Mediante un comunicado compartido en su sitio web oficial, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) informó que los inmigrantes liberianos protegidos por la Salida Forzosa Diferida (DED, por sus siglas en inglés) podrán solicitar Documentos de Autorización de Empleo (EAD) que serán válidos hasta el 30 de junio de 2026.
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Aunque los inmigrantes enfrentan generalmente muchas dificultades para conseguir un empleo en Estados Unidos, y uno de los mayores problemas corresponde a los documentos para residir y trabajar de manera legal, un grupo determinado tendrá nuevas oportunidades. En su página web, USCIS explicó que el presidente Joe Biden emitió un memorándum sobre la DED para liberianos el 28 de junio de 2024, con el cual aplazó hasta el 30 de junio de 2026 la remoción de ciertos liberianos que eran elegibles para la DED bajo el memorándum del 2022.
De esta manera, USCIS extendió automáticamente hasta la fecha mencionada anteriormente la validez de los EAD relacionados al DED que tienen un Código de Categoría de A11 y una fecha de caducidad para una de las siguientes fechas: 30 de marzo de 2020; 10 de enero de 2021; 30 de junio de 2022 o 30 de junio de 2024.
En el comunicado, la agencia especificó: "Los nacionales liberianos y las personas sin nacionalidad cuya última residencia habitual fue en Liberia, están protegidos por la DED según los términos descritos en la directriz del presidente. El Departamento de Seguridad Nacional puede proporcionar autorización de viaje a su discreción a todas las personas protegidas bajo las DED para liberianos".
En ese sentido, las personas incluidas que deseen viajar fuera de los límites del país deberán presentar un Formulario I-131, Solicitud de Documento de Viaje, así como también pueden solicitar un EAD mediante la presentación del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo.
Los casos en los que necesita solicitar autorizaciones de empleo
A través de una apartado en su página web oficial, USCIS indica que los inmigrantes deben solicitar una autorización de empleo si están autorizados a trabajar en Estados Unidos a base de estatus de inmigrante o circunstancias, si tiene en trámite un Formulario I-485 o un Formulario I-589 o si tiene un estatus de no inmigrante pero aún no se le permite trabajar.
En contraparte, los residentes legales (quienes cuentan con una green card) o aquellos que poseen un estatus de no inmigrante que les autoriza a trabajar para un empleador específico en virtud de su estatus no deben solicitar un EAD.