombiano.
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A través de una publicación en su cuenta de X (antes Twitter), el mandatario respondió a las críticas recibidas tras el anuncio de su intención de aplicar el artículo 86 de la Constitución Nacional, que permite la convocatoria a consulta popular como mecanismo de participación ciudadana.
Declaraciones del Presidente Petro en X. Foto:Captura de pantalla @gustavopetro
“Me llamó dictador, la dictadura de la oligarquía que con trampas no permite la libre expresión del constituyente primario. Base genuina de la democracia y el poder público”, escribió Petro, en un mensaje dirigido a sus detractores y a quienes han cuestionado la legalidad y legitimidad de su propuesta.
El jefe de Estado también señaló que se han producido múltiples irregularidades en el trámite parlamentario relacionado con la consulta. “Una juez repite en fallo, lo que dije: hubo una violación flagrante al debido proceso parlamentario. Yo he encontrado seis graves violaciones”, afirmó, haciendo alusión a fallos judiciales que, según él, respaldan su postura.
La controversia se intensificó luego de que el presidente planteara que, si el Senado no se pronuncia dentro de los 30 días siguientes a la radicación de la solicitud de consulta popular, el presidente puede decretarla de forma directa. “No es cierto, es mentira, que si no hay decisión válida del Senado 30 días después de presentada la consulta, el presidente no pueda decretarla. Me habilita expresamente la ley”, escribió Petro, en un intento de aclarar los fundamentos legales detrás de su posición.
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¿Qué dice el artículo 86?
El artículo 86 de la Constitución Política de Colombia contempla mecanismos de participación directa como el referendo, el plebiscito y la consulta popular, los cuales permiten a la ciudadanía pronunciarse sobre temas de interés nacional. Para que una consulta popular sea convocada por el presidente, debe contar con la aprobación previa del Senado. Sin embargo, la interpretación del plazo de 30 días para su trámite ha generado múltiples debates jurídicos y políticos.
La propuesta de Petro ha sido interpretada por sectores opositores como un intento de desconocer los equilibrios institucionales del país y de buscar apoyo popular por fuera de los canales tradicionales del Congreso. No obstante, el presidente insiste en que su propuesta no viola la Constitución, sino que la aplica en su espíritu más democrático: “Base genuina de la democracia y el poder público”, escribió, defendiendo el derecho de la ciudadanía a participar directamente en decisiones clave.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS