El enredo comenzó el pasado 14 de mayo, cuando el Senado votó en contra del proyecto de consulta popular: 49 votos en contra y 47 a favor. Hubo acaloradas denuncias de fraude y de irregularidades en el escrutinio.
El exministro y exmagistrado de la Corte Suprema, Humberto de la Calle, fue vicepresidente de la República y fue candidato presidencial en 2018. Hoy se desempeña como senador y es mi invitado a la entrevista dominical para EL TIEMPO, teniendo en cuenta su elevado conocimiento de asuntos constitucionales.
Lo que está en discusión es la constitucionalidad de la decisión tomada por el Senado. Y con esa pregunta, precisamente, comienza mi diálogo:
¿Es legítimo y constitucional que el Senado vuelva a votar lo que ya negó?
Creo que lo es. La gran objeción es de tipo político. Pero jurídicamente, en mi opinión, siempre se podrá insistir en una iniciativa. Basta mirar lo que ocurre con algunos proyectos de ley. Tanto el Gobierno como los congresistas pueden perseverar en sus propuestas. Mire el caso de la eutanasia que yo presenté por décima quinta vez. Ninguna ley me impedía hacerlo después de tantos intentos.
¿Y en el caso de la consulta?
No hay asidero para sostener que la decisión del Senado es eterna. ¿O cuánto tiempo tiene que pasar para que el Gobierno vuelva con el tema? ¿Dónde está establecido el impedimento? La decisión sobre el concepto favorable que se requiere para llevar a cabo la consulta no es una sentencia, no es un juicio que precluya.
¿No se plantea un choque institucional al desconocer la voluntad del Congreso?
En la hipótesis a la que me he referido, no hay tal desconocimiento. Al contrario, si el Gobierno insiste, más bien se está sometiendo de nuevo al resultado. Cosa distinta es la idea del decreto que ha expresado el ministro Benedetti.
¿Es legítima una consulta constitucional por decreto?
Claro que no. Esa es harina de otro costal. Porque el doctor Benedetti parte de la base de que la decisión en el Senado fue nula. Eso no lo puede decidir el Gobierno, sino los jueces. Cuando Benedetti declara la invalidez de la decisión, está suplantando de manera burda e inaceptable el papel del juez contencioso. Esa determinación solo corresponde al Consejo de Estado.
¿Usted qué solución ve?
Pues en este estado, lo óptimo es que salga una reforma laboral en el Congreso. Ese es el camino normal. El Gobierno alegará que es insuficiente, y está en su derecho. Pero es que eso es la democracia. El Gobierno no puede pretender que, si no se satisfacen todos sus deseos, entonces hay un caso de bloqueo. No. Es lo normal. Como también habrá congresistas, gremios y personas a quienes no les gustarán algunos apartes de esa hipotética ley. De eso se trata la democracia. Hay demasiado maximalismo en el Gobierno. Algo de humildad y respeto le caerían bien.
Si el Senado no puede volver a votar lo que ya negó, ¿cuál es la salida?
El Senado puede volver a votar una nueva iniciativa de consulta que, de hecho, ya fue presentada. Pero, entre tanto, si le ponemos a esto algo de sentido común y de sensatez, lo que hay que hacer es aprobar la reforma en el Congreso. Y los temas que queden faltando, a juicio del Gobierno o de otras fuerzas, pues seguirlos trabajando. La discusión y la deliberación son la esencia del sistema político. En estos tiempos vertiginosos, sé que hay un alto grado de impaciencia. El Gobierno, con su anhelo de redentor, quiere todo de un solo carpetazo. Pero la vida democrática genuina no es así. Ingeniería social progresiva es mejor que el atropello de la democracia por la algarabía callejera.
Humberto de la Calle, exsenador y exnegociador de paz. Foto:SERGIO ACERO YATE / CEET
¿Cuál es su propuesta?
En la Comisión Cuarta del Senado, el asunto va por buen camino. Horas extras a partir de las 7 de la noche, con excepciones. Este último punto es conflictivo, pero sí creo que hay actividades que, por su naturaleza, se realizan de noche, como el entretenimiento; o principalmente de noche, como el turismo; o de día y de noche sin pausa, como la salud o la vigilancia. Me parece que recuperar horas extras para los trabajadores es un avance. Debe hacerse sin causar estragos en algunos renglones de la economía. Lo mismo puede decirse de los dominicales y festivos.
Si su propuesta fracasa, ¿cuál es la solución?
Yo espero que pronto tendremos una ley de reforma laboral. Es justo que lo logremos. En últimas, como lo he dicho, creo que el Gobierno podría acudir de nuevo a la consulta. Pero aquí el problema es otro. El Gobierno ha puesto todo su interés allí, porque lo ve como un poderoso instrumento de campaña, de agitación. Ya de por sí estamos atravesando una difícil situación preelectoral. Algo razonable sería aprobar la consulta para después de elecciones. Hay un magnífico antecedente. La consulta anticorrupción despertó una discusión semejante en el Senado. Muchos dijeron: la apoyamos, pero no debe ser usada como herramienta puramente electoral. Y se hizo después de los comicios.
