En varios puntos de Bogotá se han delimitado los sectores en los que las personas suelen infringir los límites de velocidad. Para ello, han implementado cámaras de fotodetección con el fin de prevenir la siniestralidad en las vías y proteger la integridad de peatones y conductores.
El artículo 106 de la Ley 2251 de 2022 establece cuáles son las velocidades máximas que deben cumplir los vehículos particulares y de servicio público.
Conductores en las vías de Bogotá deben cumplir con los límites de velocidad establecidos. Foto:Archivo EL TIEMPO
Los límites de velocidad que se deben tener en cuenta son:
- Zonas residenciales, escolares y hospitalarias: 30 km/h.
- Vías con mayor tráfico vial o principales corredores: 50 km/h.
- Carreteras nacionales y departamentales: 90 km /h.
- Vías de doble calzada que no contengan pasos peatonales: 120 km/h.
Bogotá cuenta con ocho puntos de fotomultas para evitar ir a más de 30 km/h
Por la presencia de colegios, hospitales y zonas residenciales de alto flujo, se han establecido ocho puntos de fotomultas estratégicos en los que se ha determinado colocar un límite de velocidad de 30 km/h.
Estas son las ubicaciones de las cámaras detectoras:
- Calle 139 con carrera 131, en el sentido este - oeste.
- Av. Ciudad de Cali con calle 135A, en el sentido sur - norte.
- Av. Ciudad de Cali con calle 135A, en el sentido norte - sur.
- Av. carrera 10 con calle 13 sur, en el sentido norte - sur.
- Av. carrera 10 con calle 13 sur, en el sentido sur - norte.
- Carrera 33 con calle 41 sur, en el sentido sur - norte.
- Carrera 33 con calle 41 sur, en el sentido norte - sur.
- Calle 63 Sur con carrera 97B, en el sentido este - oeste.
Bogotá cuenta con 8 cámaras de fotomulta que no permiten superar los 30 km/h. Foto:Mauricio Moreno / EL TIEMPO
Con la actualización de los precios de las multas para este 2025, los infractores de las normas de tránsito enfrentarán sanciones mucho más costosas, además de una posible suspensión de su licencia en casos de reincidencia o casos graves.
En el caso de las fotomultas, de acuerdo con la Tabla de Autoliquidación de Infracciones de Tránsito 2025, presentada por la Secretaría de Tránsito de Bogotá, el comparendo sanciona que quienes conduzcan por encima del límite permitido deberán pagar un total de $ 604.100 pesos.
Tabla actualizada de los nuevos precios de las infracciones para 2025. Foto:Movilidad Bogotá
Se trata del literal C, específicamente el código C05: "No reducir la velocidad según lo indicado por este Código, cuando transite por un cruce escolar en los horarios y días de funcionamiento de la institución educativa. Así mismo, cuando transite por cruces de hospitales o terminales de pasajeros".
Si se superan las otras velocidades permitidas en los otros corredores viales, el infractor deberá pagar $ 604.100 pesos, de acuerdo con la sanción C29 de la Tabla de Autoliquidación de Infracciones de Tránsito 2025.
Quienes excedan la velocidad, deberán pagar más de $ 600.000 pesos. Foto:Alcaldía de Barranquilla
¿Puede obtener descuentos en el pago de los comparendos en 2025?
De acuerdo con la Secretaría de Movilidad, los conductores que tengan multas pendientes de pago podrán realizar los cursos pedagógicos en los 10 puntos de atención de la entidad.
De acuerdo con Movilidad, el acceder a estos cursos puede ayudarle a obtener un descuento de hasta el 50% en el valor de la sanción. Este beneficio es tanto para las comparendos electrónicos como para los que han sido reportados en vía.
Puede obtener descuentos en el pago de sus multas de tránsito si hace cursos pedagógicos. Foto:Alcaldía de Bogotá
El agendamiento de la cita es completamente gratuito y se puede realizar a través de la página de la Secretaría o la aplicación digital de 'Mi Movilidad a un clic'.
Estos cursos permiten que los conductores tomen conciencia de las normas de tránsito y opten por adoptar comportamientos y hábitos que protejan la vida de los actores viales.
Los descuentos de las multas en la vía se aplicarán de la siguiente manera:
- 50 % de descuento: si se realiza el curso y el pago dentro de los 5 días hábiles siguientes a la imposición de la sanción.
- 25 % de descuento: si se realiza el curso y el pago entre los 6 a 20 días hábiles siguientes a la fecha de notificación.
Para las infracciones electrónicas son:
- 50 % de descuento: si se realiza el curso y el pago dentro de los 11 días hábiles siguientes a la imposición de la sanción.
- 25 % de descuento: si se realiza el curso y el pago entre los 12 a 26 días hábiles siguientes a la fecha de notificación.
Si asiste al curso y paga en el plazo establecido, podrá tener hasta el 50% en el valor de la multa. Foto:Alcaldía de Bogotá / iStock
Cuando se termine el curso, la sanción será liquidada y el descuento será aplicado en el nuevo valor. El pago podrá realizarlo por medio de PSE o los puntos autorizados del Banco de Occidente, Banco Caja Social y Grupo Éxito.
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS
MARÍA JULIANA CRUZ MARROQUÍN