Aún no se ha emitido el decreto de día cívico para este martes, anunciado por el presidente Gustavo Petro en un discurso que dio el pasado viernes. “El martes será un día cívico. Ningún patrón podrá decir que despide a un trabajador por ir a la defensa de sus propios derechos porque violará la ley. El martes comienza la consulta popular en Colombia y será día cívico, como lo será el día de las elecciones”, dijo el mandatario.
El día cívico anunciado por el mandatario será para favorecer la concentración de las marchas que el Ejecutivo ha impulsado en respuesta a la posición mayoritaria de la Comisión Séptima de Senado de apoyar la ponencia de archivo de la reforma laboral. Mientras los senadores estarán decidiendo el futuro del proyecto, el Gobierno estará liderando las marchas que contarán con la presencia de sindicatos, estudiantes del Sena y comunidades indígenas.
El presidente Gustavo Petro. Foto:Presidencia / EL TIEMPO
El anuncio de la jornada cívica ha generado cuestionamientos de si el primer mandatario se estará extralimitando o no en la aplicación de esta figura, pues ya la usó de forma controvertida el año pasado para declarar el 19 de abril día cívico para la defensa de la naturaleza, coincidencialmente es la fecha de su cumpleaños y la fecha del supuesto fraude electoral contra Gustavo Rojas Pinilla, y para el 15 de junio, día después de la final de la Copa América.
Como tal, en la ley no está consagrada la figura del día cívico. Si se observan los decretos firmados por el primer mandatario con respecto a esta figura, en ningún momento se ha invocado un soporte constitucional directamente relacionado con este tipo de jornadas.
La única ley referente a los días de descanso es la conocida como ley Emiliani, ley 51 de 1983, y allí solo están consignados los días festivos de Colombia y la orden de que varios de estos “cuando no caigan en día lunes se trasladarán al lunes siguiente a dicho día”. Más allá de este texto normativo, no hay una ley en ese sentido.
Para el profesor y constituyente Gustavo Zafra, la figura “no se reglamenta de modo general”, sino que el Presidente puede invocar a esta figura porque constitucionalmente es “suprema autoridad administrativa”. Es por esta razón que el mandatario puede decretar este tipo de jornadas, haciendo la salvedad de que solo “en la órbita nacional tiene competencia”.
El presidente Gustavo Petro realizó una alocución el martes para anunciar la consulta popular. Foto:Juan Diego Cano. Presidencia
Esto implica que este tipo de jornadas solo aplican para los funcionarios públicos del orden nacional. “En las órbitas departamentales y municipales los competentes son los que tienen competencias allí, es decir alcaldes y gobernadores”, agregó el experto. Es por eso que los alcaldes han tenido la opción de no unirse a la orden presidencial.
Bajo esa condición, es que entidades como Función Pública han dado conceptos en los que se deja claro que “los días cívicos, por regla general implican la no prestación del servicio por parte de los servidores; sin embargo, se recomienda en todo caso acudir al acto administrativo mediante el cual se señala el día cívico para efectos de establecer las condiciones de su disfrute”.
En ese sentido, legalmente, el presidente Gustavo Petro no ha incurrido en ninguna extralimitación, como señala el abogado Duvan Castañeda. “Un día cívico es una fecha que decreta el Gobierno para conmemorar hechos importantes o para promover la participación de los ciudadanos en actividades relevantes”, dijo el jurista, quien añadió: “La medida del presidente Petro implica que las entidades del Gobierno central suspenden sus actividades, pero los gobierno locales y el sector privado pueden decidir si se acogen o no a la decisión”.
Un debate político
No hay ley que establezca los límites de esta figura, más allá de que solo puede cubrir a las entidades públicas del orden nacional, por lo que el debate pasa directamente a la esfera política. Precisamente distintos sectores han cuestionado la pertinencia de este tipo de jornadas y su uso indiscriminado por el primer mandatario.
El debate reside en buena parte ante la posición que ha asumido Gustavo Petro, que se fue en contra de los alcaldes que han negado unirse al llamado, incluso llegó a catalogarlos como “alcaldes de la muerte”.
El presidente Gustavo Petro. Foto:Joel Gonzalez. Presidencia
Ante dicha actitud, la representante Catherine Juvinao criticó el ataque a los mandatario locales. “Ahora resulta que si los alcaldes no paralizan al país para que Gustavo Petro pueda hacer política, entonces son ‘alcaldes de la muerte’. Esta extralimitación del presidente es un abuso de poder, ninguna ley obliga a decretar días cívicos para hacer marchas”, dijo la congresista de la Alianza Verde. En otros mensajes, esta también catalogó como extralimitación presidencial el decreto del día cívico.
Como Juvinao, otros sectores políticos han cuestionado la y su impacto político. “Con el día cívico, Petro demuestra una vez más su desprecio por el trabajo. Bien por los alcaldes que piensan en sus ciudadanos y no le siguen el juego”, dijo Miguel Uribe, senador del Centro Democrático.
El tema no solo generó debate en el Congreso, sino que los alcaldes entraron al debate de forma indirecta, pues hubo un sector que se plegó al primer mandatario, convocando al día cívico en sus ciudades y municipios, mientras que otros mandatarios locales rechazaron la medida y hasta advirtieron sanciones a los docentes que no asistan a dar clases.
“Esto no se puede convertir en enfrentamientos ideológicos. El reto es que no derive en escenarios de victimización de unos y de polarización de otro”, dijo el alcalde de Bucaramanga, Jaime Andrés Beltrán, en diálogo con la FM.
Norma Hurtado habla del futuro de la reforma laboral. Foto:
JUAN SEBASTIÁN LOMBO DELGADO
Redacción política