Esta norma de Uscis autoriza a ciertos inmigrantes a trabajar sin permiso en Estados Unidos

hace 2 semanas 19

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Editorial

Permiso de trabajo en Estados Unidos

Algunos migrantes no lo necesitan Foto: iStock.

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REDACTOR21.04.2025 08:44 Actualizado: 21.04.2025 09:06

Trabajar en Estados Unidos es el objetivo de miles de migrantes que llegan el país, pero para poder realizarlo de manera legal, necesitan el Documento de Autorización de Empleo (EAD, por sus siglas en inglés). Sin embargo, existen algunos que estarán exentos y puedan ser empleados sin necesidad de este documento.

  • Quienes posean green card (tarjeta de residencia permanente): el mismo estatus migratorio les permite residir y trabajar sin necesidad de obtener un permiso de empleo adicional
  • Quienes posean visa de trabajo: como su nombre lo indica, no es necesario el EAD para aquellos que cuenten con cualquier tipo de visa de trabajo

Estos dos grupos de personas migrantes que se encuentren en suelo estadounidense no deberán solicitar el documento extra conocido como EAD, ya que su propio estatus migratorio les permite trabajar sin necesidad de un trámite adicional.

USCIS

Uscis se encarga de todos los trámites del EAD Foto:Getty Images/iStockphoto

¿Qué migrantes necesitan EAD para trabajar en Estados Unidos?

Si usted no está en ninguno de los dos grupos nombrados anteriormente, deberá obligatoriamente solicitar este permiso si es que usted desea trabajar en el país. Esto incluye a todos los estatus migratorios que no sean residente permanente o visa de trabajo.

Para solicitar un permiso de trabajo en Estados Unidos es necesario presentar una solicitud ante Uscis, a través del Formulario I-765 y siguiendo estos pasos:

  1. Completar el Formulario I-765: en línea o en alguna oficina de Uscis.
  2. Reunir los documentos requeridos: pasaporte o documento de identidad válido, copia de su registro de entrada y salida; y evidencia de su estatus migratorio.
  3. Pagar la tarifa: a pesar de que algunas personas están exentas, la tarifa es de US$520.
  4. Enviar la solicitud: en línea o presencialmente.

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