Los detalles de la contratación millonaria por el transporte escolar en Cali; así se hará la adjudicación

hace 2 horas 26

Llegó el día decisivo para que finalmente, en la alcaldía de Cali puedan conjurar, de manera definitiva, la crisis que en el último mes puso en aprietos a padres y a los acudientes de 20.513 niños y jóvenes para desplazarse hacia hacia las instituciones educativas públicas, en la ciudad.

Este 4 de marzo, como lo anunciaron la secretaria de Educación de Cali, Tatiana Aguilar, y en la Alcaldía, se cumple el plazo para la adjudicación del contrato, con el fin de prestar el servicio.

La directora del departamento administrativo de Gestión Jurídica Pública de la alcaldía de Cali, Ana Catalina Castro, le dijo a EL TIEMPO que el proceso, encabezado por la secretaría de Educación del distrito se hará por el mecanismo de la bolsa mercantil de Colombia, el cual, “no se ha interrumpido, ni se ha cancelado”, pese a que la semana pasada se anunció contratar el servicio por 2.115 millones de pesos a operadores del 25 de febrero a este 4 de marzo, “conservando los mismos valores de 2024” y bajo la figura de la urgencia manifiesta.

En esa semana de contratación directa por la misma urgencia manifiesta fueron cuatro operadores, los encargados por la Administración distrital para brindar el servicio hasta tanto se defina al nuevo operador. 

¿Qué es la urgencia manifiesta?

De acuerdo con la ley, la urgencia manifiesta es un mecanismo excepcional que permite a las entidades estatales contratar de manera inmediata para atender situaciones de crisis.

Esta figura dentro de la ley 80 de contratación estatal se puede aplicar cuando la continuidad del servicio público exige la prestación de servicios, el suministro de bienes o la ejecución de obras. 

También, cuando se presenten situaciones de excepción o cuando se trate de conjurar situaciones que supongan grave peligro. Además, cuando se presenten necesidades que afecten a la defensa nacional.

Protestas en Cali por falta del servicio de transporte escolar.

Protestas en Cali en el último mes por el servicio de transporte escolar. Foto:Juan Pablo Rueda / EL TIEMPO

¿Cómo se hará la nueva contratación para este año lectivo?

El proceso de este martes 4 de marzo se llevará a cabo por subasta inversa y una rueda de negocios.

La directora del departamento administrativo de Gestión Jurídica Pública de Cali explicó: “De acuerdo con el informe técnico remitido por dicho organismo, el pasado 21 de febrero de 2025, el proceso de contratación, actualmente, se encuentra en etapa de ‘republicación’ de la convocatoria de rueda de negociación, pues la prevista para el 20 de febrero de 2025 no se pudo llevar a cabo, ya que ningún proponente se encontraba habilitado, debido a que algunos requisitos habilitantes fueron subsanados fuera de los tiempos establecidos en el reglamento interno de la bolsa mercantil”. 

La funcionaria dijo que fue una “situación completamente ajena a la voluntad de la administración del distrito especial de Santiago de Cali”. 

Añadió: “Por lo anterior y atendiendo el reglamento de la bolsa, resultó necesario realizar una nueva publicación de la ficha técnica de negociación, iniciando un nuevo ciclo de presentación de propuestas. Ahora bien, una vez surtidas las etapas de recepción de documentos y evaluación de ofertas, se tiene previsto, de conformidad con los tiempos previamente establecidos en el reglamento de la bolsa mercantil de Colombia, que la adjudicación finalice con una rueda de negociación exitosa, de manera, que el día 4 de marzo de 2025 se cuente con el contratista seleccionado por la bolsa para la prestación del servicio de transporte escolar, en la vigencia 2025”.

Protestas en la vía al mar por el transporte de servicio escolar.

En la ladera están atentos al operador definitivo del transporte escolar. Foto:Juan Pablo Rueda / EL TIEMPO

El monto para el contrato

Según la Alcaldía, hay 29.000 millones de pesos para la contratación, “pero, al ser subasta inversa, todavía no se precisa en cuánto quedaría la adjudicación”.

Sobre la declaración de urgencia manifiesta para lograr contratar directamente y aliviar la crisis, en parte, la directora Castro sostuvo: “Se efectuó en atención a que se anticipó que el cronograma del proceso adelantado por la secretaría de Educación, solo arribara a la firma y ejecución del respectivo contrato hasta principios del mes de marzo del año en curso, lo cual, estaba haciendo nugatorio el goce efectivo de los derechos y garantías que le asisten a niños, niñas y adolescentes beneficiarios del programa de transporte escolar, desde el inicio del calendario escolar y hasta tanto se cumplieran todos los requisitos legales para la suscripción y el inicio de ejecución del contrato estatal, que se derive de dicha rueda de negocios y que llevará a cabo por la bolsa mercantil del Estado colombiano”.

La directora Castro, dijo, además, "La ley 80 es la ley de contratación pública. En esta ley se establecen las modalidades de contratación y cómo contratamos las entidades públicas, entre ellas, está un mecanismo excepcional que está en el artículo 42 y es el instrumento efectivo que les da todas las entidades públicas, que se encuentran inmersas en una situación excepcional, o se encuentran inmersas en una situación, en la que tienen que tomar acciones inmediatas".

