Aseguradoras encienden alarmas por reglamentación de la pensional, dejaría inoperables seguros fundamentales

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Los aseguradores colombianos encendieron las alarmas frente a la reglamentación de la Reforma Pensional (Ley 2381 del 2024) que adelanta el Gobierno, sobre todo en lo que toca a los seguros previsionales y las rentas vitalicias, pues mientras en la nueva norma, que entrará en vigencia el próximo 1.° de julio, se plantean unas condiciones en ese aspecto, en el borrador de decreto que estaba para comentarios del mercado hasta el lunes anterior, se quiere imponer otras reglas de juego que dejarían en riesgo la operabilidad de dichos seguros fundamentales para el cumplimiento de los objetivos de la reforma, las pensiones de millones de colombianos y que las compañías puedan continuar operando en ese segmento específico. 

La advertencia fue hecha a través de una carta enviada por el gremio asegurador (Fasecolda) el pasado 3 de marzo a Antonio Sanguino Páez, nuevo ministro del Trabajo, a la cual tuvo acceso de manera exclusiva EL TIEMPO. En la misiva se indica que la falta de reglamentación adecuada para la cobertura del deslizamiento del salario mínimo, como lo contempla la norma anterior, pone en grave riesgo la viabilidad del seguro previsional. 

Y a renglón seguido explica que sin dicha cobertura, las aseguradoras se verían obligadas a absorber de manera directa los costos imprevistos derivados de ajustes del salario mínimo muy por encima de la inflación, lo que impactaría su estabilidad financiera, comprometiendo no solo la sostenibilidad del sistema pensional, sino elevando los costos de las nuevas rentas y generando un nivel de incertidumbre que desincentivaría la participación de las aseguradoras en este mercado. 

"Sin una reglamentación que garantice la cobertura del deslizamiento (del salario mínimo), es poco probable, por no decir nula, la participación de las aseguradoras en este negocio, lo que afectaría negativamente a la población pensionada y a la estabilidad del sistema pensional en su conjunto", enfatizan los aseguradores en su carta al ministro.   

No es la única preocupación que tienen los aseguradores del país frente al proceso de reglamentación de la Ley 2381 del 2024. El otro problema que están viendo tiene que ver con la renta vitalicia en la sustitución de una pensión de invalidez, tema en el que se está dando un giro, que incluso, "excede la ley y comprometería la viabilidad del seguro", señalan. 

Sustitución pensional

Y es que en la Reforma Pensional se establece que la aseguradora le paga a la persona que quedó en situación de invalidez, con cargo a la póliza de renta vitalicia expedida, su renta hasta que el asegurado alcance su edad de pensión (mujeres 57 años y hombres 62 años). A partir de entonces, será Colpensiones el que entre a asumir la pensión de vejez de dicho asegurado, lo cual los propios aseguradores consideran que es uno de los aciertos de la Ley 2381, en la medida que hace viable el seguro previsional.

No obstante, el decreto reglamentario señala algo muy distinto y es lo que tiene en alerta máxima a la industria aseguradora, en la medida que si se llega a presentar una sustitución pensional, como consecuencia, por ejemplo la muerte del asegurado, y esta pasa a un hijo con derecho a esa pensión, esta se vuelve vitalicia, lo que tiene un impacto muy negativo sobre la predicibilidad del riesgo, lo cual hace difícil asegurarlo.

El gran problema no es ese, comenta una fuente de la industria, que explica que es ilegal en la medida que la renta derivada de este seguro previsional de invalidez y sobrevivencia no es vitalicia sino temporal, hasta que la persona cumpla la mayoría de edad.

Por eso, en la carta dirigida al ministro del Trabajo los aseguradores del país dicen que, en cuanto a la sustitución pensional, el Gobierno está extralimitando la ley. "Un decreto que imponga la obligación a las aseguradoras de asumir las sustituciones pensionales por muerte del pensionado por invalidez de manera vitalicia iría más allá de lo expresamente  dispuesto en la ley (la temporalidad), lo que violenta el principio de jerarquía normativa y representa una extralimitación de la facultad reglamentaria a cargo del Gobierno Nacional", advierten. 

Alza del salario mínimo

Si bien ambos planteamientos tienen haciendo cuentas a los aseguradores dado su impacto, lo que más les preocupa es el efecto del llamado 'deslizamiento del salario mínimo' sobre el seguro previsional que contratan los fondos privados de pensiones (AFP) para cubrir las mesadas de aquellas personas que se discapacitan y cuyos ahorros no son suficientes para cubrir su pensión por invalidez. 

El Ministerio del Trabajo y  el DAFP estructuraron el Decreto 2011 de 2017, que fijó un porcentaje de personas con discapacidad que debían formar parte de todas las instituciones públicas del país

Los seguros previsionales son claves para garantizar la pensión de invalidez a miles de colombianos. Foto:Esneyder Gutiérrez

Como se recuerda, la Reforma Pensional ordena a Colpensiones a adoptar ese mismo esquema, pues hasta la fecha ese riesgo se cubre con recursos del Presupuesto Nacional, otro acierto de la Ley 2381, según los aseguradores por que con ello se reduce el impacto fiscal de ese factor .

Sin embargo, el lío que estaría generando el borrador de decreto es que, contrario a lo que dice la ley y a como funciona el seguro previsional en la actualidad, esa renta de invalidez se convierte en una pensión cuyo ajuste anual quedaría atado al incremento que se haga del salario mínimo cada año.

Hoy en día, si ese aumento está muy por encima de la inflación, la diferencia, conocida como 'riesgo de deslizamiento del salario mínimo', la cubre el Estado. Pero lo que plantea el borrador de decreto para el seguro previsional que debe contratar Colpensiones, es que esa diferencia ya no la asumirá el Estado, sino que recaerá en las aseguradoras y es lo que hace inviable dicha póliza, explica una fuente del sector.    

"Los artículos 20 y 33 del texto de la reforma pensional generan una expectativa legítima para las aseguradoras del previsional al  asignarle al Gobierno Nacional la tarea de reglamentar las distintas coberturas de riesgo derivados del pago de mesadas con el fin de concretar el propósito perseguido por el Legislador a través de la norma. Sin embargo, esta expectativa legítima se ve frustrada por la inacción del regulador, cuya omisión en el cumplimiento del mandato legal no solo vulnera el principio de confianza legítima, sino que también pone en riesgo la sostenibilidad de los seguros de rentas temporales, afectando a las aseguradoras y, en última instancia, a los pensionados que dependen de estos mecanismos para garantizar su estabilidad económica en la vejez", le dicen al ministro los aseguradores.

Datos de Fasecolda indican que los siniestros pagados en seguros previsionales sumaron más de 3 billones de pesos el año pasado, mientras que en rentas vitalicias superaron los 2,3 billones al cierre del 2024.

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