Pensión: así deben empezar a realizar los aportes los trabajadores independientes desde el próximo año

hace 2 semanas 26

Con la aprobación de la Reforma Pensional  hay varios puntos clave sobre los aportes a pensión que los trabajadores independientes  que ahora se deben tener en cuenta desde  julio del año entrante, momento en el que entra en vigor el nuevo sistema de jubilaciones que aprobó el Congreso de la República.

Conforme a los criterios de

El nuevo sistema deja ahora a los trabajadores independientes como  los únicos  responsables de su propio pago de aportes.

Además ahora los trabajadores podrán verificar los aportes a pensión, se podrá hacer un cruce con la información que tienen las autoridades tributarias y se tendrá acceso a otras informaciones reservadas.

“Los aportes podrán ser realizados por terceros a favor del afiliado sin que tal hecho implique por sí solo la existencia de una relación laboral, sin que por ello se entiendan habilitadas formas de contratación prohibidas expresamente por la ley”, establece el articulado.

Por ahora, para hacer la liquidación, se  mantienen los mismos porcentajes para pagar; se hace en base al 40 por ciento del contrato y sobre ese se paga el 16 por ciento, no hay modificaciones.

Ahora,  las cotizaciones de los trabajadores independientes que no se consignen dentro de los plazos señalados, “generarán un interés moratorio a cargo del empleador, contratante o contratista, igual al que rige para el impuesto sobre la renta y complementarios”, establece el documento

Cotización por semanas en la reforma pensional. Así es el acumulado

Cotización por semanas en la reforma pensional. Así es el acumulado

Foto:iStock

El Gobierno nacional además reglamentará la forma de realizar el cobro de los aportes dejados de realizar por parte del empleador, contratante o contratista.

Esos intereses se abonarán proporcionalmente al fondo de reparto del Componente de Prima Media o en la cuenta individual del Componente Complementario de Ahorro Individual, según corresponda de acuerdo del caso del cotizante.

“Los ordenadores del gasto de las entidades del sector público que sin justa causa no dispongan la consignación oportuna de las cotizaciones, incurrirán en causal de mala conducta, que será sancionada con arreglo al régimen disciplinario vigente”, establece el documento.

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