El Juzgado Segundo Penal del Circuito de San Juan de Cesar, La Guajira, revocó la medida de aseguramiento en centro carcelario impuesta al abogado penalista Nilson José Solano Brochero, señalado como responsable del homicidio de su primo el ginecólogo Ricardo Rodríguez Brochero, ocurrida el 13 de octubre en el municipio de Barrancas, al sur de La Guajira.
Según lo dispuesto por la jueza Adriana Marcela López López, el abogado cumplirá la medida de aseguramiento en su domicilio, amparada en el artículo 307, literal A numeral 2 del Código de Procedimiento Penal.
La medida en primera instancia había sido impuesta por el Juzgado Promiscuo Municipal con Función de Control de Garantías del municipio de Barrancas, el pasado 22 de octubre de 2024.
La decisión ha generado rechazo entre los familiares de la víctima de acuerdo con lo que ha manifestado el abogado de la familia, Juan Pablo Molina, quien expresó también su inconformidad.
“El mensaje es claro: cualquier persona en el país puede cegar la vida de otra, siempre y cuando no tenga antecedentes judiciales y puede enfrentar el proceso con detención domiciliaria. Este es el mensaje que están dando a la comunidad vallenata y a toda La Guajira”, indicó Molina en el programa Tribuna del Cesar de Radio Guatapurí.
Molina añadió que las víctimas consideran injusto que, pese a que la jueza reconoce el carácter doloso del delito, concluyera que Solano no representa un peligro para la sociedad ni para las víctimas.
“Inicialmente manifiesta que efectivamente sí, es un delito doloso, que sí hubo la intención de hacer daño y que fue dejado al azar, pero, contradictoriamente o sorprendentemente considera ella que con una detención domiciliaria bastaría para que él pueda enfrentar el proceso”, puntualizó.
Abogado denuncia que el agresor nunca fue enviado a la cárcel
Molina también señaló inconsistencias en la administración de justicia, afirmando que, aunque la medida inicial de aseguramiento ordenaba el traslado inmediato de Solano a un centro penitenciario, este no se ejecutó. Denunció que oficiaron a los centros penitenciarios y se tuteló para ‘rogar’ que se le diera traslado al abogado a un centro carcelario, pero nunca se cumplió.
“Ojalá la administración de justicia, así como lo hizo en esa oportunidad cuando se le impuso la medida de aseguramiento en el centro de reclusión, haga lo mismo en la detención domiciliaria. Que no sea tan efectiva y tan rápida para poder hacer ese traslado a detención domiciliaria, es lo que dicen las víctimas en este momento”, indicó el abogado defensor.
El proceso judicial sigue su curso, con la acusación formal en manos de un juzgado de Bogotá, que asumió la responsabilidad. Según el abogado, están a la espera de la programación de las audiencias correspondientes.
"Se trata de un homicidio cuyo movil no existe": abogada del agresor
Por su parte, la abogada Mauren Puente, quien representa los intereses del agresor, indicó que la decisión de la juez ha sido muy detallada y pedagógica, que no se necesita ser abogado para entender lo que dijo.
Explicó que Solano, es una persona que no tiene antecedentes, es un abogado que no ha tenido una sola investigación disciplinaria en el ejercicio de su profesión, además, no tiene un riesgo de obstruir la justicia y la detención domiciliaria también lo priva de la libertad.
“Se trata de un homicidio cuyo movil no existe hasta el día de hoy, no lo ha expuesto la fiscalía, y que se trata de aclarar si es en dolor eventual o en culpa con representación. Puede terminar siendo un homicidio culposo o con culpa con representación que es lo que la gente tiene que entender la intención no la hubo”, puntualizó Puente.
Los hechos
El asesinato ocurrió el 13 de octubre de 2024 en el barrio Lleras de Barrancas, La Guajira. Cuando Ricardo Rodríguez y su primo Nilson Solano discutían en la entrada de una vivienda, en la que se encontraban departiendo con otros familiares.
Durante una de las audiencias, la Fiscalía General de la Nación indicó que una discusión personal entre la víctima y el agresor habría motivado a Nilson a accionar un arma contra el médico, quien perdió la vida en el lugar. Los hechos quedaron registrados en videos de cámaras de seguridad.
“Nilson comenzó a tener de alguna manera una actitud hostil con Ricardo, comenzó a agredirlo, a empujarlo y después de manera intempestiva saca una pistola 9mm marca Jericho que tenía permiso de porte y de tenencia. Esa arma ya la tenía montada, desasegurada y lista para disparar después de lanzar lo que se conoce como un primer cachazo en contra de la vida de Ricardo”, indicó el Fiscal.
Explicó además que, con posterioridad cuando lanzó el segundo cachazo accionó el gatillo de esa arma generando que se expulsara un proyectil de arma de fuego calibre 9 mm que penetró el tórax o la parte izquierda del pecho de Ricardo lacerándole el pulmón lo que conllevó a una hemorragia masiva y su posterior muerte.
El agresor, fue capturado de inmediato por una patrulla de la Policía Nacional que se encontraba en el lugar de los hechos.
Es de señalar que la Fiscalía le imputó a Solano el delito de homicidio agravado con dolo eventual, respaldándose en pruebas como grabaciones de cámaras de seguridad. Sin embargo, el acusado no aceptó los cargos.
El caso ha generado consternación en Barrancas y Valledupar, donde el ginecólogo Ricardo Rodríguez era ampliamente conocido por su labor médica.
Eliana Mejía Ospino
Especial para El Tiempo
Riohacha