En Cali, hay 8.505 vehículos embargados por la secretaría de Movilidad del distrito, porque sus dueños no pagaron multas de tránsito.
De ese número, 8.249 corresponden a vehículos particulares, entre motos y carros. Los otros 256 son vehículos de transporte público.
Carros en Cali. Foto:Movilidad Valle del Cauca
Estos embargos se realizaron porque los vehículos tienen deudas por las mismas infracciones que llegaron a cobro coactivo, es decir, ya han pasado por todas las etapas de notificación y no han sido pagadas.
Los embargos son un procedimiento necesario para garantizar el cumplimiento de las obligaciones y recuperar la cartera pendiente, dijeron en la secretaría de Movilidad de la ciudad.
Pero para evitar que sean secuestrados o retenidos, de acuerdo con el titular de Movilidad distrital, Gustavo Orozco, estos propietarios tendrán un plazo de 40 días para ponerse al día con sus pasivos y así, conservar sus vehículos.
El funcionario dijo que ese tiempo de gracia empezó el pasado 12 de marzo y finalizará el 2 de mayo de este 2025, "todo con el ánimo de que todas las personas se pongan al día o realicen acuerdos de pagos. Téngalo en cuenta porque puede evitarse un embargo".
El secretario Orozco también explicó que el total adeudado por todas estas multas, incluyendo capital e intereses, asciende a $ 32.689'958.768.
Vehículos y motos en Cali. Foto:Alcaldía de Cali
"De este monto, los 8.505 vehículos embargados representan una deuda de $ 10.998'413.151. Durante este periodo, los caleños podrán acercarse a la secretaría de Movilidad para realizar los trámites necesarios y regularizar su situación. Se ofrecerles la oportunidad de conservar sus vehículos sin que estos entren en un proceso judicial", afirmó el secretario.
Dijo que es fundamental que los propietarios aprovechen este tiempo, ya que, una vez finalizado el plazo el 2 de mayo, se dará inicio al proceso de secuestro de los vehículos que no se hayan puesto al día, pagando la totalidad de su deuda.
El proceso de secuestro comenzará con los vehículos de mayor valor comercial, los cuales suman un total de 400 vehículos y se continuará de forma progresiva hasta realizar el secuestro total de los vehículos embargados.
"La secretaría de Movilidad hace un llamado a los ciudadanos para que atiendan el llamado y se acojan al plazo estipulado y eviten mayores consecuencias legales. La intención es facilitar los medios para que los propietarios normalicen su situación antes de que inicien las acciones de secuestro y remate", dijo la jefe de Contravenciones en la secretaría de Movilidad de Cali, Adriana González.
"Invitamos a todos los ciudadanos a mantener sus vehículos al día, tanto en documentos como en condiciones mecánicas, para evitar sanciones y contribuir a una movilidad más fluida y segura. Cada acción cuenta, y entre todos construimos una mejor movilidad", afirmó la funcionaria.
Vehículos en Cali. Foto:X: @MovilidadCali
¿Qué es un embargo y un secuestro de bienes por deudas?
• Embargo: Es una medida cautelar que impide disponer de un bien hasta que se salde una deuda. En este caso, el vehículo sigue en poder del propietario, pero con restricción de venta, traspaso o renovación de documentos.
• Secuestro: Es la retención física del vehículo por parte de la autoridad, una vez se ha confirmado que tiene un embargo y la deuda no ha sido saldada. El vehículo es inmovilizado y trasladado a los patios oficiales.
• Decomiso: Es la pérdida definitiva del vehículo a favor del Estado. Ocurre cuando, después del secuestro, el propietario no se pone al día con la deuda en los tiempos estipulados, y el vehículo puede ser subastado o destinado a otro uso según la normativa.
Movilidad en Cali. Foto:X: @MovilidadCali
Proceso para ponerse al día
1. Consulta en línea
◦ Ingresar a la página web de la Alcaldía o la Secretaría de Movilidad.
◦ Consultar el estado del vehículo con el número de placa.
◦ Revisar los valores adeudados.
2. Puntos de atención
◦ Únicamente en Salomia.
◦ Ventanillas 3 y 4 de cobro coactivo.
3. Opciones de pago
◦ Pago total o acuerdo de pago.
◦ Se requiere una cuota inicial del 20% del valor adeudado.
◦ Plazo de hasta 60 meses (5 años) para pagar el saldo restante.
◦ Para montos altos, se puede autorizar un pago inicial del 10% al 19 %.
Consideraciones sobre los embargos
• El acuerdo de pago no levanta el embargo automáticamente.
• Para el levantamiento del embargo, se debe pagar la totalidad de la deuda.
• Una vez pagada la deuda:
◦ Se tramita el levantamiento de la medida cautelar.
◦ Se actualiza la información en el Registro Distrital Automotor.
◦ Sin embargo, hasta que se formalice el levantamiento, el vehículo no podrá ser vendido ni transferido.
CAROLINA BOHÓRQUEZ
Corresponsal de EL TIEMPO
Cali
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