Si vive en un inmueble arrendado y quiere hacer mejoras o ha notado la necesidad de reparaciones, debe tener en cuenta que, para determinar a quién le corresponde pagarlas, es necesario saber si se trata de reparaciones indispensables, locativas o útiles.
De acuerdo con LegalApp, herramienta del Ministerio de Justicia sobre trámites legales, una vez sepa el tipo de mejora se puede saber a quién le corresponde el pago de la misma, aunque también puede revisar su contrato de arrendamiento, pues allí se puede establecer de común acuerdo a quién le corresponde pagar las reparaciones sin importar el tipo.
Reparaciones necesarias
Apartamentos Foto:Vanexa Romero / EL TIEMPO
Las reparaciones indispensables o necesarias son las que se requieren para que el inmueble siga siendo usado y se mantenga en buenas condiciones, por ejemplo, un cambio de las tuberías por ser muy viejas o de materiales que ya no se usan. Ese tipo de reparaciones “generalmente las debe hacer el arrendador, ya que es a él a quien le corresponde el mantenimiento”, dice LegalApp.
Reparaciones locativas
Foto de referencia. Foto:iStock
De otra parte, las reparaciones locativas son los arreglos para mantener el inmueble arrendado en el mismo estado en el que se recibió, por ejemplo, pintar una pared que está sucia, arreglar algo de la cocina que se rompió y que se entregó en buen estado, entre otros. Por lo general, estos arreglos le corresponden al arrendatario, o sea, la persona que vive en el inmueble y paga una renta, ya que son causados por el uso.
Reparaciones útiles
Foto:iStock
Por último, las reparaciones útiles son aquellas que, al realizarlas, aumentan el valor del inmueble, por ejemplo, colocar puertas de madera costosa.
“En estos casos el arrendador no está obligado a reembolsar el costo de las mejoras si antes de que se realizaran no dio su autorización, sin embargo el arrendatario podrá separar y llevarse del inmueble los materiales que haya utilizado, sin causar ningún tipo de daño”, se lee en la página web.
Obligaciones del arrendador
Según la Ley 820 de 2003 y el Código Civil, el arrendador tiene las siguientes responsabilidades:
- Conservar el inmueble: incluye realizar reparaciones cuando el deterioro de la pintura sea causado por desgaste natural; es decir, humedades, fisuras, asentamientos u otros problemas.
- Garantizar condiciones adecuadas: el propietario debe intervenir si el deterioro afecta el disfrute normal de la vivienda.
En todo caso, tenga presente que, como el contrato es ley para las partes, las estipulaciones que se contemplen en el mismo podrán modificar a quien le corresponde cada arreglo o reparación.
FELIPE SANTANILLA AYALA
REDACCIÓN ÚLTIMAS NOTICIAS