¿Esa es la solución?
La solución está ahí. Pero entendamos que estas discusiones y disensos son naturales y se van cocinando. De hecho, lo que hace uno o dos meses se veía como imposible, una reforma por ley, creo que se está abriendo paso. No debemos asumir todos los problemas como si el mundo se fuera a acabar. Contra la desesperanza, hay que entender que Colombia ha venido progresando. Falta mucho. Y hay cosas que se han hecho mal, como la persistencia de la desigualdad. Pero no hay tal que la vida republicana solo haya sido un camino de corrupción y explotación.
¿Es viable constitucionalmente que el presidente Petro convoque una consulta popular por decreto sin aprobación del Congreso?
Esa hipótesis es posible, pero solo si el Senado no se pronuncia. Si usted ve la estructura de la Ley 134, que comenzamos cuando me desempeñaba como ministro de Gobierno, la norma específica dice en qué momento se lleva a cabo la consulta, bien porque el Senado dio concepto favorable o porque no se pronunció oportunamente. Pero la idea de que, una vez el Senado haya negado la consulta, el Gobierno pueda acudir a un decreto es una aberración. Es algo hasta infantil. Si así fuera, entonces ¿para qué se exige preguntarle al Senado?
¿Cuál es la diferencia entre una consulta popular y un referendo, y qué implicaciones jurídicas tiene cada figura?
En el referendo, el cuerpo ciudadano aprueba un texto completo. Si es aprobado, nace una nueva norma. En la consulta, la decisión es obligatoria, pero tiene que volver al Congreso para darle forma de precepto. Esa circunstancia me reafirma en que lo mejor es que tengamos una ley laboral ahora. Suena un poco excesivo que vayamos a una consulta, una ardua campaña llena de descalificaciones e insultos, un costo enorme y, si se cumple el difícil umbral, hay que volver al Congreso a terminar la obra. Un perro que se muerde la cola.
¿Qué requisitos establecen la Constitución y la ley vigente para convocar una consulta popular nacional?
Pues se exige un cuestionario. Hay algunas materias excluidas. Una participación de un tercio del censo electoral, que son algo más de 13 millones de votos, y que el sí gane por mayoría.
Plenaria de la Cámara. Foto:CESAR MELGAREJO /CEET.
¿Existe jurisprudencia o precedente en Colombia sobre convocatorias unilaterales del Ejecutivo a mecanismos de participación?
No en el caso de la consulta. Es un caso inédito. Antes hubo consultas de origen popular y también se debe mencionar el referendo, que impulsó el expresidente Uribe en el clímax de su popularidad y que no obtuvo los votos suficientes.
¿Qué papel juega la Corte Constitucional en la aprobación de una consulta popular?
Pues, en este caso, a diferencia del referendo, el control es posterior. Si el Senado aprueba, nos vamos a la votación. Si hay reparos constitucionales, se examinan después.
¿Qué riesgos institucionales y políticos puede implicar una consulta sin respaldo del Congreso de la República?
Pues, es un golpe de Estado, y no tan blando.
¿Una eventual convocatoria por decreto podría ser considerada una extralimitación de funciones del presidente Petro?
Sin duda ninguna. Y una extralimitación grave.
¿La consulta puede modificar políticas públicas o decisiones del Legislativo si obtiene respaldo ciudadano?
Hay materias excluidas. El resultado es obligatorio. Pero es necesario ponerle el vestido de ley en el Congreso.
¿Qué efectos jurídicos tendría una consulta popular aprobada en las urnas, pero sin cumplir los procedimientos constitucionales?
Pues solo sería un hecho político.
¿Qué tan importante?
Depende del grado de apoyo popular y de efervescencia en la sociedad. Me sorprendió el llamado paro nacional por su languidez. Se convirtió solo en un martirio para los pobres y la clase media que tuvieron que padecer la interrupción deliberada del transporte público. ¿Es eso la revolución? Me parece una revolución triste.
¿Cómo se protege el equilibrio de poderes?
Pues algunos de los instrumentos tienen cortapisas. Algunos, por ejemplo, no pueden coincidir con eventos electorales. Pero lo importante es la sensatez de los promotores, el Gobierno en este caso. Me parece que el Gobierno está dilapidando la oportunidad de materializar cosas positivas porque prefiere la guerra de la narrativa. Mucha energía gastada en agitación ineficaz. Me pregunto si la izquierda está perdiendo oportunidades sustanciales al decretar esta guerra de gramática después de haber triunfado. Es como el que bota un penalti.