Afirmó: "En este caso nos tocó tomar una acción inmediata, porque en cumplimiento de la ley de contratación pública estábamos adelantando un proceso de selección. Ese proceso tuvo algunas dificultades que nos llevó a nosotros a tomar una acción, a remediar, en este momento, la situación del transporte escolar de los niños".

"Por eso, amparados en la misma ley 80, en donde se establecen mecanismos de que en el momento que no se pueda garantizar la continuidad en la prestación de algún servicio, entiéndase en este caso, del servicio de transporte escolar, nosotros decidimos declarar la urgencia manifiesta, amparados totalmente en la legalidad", explicó la directora jurídica de Cali.

.

Servicio de transporte escolar Foto:Archivo particular

Señaló que el mandatario de los caleños no estaría incurriendo en una falta que le implique sanción. Reiteró que en la Alcaldía se basaron en la ley 80 para actuar ante algún riesgo y ese riesgo era la falta de transporte escolar. "La contratación directa es la manera más sencilla de ponerle fin un riesgo y cuál es el riesgo acá, es la educación de los niños. Por eso, actuamos", anotó.

Siguen dudas por aplicación de urgencia manifiesta

Pero, la concejal Ana Erazo había dicho: "No solo la urgencia manifiesta que declaró el alcalde por el tema del transporte escolar podría ser ilegal ya que no es un hecho imprevisible sino que es producto de la negligencia de su secretaria Tatiana Aguilar, además parece que al pasar las horas la situación en vez de mejorar se pone peor".

Erazo también expresó, a través de su cuenta de X: "Alcalde, a través de Diego Hau (director de Planeación de Cali), se anunció que el servicio de transporte se reanudaría en las horas siguientes del martes 25. ¿Saben que esta es la hora, en la que la secretaría de Educación de Cali no tiene ningún proceso de contratación en SECOP de ese tipo? Si el servicio ya lo están prestando de emergencia, ¿con que plata lo están pagando? ¿Con qué figura lo están justificando?".

La cabildante añadió: "Alcalde Alejandro Eder, si el proceso no se ha publicado, no existe formalmente una contratación válida y ustedes ya están prestando el servicio. ¿Están gastando dinero sin los soportes requeridos? En la alcaldía de Ospina existieron hechos graves e, incluso, indignantes, pero algo tan improvisado, amateur e ilegal, con un sentido de no importar lo que digan la Personería de Cali, la Contraloría del distrito ni mucho menos, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General de la República".

El abogado Élmer Montaña también cuestionó la figura de urgencia manifiesta que soportó la reanudación del servicio con nuevos recursos durante una semana.

“El alcalde llevó a cabo la declaratoria de urgencia manifiesta, violando la ley 80 de 1993, que expresamente señala que este tipo de situación solamente puede ser decretada en estado de excepción, cuando ocurren hechos constitutivos de fuerza mayor o desastres que demanden actuaciones inmediatas. Lo que sucedió, en este caso, fue la falta de planeación”, sostuvo el litigante Montaña, que teme ‘contratos a dedo’, porque la urgencia manifiesta permite la contratación directa y no procesos de selección pública.

La abogada y veedora ciudadana Luz Betty de Borrero, dijo: “Es cierto que la administración distrital debe garantizar de manera oportuna y eficiente la prestación del servicio de transporte escolar a los niños, las niñas y los adolescentes, para lo cual debe prever y prevenir cualquier situación que altere o haga nugatorio (nulo) la prestación de dicho servicio".

Sostuvo: "La administración distrital con más de 13 meses en el ejercicio de sus funciones, resultó ineficiente e ineficaz en la gestión que debía cumplir la secretaría de Educación en lo referente al transporte escolar para los niños que residen en el área rural, zona de ladera y en lugares alejados al centro educativo dentro del área urbana".

"La veedora también dijo: "Los requisitos y trámites legales previos a la contratación administrativa no pueden considerarse un obstáculo dilatorio para la gestión pública, utilizando esta circunstancia como pretexto para apelar a la contratación directa, es decir, sin licitación pública".

Agregó: "Lo anterior pone en riesgo la transparencia, objetividad y moralidad de la administración pública, fuera de que con base en la figura de la 'urgencia manifiesta' termine utilizándola para contratar en forma exprés y directa, toda clase obras, bienes y servicios que requiera el ente territorial en este caso el distrito de Cali.

No obstante, según la abogada, "el alcalde, quizás previendo una investigación disciplinaria y fiscal, en un aparte del decreto de la urgencia manifiesta, advierte a la secretaria de Educación que apelar a esta figura puede constituir una conducta grave que amerite la respectiva investigación".

La veedora aseguró que "le corresponde al Concejo distrital citar a debate de controlen relación con estos hechos que sientan un mal precedente en torno a la contratación directa o a 'dedo', convertida en tendencia general dentro de la concepción del Estado contratista".

“Los requisitos y los trámites legales previos a la contratación administrativa no pueden considerarse un obstáculo dilatorio para la gestión pública, utilizando esta circunstancia, como pretexto para apelar a la contratación directa”, dijo la abogada de Borrero.

CAROLINA BOHÓRQUEZ

Corresponsal de EL TIEMPO

Cali

Leer Todo el Artículo