En Colombia los requisitos para alcanzar la pensión son, la edad que para las mujeres es de 57 años y para los hombres es 62 años y haber cotizado, un total de 1.300 semanas, lo que equivale a aproximadamente 26 años de trabajo.
A partir del 1 de julio de 2025, el sistema pensional colombiano cambiará y el régimen de Prima Media, que está administrado por Colpensiones, el fondo de pensiones público, pasara a cubrir los aportes correspondientes a los primeros 2,3 salarios mínimos mensuales legales vigentes.
Así las cosas, se garantiza una pensión básica para los trabajadores que no superen este umbral salarial.
Para el caso de los afiliados que no hayan reunido los requisitos exigidos para la pensión de invalidez tendrán derecho a recibir, en sustitución, una indemnización.
De acuerdo con la nueva norma, el pago de los aportes de la pensión en Colombia se liquidará, con un salario base de liquidación promedio semanal multiplicado por el número de semanas cotizadas y a este resultado se le aplica el promedio ponderado de los porcentajes sobre los cuales haya cotizado el afiliado.
Los hijos reciben la pensión si son menores de edad o si cumplen 25 años y están estudiando. Foto:iStock
¿Quiénes tendrán derecho a que les devuelvan los aportes?
De acuerdo con el documento, en el caso de una pensión de invalidez, se le entregarán los rendimientos de los aportes hechos.
“En el Componente Complementario de Ahorro Individual cuando el(la) afiliado(a) se invalide sin cumplir con los requisitos para acceder a una pensión de invalidez, se le entregará la totalidad del saldo incluidos los rendimientos financieros y adicionado con el valor del bono pensional si a ello hubiere lugar”, dice la reforma.
En el caso de que el afiliado “no solicite la indemnización sustitutiva o la devolución de saldos, puede optar por seguir cotizando al sistema de Protección Social Integral para la vejez”.