La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha dado a conocer su calendario para el vencimiento tributario del mes de junio. Estas fechas son importantes para los contribuyentes, ya que hay obligaciones fiscales que por ley se deben cumplir sin excepción.
El plazo límite para pagar las retenciones y autorretenciones va desde el miércoles 11 al 25 de este mes. Le contamos cuáles son las fechas exactas, según el último dígito del NIT.
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Para claridad, hay que decir que la retención en la fuente no es un impuesto en sí. Se trata de un mecanismo de cobro anticipado para impuestos como la renta, el IVA y el ICA. Desde 1961, ha sido útil para la captación de recursos que se necesitan dentro del ejercicio gravable.
Evite sorpresas y esté informado por los canales de la Dian. Foto:Fotomontaje a partir de imágenes de iStock y Dian
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Este es el calendario, según el último dígito del NIT
Cada pago ante la entidad aduanera tiene un plazo límite de pago y este método de recolección no es la excepción. Estas son las fechas exactas según el último dígito del NIT:
- El miércoles 11 de junio se vencerá el plazo para aquellos números de NIT que terminen en 1.
- El jueves 12 de junio se vence el plazo para aquellos números que terminen en 2.
- El viernes 13 de junio se vence el plazo para los números que terminan en 3.
- El lunes 16 se vence el plazo para los números que terminan en 4.
- El martes 17 se vencerá el plazo para los números que terminan en 5.
- El miércoles 18 se vencerá para quienes terminan en 6.
- El jueves 19 se vencerá para quienes terminan el número 7.
- El viernes 20 se vencerá para aquellos números que terminan en 8.
- El martes 24 se vencerá para aquellos números que terminan en 9.
- El miércoles 25, finalmente, se cumplirá el plazo para aquellos números que terminan en 0.
Es importante saber las fechas de pago porque son obligatorias. Foto:iStock
Hay varios impuestos que se vencen este mes. La renta de los grandes contribuyentes y el Régimen Simple de Tributación (RST) son otras de las obligaciones nacionales con calendario de pagos en el mes de junio. Ambos casos tienen como fecha límite entre el 11 y 25 de junio.
El plazo vuelve a depender de los últimos dígitos del NIT, el calendario es el mismo que se mostró para hacer el pago de la retención en la fuente.
Por otro lado, el pago del impuesto a la gasolina y al ACPM se vence el 16 de junio, no depende del NIT.
¿Quiénes deben pagarla?
No es un impuesto, pero es de obligatorio cumplimiento. En su Artículo 368, el Estatuto Tributario indica que las siguientes entidades son agentes de retención:
Estas son las personas que deben realizar la retención en la fuente. Foto:iStock
- Las entidades de derecho público.
- Fondos de inversión, pensiones y valores (Aplica para las pensiones por jubilación o invalidez).
- Comunidades organizadas.
- Consorcios.
- Uniones temporales.
- Personas naturales y jurídicas, sociedades de hecho y sucesiones líquidas que estén obligadas por la ley a efectuar esta retención.
- Personas Naturales o Jurídicas ($ 736.650.000) (30.000 UVT) (Art. 368-2 E.T.)
Según el marco normativo, las personas naturales pueden actuar como agentes retenedores. Si desempeñan un rol de comercio y sus ingresos brutos del ejercicio fiscal anterior superan las 30,000 Unidades de Valor Tributario ($1,493,970,000), podrán ejercer como tal.
RICARDO CASTAÑEDA
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS.