¿Su carro está en los patios? Luego de este tiempo se lo podrán chatarrizar por no reclamarlo

hace 3 horas 9

La ciudad cuenta con nueve patios que, de acuerdo con cifras de la Secretaría Distrital de Movilidad, en total suman al rededor de 37 mil motos y carros en estado de abandono.

La cantidad de vehículos que ocupan estos sitios en la ciudad no solamente generan una problemática ambiental, sino también, para los encargados de estos populares 'Patios' quienes comienzan a necesitar más espacio para ubicar carros que a diario llegan.

Los Patios de Alamos funcionarán en sus horarios normales hoy en día cívico. Bogotá 15 de julio del 2024 . Foto MAURICIO MORENO CEET EL TIEMPO @mauriciomorenofoto

Los Patios de Álamos. Foto:MAURICIO MORENO EL TIEMPO

Frente a ello, hay dueños de vehículos que dejan su carro en estado de abandono y es ahí cuando la entidad distrital cumple un rol importante: chatarrizar los carros en estado de abandono, pero, ¿desde cuándo aplica esta medida?

De acuerdo con la Ley 1730 de 2014 la Secretaría Distrital de Movilidad tiene la autoridad para declarar el abandono de los vehículos inmovilizados, y que actualmente se encuentran en los patios de la entidad, cuyo ingreso se originó por infracción a las normas de tránsito.

La red tenía acceso a al menos dos parqueaderos judiciales, conocidos como patios.

La red tenía acceso a al menos dos parqueaderos judiciales, conocidos como patios. Foto:EL TIEMPO

Además, los carros que cumplan o lleven más de un año de permanencia en los mismos; sin que el propietario y/o poseedor los hayan reclamados, pueden ser enajenados a través de subasta.

Para declarar los vehículos en abandono, la Secretaría Distrital de Movilidad pública por una sola vez en un periódico de amplia circulación nacional, el listado de los vehículos. Podrá consultarlas dando clic aquí.

Los Patios de Alamos funcionarán en sus horarios normales hoy en día cívico. Bogotá 15 de julio del 2024 . Foto MAURICIO MORENO CEET EL TIEMPO @mauriciomorenofoto

Los Patios de Álamos. Foto:MAURICIO MORENO EL TIEMPO

"Dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a la publicación, el propietario y/o poseedor del vehículo deberá presentarse para subsanar la causa que dio lugar a la inmovilización y cancelar lo adeudado por concepto de servicios de parqueadero y/o grúa", explicó la entidad Distrital.

Vencido el término de reclamación del vehículo, si el propietario y/o poseedor no ha subsanado la obligación, la ley autoriza al organismo de tránsito para que mediante acto administrativo declare en abandono el vehículo inmovilizado.

La denuncia de inmovilización que desató el caos en Los patios de Álamos

FELIPE SANTANILLA AYALA

REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS

Leer Todo el Artículo