¿Extradición y excomunión? ¿Qué le espera al confeso asesino del padre Darío Valencia en Pereira?

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Julián Eduardo Cifuentes Gómez confesó, desde la cárcel en Francia donde está recluido, que fue él quien desapareció y asesinó al padre Darío Valencia Uribe, quien prestaba sus servicios en una parroquia de Pereira. Tras el hallazgo del cuerpo y la revelación de detalles del hecho, se ha especulado sobre las consecuencias que podría enfrentar legal y canónicamente.

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En el ámbito legal, se contempla ya la extradición para enfrentar los juicios y cumplir la pena a la que haya lugar en Colombia. En el ámbito de la fe católica, si la profesa, podría haber lugar para una pena canónica como la excomunión.

El Obispo de Pereira, monseñor Rigoberto Corredor, informó este miércoles (25 de septiembre) que, aunque aún no se ha dado el dictamen final por parte del Medicina Legal, los objetos encontrados en el mismo lugar de los restos óseos hallados por las autoridades sí pertenecían al padre Valencia, quien desapareció y fue asesinado –según dijo su victimario- el pasado 25 de abril minutos después de haber salido en su camioneta con su asesino como copiloto.

Monseñor, quien afirmó que estuvo siempre enterado de los avances de la investigación, señaló que desde ya se trabaja entre las autoridades eclesiásticas y civiles en la extradición de este hombre que huyó del país tras cometer el crimen.

El padre Darío Valencia fue asesinado.

El padre Darío Valencia fue asesinado.

Foto:Archivo particular

“Entre Francia y Colombia hay acuerdo de extradición hace más de 200 años, así que –sabiendo del estado garantista de ese país- confiamos en que empiece el proceso pronto. La extradición es un procedimiento lento y complicado, pero con el Nuncio Apostólico y la Conferencia Episcopal ya estamos adelantando conversaciones para analizar si se puede acelerar”, mencionó el Obispo de Pereira.

Por la connotación del delito cometido contra el sacerdote, quien tenía 59 años, también se ha especulado sobre la posibilidad de que el confeso victimario reciba una pena canónica como la excomunión, una de las más severas dentro de la práctica de la fe católica.

“Desde el punto de vista católico, por ahora no tenemos prevista esta excomunión, tenemos que interrogar un poco con las fuentes canónicas para revisar si cabría ese procedimiento frente a ese delito. Si identificamos que habría causal, informaremos”, dijo el Obispo.

¿Qué dice el derecho canónico?

De acuerdo con el Catecismo de la Iglesia Católica, guía para quienes practican esta religión, ciertas conductas graves están sancionadas con la excomunión, la pena eclesiástica más severa y que impide la recepción de los sacramentos.

Aunque hay referencia a ella desde muchos años atrás, la pena de excomunión pública no es frecuente. Entre los casos de personajes más conocidos está Fidel Castro, Napoleón y Martín Lutero. El caso más reciente fue el anunciado por el Vaticano el pasado 5 de julio y aplicado en la persona de Carlo Maria Vigano, un arzobispo italiano por desconocer y rechazar la autoridad del papa Francisco.

Entre las conductas que contemplan la excomunión está la apostasía (negación, la renuncia o la abjuración de la fe), herejía (enseñanza contraria a la fe católica), el atentado de un sacerdote contra el Papa o la profanación sacrílega de la eucaristía (la hostia o el vino) y revelar una confesión. También está el aborto, cuya pena sería para la mujer que lo haga o la persona que la induzca a ello; cabe anotar que en para este particular, cada caso es evaluado individualmente.

El hombre implicado en la desaparición del padre Valencia

El hombre implicado en la desaparición del padre Valencia

Foto:Facebook/Diócesis de Pereira

“La excomunión tiene dos tipos, la latae sententiae, que es automática e inmediata, y la ferendae sententiae, que es producto de un proceso y que se declara por decreto. El asesinato de un sacerdote no da para incluirse dentro de alguno de ellos; sin embargo, cabe aclarar que una cosa es un pecado y otra muy distinta un delito”, dijo Eder Riqueme, sacerdote licenciado en derecho canónico consultado por El Tiempo.

Es de anotar que quienes reciben esta sanción están impedidos de participar en la misa, recibir la comunión, la confesión, y los demás sacramentos. Los excomulgados no pueden ser padrinos ni participar activamente en la vida de la Iglesia. Esta pena es impuesta a los fieles católicos que cometen un grave hecho según la ley de la Iglesia, por ende, no aplica a quienes no profesan esta fe. Además, es revocable, pues tiene como fin mostrar la gravedad de lo cometido y buscar el arrepentimiento de quien lo efectuó.

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