Reforma pensional: las etapas que tiene que cumplir ahora con la decisión de la Corte de regresarla al Legislativo

hace 4 horas 23

Las administradoras de fondos privados de pensiones (Porvenir, Protección, Colfondos y Skandia) agrupadas en Asofondos, consideran que el fallo de la Corte Constitucional, que por unanimidad ordena suspender la entrada en vigencia de la Ley 2381 de 2024 o reforma pensional y devolverla a la Cámara de Representantes para someter a discusión y votación en sesión plenaria la proposición sustitutiva presentada por la representante Pizarro, entre otros, es una oportunidad que se tiene para hacerle una mejora al articulado de la misma.

Indicaron, además, que están atentos a cuáles podrían se los tiempos que tomarán los trámites que hacen falta para perfeccionar el proyecto de ley de reforma pensional, y cuándo se podrían dar los siguientes pasos.

"Entendemos que el trámite del, ahora nuevamente, Proyecto de Ley, retorna a la Cámara para surtir último debate. En ese escenario, las administradoras y el gremio continuarán contribuyendo a la búsqueda del mejor sistema pensional para los trabajadores colombianos”, señaló Andrés Mauricio Velasco.

El dirigente gremial comentó también que desde Asofondos  estarán atentos "a la comunicación del Auto por medio del cual se oficializan las decisiones de la Corte Constitucional, para formar una expectativa sobre cuáles podrían se los tiempos que tomarán los trámites que hacen falta para perfeccionar el proyecto de ley de reforma pensional, y cuándo se podrían dar los siguientes pasos”.

Los comerciantes del país coincidieron con lo expresado por Asofondos en el sentido de que el retorno de la reforma pensional al Congreso de la República es una oportunidad para revisar, ajustar y sacar una mejor reforma que beneficie a los colombianos y al país.

Jaime Alberto Cabal, presidente de la Federación Nacional de Comerciantes (Fenalco) dijo al respecto que la decisión de la Corte Constitucional es "un aire y un regalo que se le da al Gobierno Nacional. La función de la Corte es declarar exequible o inexequible por fono o vicios de trámite los proyectos de ley que tramita el Congreso de la República".

Pymes ganadoras

Pymes ganadoras Foto:MinCit

Las etapas

Según lo interpretado por el gremio, ley se devuelve a la Cámara de Representantes para someter a discusión y votación en sesión plenaria la proposición sustitutiva presentada por la representante María del Mar Pizarro, Cristóbal Caicedo y otros. Al ser una proposición sustitutiva se requiere que haya mínimo tres  horas de debate en esa corporación.

Para rehacer ese trámite, la Cámara de Representantes tiene 30 días hábiles, que se contarán a partir de que sea notificada de manera oficial la providencia firmada, en este caso, el Auto.

Asofondos también menciona que, como la decisión de la Corte modificó la ponencia original, se debe corregir el texto y recolectar firmas. Solo cuando eso haya sucedido se procederá a la notificación oficial a la Cámara de Representantes y a partir de esa notificación es cuando empezaría a correr el término.

Luego, continúa el gremio, el presidente de la Cámara de Representantes debe rendir informe a la Corte Constitucional y solo cuando la Corte se “…pronuncie definitivamente sobre la constitucionalidad de la Ley 2381 de 2024”, se sabrá si la Ley es constitucional. Mientras eso no ocurra, la Ley 2381 no podrá entrar en vigor.

Andrés Velasco, presidente de Asofondos.

Andrés Velasco, presidente de Asofondos. Foto:Asofondos

La conciliación

En Asofondos también están viendo otros escenarios posibles, pues dado que esa proposición sustitutiva puede ser negada, también es posible que se rehaga el cuarto debate en la Plenaria de la Cámara y haya cambios que requieran conciliación.

En ese caso, advierten desde el gremio, el plazo es toda la legislatura, que inicia el 20 de julio de 2025 y termina el 20 de junio de 2026.

Tras conocerse el fallo de la Corte Constitucional, desde el Gobierno también se habla de mover al entrada en vigencia de la Ley 2381 del 2024, si la Cámara de Representantes no define en el plazo fijado por el alto tribunal (máximo 30 días) la nueva discusión y votación el texto de la reforma pensional.

Si esto sucede, señala Jaume Dussán, presidente de Colpensiones, existe la posibilidad de que se modifique la entrada en vigencia de la reforma pensional, la cual está establecida para el 1.° de julio de 2025.

"Lo importante es que la Corte Constitucional no ha dicho nada en este momento sobre el contenido de la ley, sino sobre el procedimiento", comentó.

Punto de atención de Colpensiones

Punto de atención de Colpensiones Foto:Colpensiones

Ventana de oportunidad

Desde Asofondos destacaron en relación con el fallo de la Corte que, con excepción de los artículos 12, sobre selección de las Administradoras del Componente Complementario de Ahorro Individual (Acci), y 76, sobre oportunidad de traslado, que siguen produciendo efectos; “… las normas de ley 2381 quedan suspendidas hasta el día hábil siguiente a la fecha en la cual la Sala Plena decida definitivamente sobre la constitucionalidad de dicha ley”.

En ese sentido, indicaron voceros del gremio que tanto las AFP cono Asofondos, tienen claro que las mencionadas excepciones se entienden como: que las Accai continúan existiendo, a la espera de que se perfeccione la ley y esta entre en vigor; que los traslados efectuados en el marco de la ventana de oportunidad de traslado se consideran en firme, y (3) este mecanismo continúa habilitado.

Existe la posibilidad de que se modifique la entrada en vigencia de la reforma pensional, la cual está establecida para el 1.° de julio de 2025.

Jaime DussánPresidente de Colpensiones

Tal como lo reveló esta semana EL TIEMPO, el corte de cuentas hasta el 26 de mayo de ambos regímenes indican que, de los 1'009.229 afiliados que pueden optar por hacer uso de la llamada 'ventana de oportunidad' de traslado de régimen que brinda la reforma pensional, solo 80.653 personas ya consiguieron el visto bueno para ese cambio, es decir, surtieron el trámite de la doble asesoría y eligieron en qué régimen estar.

Las cifras son de Asofondos e indican que de ese volumen 79.254 afiliados a los fondos privados (AFP) ingresaron al Régimen de Prima Media, mientras que solo 1.399 que estaban en el régimen público (Colpensiones) optaron por trasladarse al Rais.

El balance del gremio también muestra que, desde cuando se habilitó la posibilidad de traslado de régimen —mediados de julio del año pasado— cerca de 142.800 personas han realizado su solicitud para recibir la doble asesoría, de las cuales 83.631 afiliados han decidido trasladarse de régimen.

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