Algunas de las personas que deseen solicitar la nacionalidad española en 2025 podrán hacerlo por posesión de estado, siempre y cuando cumplan con los requisitos.
De acuerdo con el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones de las Cortes del país, indicó que la nacionalidad española por posesión de estado se puede obtener cuando una persona ha vivido como española, ejerciendo derechos y cumpliendo deberes como tal, de manera ininterrumpida y con buena fe durante al menos 10 años.
Es uno de los medios menos conocidos o utilizados, pero está regulado por el artículo 18 del Código Civil español. Así, quienes reúnan los requisitos pueden iniciar el proceso a través de un expediente con valor de simple presunción en el Registro Civil.
Debe haber vivido 10 años en España. Foto:iStock
¿Cómo adquirir la nacionalidad española automáticamente en 2025?
Las personas que deseen aplicar a la nacionalidad española por posesión de estado en 2025 tendrán que presentar un expediente con valor de simple presunción en el Registro Civil más cercano a su domicilio, donde se llevará a cabo su tramitación y resolución.
Para hacer esto, tendrán que cumplir con los siguientes requisitos:
- El título de adquisición de la nacionalidad española debe estar inscrito en el Registro Civil.
- Haber mantenido la nacionalidad española de forma continua durante al menos 10 años.
- No estar incluido en los casos contemplados en el artículo 125 del Código Civil.
- Cumplir con los requisitos generales para validar la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia, según lo establecido en el artículo 23 del Código Civil.
Asegúrese de cumplir con los requisitos. Foto:iStock
¿Cuáles son los requisitos para que sea válida la adquisición de la nacionalidad española?
El artículo 23 del Código Civil indica que los requisitos comunes para que sea válida la adquisición de la nacionalidad española por opción, carta de naturaleza o residencia son los siguientes:
- a) Que el mayor de catorce años y capaz para prestar una declaración por sí jure o prometa fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las leyes.
- b) Que la misma persona declare que renuncia a su anterior nacionalidad. Quedan a salvo de este requisito los naturales de países mencionados en el apartado 1 del artículo 24.
- c) Que la adquisición se inscriba en el Registro Civil español.
Emigraron a España para cumplir un sueño, pero se decepcionaron | El Tiempo
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SOFÍA ARIAS MARTÍNEZ
REDACCIÓN ALCANCE DIGITAL
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