¿Tiene un tiempo límite para solicitar la devolución de saldo a favor de la declaración de renta? Esto es lo que dice la Dian

hace 4 semanas 24

Teniendo en cuenta que, según el calendario tributario, las personas naturales debieron haber declarado hasta este 24 de octubre. Si le salió un saldo a favor en su declaración, le contamos qué plazo tiene para reclamarlo.

Conforme a los criterios de

Según explica la plataforma Tributi, el saldo a favor es el dinero que le queda debiendo la DIAN después de pagar sus impuestos, en este caso aplica para la declaración de renta. Esto significa que, si tiene un saldo a favor, usted pagó más de lo que debía.

La Dian tiene una serie de requisitos para que los beneficiarios del saldo a favor reclamen el dinero mediante una plataforma. Por ejemplo, este saldo debió haberse generado en la declaración del año gravable 2023, no en años anteriores.

Declaración de renta.

Foto:Jaime Moreno/El Tiempo

También, debe estar al día en sus obligaciones tributarias, tener actualizado el Registro Único Tributario (RUT). Además, tanto la declaración del impuesto sobre la renta como la solicitud de devolución deben presentarse dentro de los plazos establecidos por el Gobierno.

¿Cuándo solicitar este saldo a favor?

Según señala la Dian, cualquier contribuyente o responsable que liquide saldos a favor en sus declaraciones tiene derecho a pedirlo.

Si usted desea, puede presentar la solicitud de devolución incluso al día siguiente de la presentación de la declaración de renta. 

En caso de que esta solicitud se formule dentro de los dos (2) meses siguientes a la presentación de la declaración o de su corrección, la DIAN dispondrá de un término adicional de un mes para devolverle el saldo.

Sobre el término para solicitar la devolución, la Dian señala que será a más tardar dos (2) años después del vencimiento del término para declarar. Esto, siempre y cuando no hayan sido previamente utilizados.

¿Cuánto tiempo tiene la Dian para devolver el valor solicitado?

La Dian también tiene un tiempo definido para hacer la respectiva devolución del saldo. 

La entidad señala en su sitio web que tiene 15 días siguientes a la fecha de la radicación de la solicitud , siempre y cuando el solicitante cumpla con los requisitos para acceder a la devolución automática.

El calendario tributario se inicia el 9 de agosto y finaliza el 19 de octubre.

El calendario tributario finalizó el 24 de octubre.

Foto:iStock

El plazo aumenta a los 20 días siguientes a la fecha de la solicitud, cuando el responsable presente una garantía a favor de la nación.

Y tienen 50 días para todos los demás casos de devolución presentada oportunamente y en debida forma.

Si va a optar por la devolución automática, debe presentar la solicitud a través del Servicio Informático de Devoluciones y hay que contar con firma electrónica. En caso de no contar con firma electrónica, puede radicar la solicitud de forma manual ante la Dirección Seccional donde presentó la declaración tributaria inicial.

ELIM J ALONSO

REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

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